SALTA, 15 JUN 2006





Expte. Nº 2.503/04


VISTO estas actuaciones relacionadas con el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Universidades Nacionales, homologado por el Decreto Nacional Nº 366/06; y


CONSIDERANDO:


QUE a fs. 161/162 y 168/169, corren agregadas Actas de la Comisión del Nivel Particular en el marco del citado Convenio, en las cual se deja integrada la Comisión de Reencasillamiento de esta Universidad.


QUE asimismo es necesario dejar establecido que dicha Comisión fijará las pautas de trabajo de las Distintas Comisiones de Preencasillamiento y tendrá su primera reunión en el Consejo Superior, el día viernes 16 del corriente a horas 16:00.


Por ello y atento a que se debe dejar constituída la Comisión de Reencasillamiento,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Constituír la COMISIÓN DE REENCASILLAMIENTO de la Universidad Nacional de Salta, prevista en el Convenio Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector No Docente de las Universidades Nacionales, homologado por el Decreto Nacional Nº 366/06, la cual quedará integrada de la siguiente manera:



Por la Universidad:




Por la Asociación del Personal de la Universidad (A.P.U.N.Sa.)







ARTICULO 2º.- Dejar establecido que la Comisión constituída por el artículo 1º, fijará las pautas de trabajo de las Distintas Comisiones de Preencasillamiento y tendrá su primera reunión en el Consejo Superior, el día viernes 16 del corriente a horas 16:00.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Facultades, Sedes, Institutos de Educación Media, Secretarías, Consejo de Investigación, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoría Interna, Direcciones Generales y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a RECTORADO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA ADMINISTRATIVA VICERRECTOR



RESOLUCIÓN - R - Nº 0524-06