SALTA, 28 JUN 2006
Expte. Nº 18.028/99 – Cuerpos I y II
VISTO estas actuaciones y la Resolución Rectoral Nº 062-02 de fecha 15 de marzo de 2002; y
CONSIDERANDO:
QUE por el artículo 1º de la citada resolución se rescinde el Contrato suscripto con el Sr. Hugo Alberto SINÓPOLI, como concesionario del Servicio de Locutorio.
QUE por el artículo 3º se intima al Sr. SINÓPOLI, para que en el plazo de setenta y dos (72) horas abone a la UNIVERSIDAD la suma de DIEZ MIL OCHOCIENTOS OCHENTA PESOS ($ 10.880,00), más sus intereses hasta su efectivo pago.
QUE a fs. 295 TESORERÍA GENERAL informa que el Sr. SINÓPOLI no ha efectuado el depósito de dicha deuda.
QUE a fs. 296 ASESORÍA JURÍDICA envía Cédula con fecha 18 de mayo de 2004, a fin de convenir un arreglo por la deuda que el Sr. SINÓPOLI mantiene con esta Universidad, bajo apercibimiento de iniciar acciones legales.
QUE a fs. 298 ASESORÍA JURÍDICA emite Dictamen Nº 8547, el cual se transcribe textualmente a continuación:
“El Sr. Hugo Sinópoli, ex concesionario del Servicio de Locutorio de la Universidad Nacional de Salta, adeuda por la citada concesión la suma de $ 10.880, sin intereses. Conforme las constancias de autos el Sr. Sinópoli ha sido citado en reiteradas, oportunidades a fin de acordar un plan de pagos. por la suma adeudada, sin que el mismo concurriera. De las averiguaciones realizadas ante la Dirección Gral. de Inmuebles y en los respectivos registros automotores surgió que el mismo no posee bienes a su nombre.
Que dadas las condiciones patrimoniales del Sr. Sinópoli, este Servicio Jurídico no aconseja iniciar acción judicial alguna, habida cuenta que el mismo sólo ocasionará gastos a la Universidad, sin posibilidad alguna de cobro de lo adeudado dado el estado de insolvencia del deudor, por lo que. se aconseja que mediante resolución se declare deudor del Fisco Nacional al Sr. Hugo Alberto Sinópoli y se proceda al archivo de las actuaciones.”
Por ello y de acuerdo a lo aconsejado por la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA,
EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Declarar al Sr. Hugo Alberto SINÓPOLI – D.N.I. Nº 5.076.085, deudor del Fisco Nacional, en un todo de acuerdo al exordio y disponer al archivo de las presentes actuaciones.
ARTICULO 2º.- Notifíquese al interesado, que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico, en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.
ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Direcciones Generales de Obras y Servicios y de Administración, Asesoría Jurídica y notifíquese al Sr. Sinópoli. Cumplido siga a RECTORADO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN DR. CARLOS ALBERTO CADENA
SECRETARIA ADMINISTRATIVA VICERRECTOR
RESOLUCIÓN - R - Nº 0588-06