SALTA, 10 ABR 2006
Expte. Nº SO-19.373/98
VISTO estas actuaciones y la resolución Nº 036-06, de la SEDE REGIONAL ORÁN; y
CONSIDERANDO:
QUE por el artículo 1º de la mencionada resolución se reintegra a condición de alumno al Sr. Carlos Javier Quispe DNI.Nº 23.896.139, levantándole la suspensión que oportunamente se le aplicara.
QUE por el artículo 2º se solicita su convalidación.
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Convalidar la resolución Nº 036-06, de la SEDE REGIONAL ORÁN de fecha 24 de marzo de 2006 que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, de Bienestar Universitario, Administrativa y Sede Regional Orán. Cumplido siga a la SEDE REGIONAL ORÁN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
PROF. MARTA ZULMA PALERMO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ACADEMICA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0268-06
ANEXO I
San Ramón de la Nueva Orán, 20 MAR 2006
Expediente. SO.Nº 19.373/98
VISTO:
La resolución SO.Nº175-98 que suspende al Sr. CARLOS JAVIER QUISPE DNI.Nº 23.896.139, LU.Nº 1924 alumno de la Carrera del Profesorado en Matemática y computación y LU.Nº 2368 de la Carrera de Computador Universitario de la Sede Regional Orán de la Universidad Nacional de Salta, quedando inhabilitado para realizar trámites administrativos académicos hasta que se resuelvan en definitiva las actuaciones iniciadas en su contra.
CONSIDERANDO:
Que, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta a (fs. 21), resuelve: Sobreseer en forma total y definitiva la presente causa a favor de Ángel Ramón Arraya, argentino, soltero, albañil, nacido en Resistencia - Chaco el 15 de Abril de 1975, DNI.Nº 24.534.182; y de Carlos Javier Quispe, argentino, soltero, empleado, nacido el día 26 de marzo de 1974 en San Ramón de la Nueva Orán - Salta - DNI.Nº 23.896.139 - ambos de los restantes datos obrantes en autos - por prescripción de la acción penal.
Que, en virtud del sobreseimiento se consultó a Asesoría Jurídica a fin de que indique cual es el procedjmiento a segujr.
Que el dictamen de Aesoría Juridica Nº 8519 de (fs. 25) expresa que por sentencia de fecha 27/09/05 del tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta (fs. 21), se sobresee en forma definitiva y total en la causa a Carlos Javier Quispe, corresponde se lo reintegre a su condición de alumno levantándole la suspensión que oportunamente se le aplicara.
Que, se debe confeccionar el correspondiente acto administrativo a fin de reintegrar al Sr. Carlos Javier Quispe a su condición de alumno;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE LA SEDE REGIONAL ORAN
DE LA UNlVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°- Reintegrar a condición de alumno al Sr. Carlos Javier Quispe DNI.Nº 23.896.139, levantándole la suspensión que oportunamente se le aplicara.
Expediente. SÓ.Nº 19.313/98
ARTICULO 2°- Elevar a la Sra. Rectora a efectos de convalidar las presente Resolución. Cursar copia al Sr. Carlos Javier Quispe, Secretaria Académica Secretaría de Sede Orán, Consejo Asesor, Departamento Alumnos y Director de la Comisión de Carrera de Profesorado en Matemática y Computación y Director de Subcomisión de Carrera de Computador Universitario para su conocimiento y dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo precedente.
Ea.-
Firmado Firmado
LIC. SUSANA M. DE SAVOY ING. MERCEDES ROSSET DE ENCALADA
SECRETARIA DIRECTORA
SEDE REG. ORÁN – U.N.Sa. SEDE REG. ORÁN – U.N.Sa.