SALTA, 10 MAR 2006
Expte. Nº 789/05 – Cuerpos I y II
VISTO este expediente y la Resolución Rectoral Nº 1.461-05 de fecha 29 de diciembre de 2005 ; y
CONSIDERANDO:
QUE por la citada resolución se adjudica, entre otras, a la Firma INFINITO S.A. la LICITACIÓN PRIVADA Nº 03/05, para la adquisición de equipamientos e instalación de Red Informática para las Sedes Regionales de Orán y Tartagal y Complejo Universitario Gral. San Martín de esta ciudad y por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO ($ 147.641,00)
QUE a fs. 315 la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, informa que la citada firma no ha cumplido en su totalidad con las obligaciones a su cargo, lo cual provoca un significativo perjuicio operativo en la puesta en funcionamiento de los proyectos de redes informáticas, razón por la cual aconseja entre otras cosas, rescindir el Contrato de Compraventa por incumplimiento unilateral por parte de INFINITO S.A., en función de la mora en la entrega de los productos comprometidos y de la iniciación del montaje de la red, como así también por no respetar las características técnicas de varios de los items que le fueron adjudicados.
QUE a fs. 316, ASESORÍA JURÍDICA emite Dictamen Nº 8508 en el cual entre otras cosas expresa:
“...La Firma Infinito S.A. Proveedora de la Licitación Privada Nº 3/05, no cumplió con las obligaciones contractuales emergentes, no obstante la formal intimación cursada por esta Universidad, mediante Carta Documento Nº 75710998-0 de fecha 10/2/06 (fs. 312).
Por ello, y en un todo de acuerdo con lo informado por la Unidad de Auditoría Interna a fs. 315, corresponde que por resolución se rescinda la Licitación Privada Nº 3/056 con la Firma Infinito S.A., por la provisión de los materiales allí adjudicados...” “...y se autorice la contratación directa para la provisión del material faltante a los fines de no resentir el servicio de informática ”
Por ello y en uso de sus atribuciones,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Rescindir la LICITACIÓN PRIVADA N° 03/05 con la firma INFINITO S.A. con domicilio en Avda. Virrey Toledo Nº 797 – Salta, por no haber cumplido en su totalidad con las obligaciones a su cargo y de acuerdo al siguiente detalle:
Item 1: Provisto pero no cumple con lo especificado
Item 2: Si
Item 5: Provisto pero no cumple con lo especificado
Item 7: Sí
Item 8: Sí
Item 13: Provisto fuera de término (Con posterioridad a la Carta Documento enviada y una vez vencidos los plazos y en consecuencia no fue aceptado.)
Item 17: No provisto
ARTICULO 2º.- Autorizar a la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES Y COMPRAS, a realizar una Contratación Directa, para la provisión del material faltante, a los fines de no resentir los Servicios de Informática.
ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Sedes Regionales de Orán y Tartagal, Dirección General de Obras y Servicios, Dirección de Contrataciones y Compras y notifíquese a la Firma Infinito S.A.. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0126-06