SALTA, 04 JUL 2006
Expte. Nº 2.539/06
VISTO estas actuaciones y la presentación realizada por la Lic. Silvia Mónica MARRUPE, personal de apoyo universitario de la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD; y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma solicita ayuda económica para el pago del arancel del Curso Taller de Evaluación Sensorial a Distancia”, que organiza el Departamento de Evaluación Sensorial de Alimentos (DESA) e ISETA, de la ciudad de Buenos Aires.
QUE la mencionada agente se desempeña como Técnica del Laboratorio de Dietotécnia y colabora con las actividades del Instituto de Investigación Sensorial de Alimentos de la FACULTAD.
QUE la COMISIÓN DE CAPACITACIÓN PAU emite Despacho Nº 08/06 de fecha 26 de junio de 2006, en el cual aconseja asignar a la Lic. Silvia Mónica Marrupe, la suma de $ 500,00 (PESOS QUINIENTOS), para realizar dicho curso taller, dejando aclarado que dicha agente deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º inc. a) de los criterios adoptados por dicha Comisión para el 2006.
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Asignar a la Lic. Silvia Mónica MARRUPE – Legajo Nº 4568, Personal de Apoyo Universitario de la FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD, la suma de $ 500,00 (PESOS QUINIENTOS), como ayuda económica para realizar el Curso Taller de EVALUACIÓN SENSORIAL A DISTANCIA que organiza el Departamento de Evaluación Sensorial de Alimentos (DESA) e ISETA, de la ciudad de Buenos Aires.
ARTICULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de esta resolución en las respectivas partidas del Fondo de Capacitación del Personal de Apoyo Universitario del presupuesto de esta Universidad, para el corriente ejercicio.
ARTICULO 3º.- Establecer que la Lic. MARRUPE, deberá presentar ante las dependencias pertinentes de la Universidad, una oportuna y documentada rendición de cuentas de la asignación otorgada.
ARTÍCULO 4º.- Dejar aclarado que la mencionada agente deberá transferir los conocimientos adquiridos (a través de talleres, informes, documentación u otra modalidad) a la comunidad universitaria en su totalidad o a un sector previamente establecido.
ARTICULO 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Facultad de Ciencias de la Salud y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0607-06