SALTA, 10 MAR 2006



Expte. Nº 17.073/05


VISTO estas actuaciones mediante las cuales la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO solicita la cobertura del cargo de Director de Salud Universitaria – Categoría 10, dependiente de dicha Secretaría; y


CONSIDERANDO:


QUE dicho cargo fue creado mediante el artículo 2º de la Resolución CS-Nº480/05, en donde además se establece como requisito excluyente para su cobertura, que el aspirante posea título de Médico del Trabajo, de fábrica o similar y que esté registrado en el Ministrio de Salud y Ambiente de la Nación.

QUE corresponde se llame a Concurso Interno en el ámbito de Rectorado de esta Universidad, de acuerdo a las normas establecidas para la tramitación de los concursos en el Reglamento para Ingreso y Promoción del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Salta, puesto en vigencia por Resolución N° 687/88 y sus modificatorias,


QUE la designación del Dr. Carlos Alberto AMIDEI JUANES, como 2º miembro titular y del Dr. Luis César SCHOKOLNIK 1º miembro suplente, se realiza teniendo en cuenta el inciso d) del artículo 11 de la resolución CS-N° 687-88, que expresa: "...En casos excepcionales podrán integrar el jurado, personas de méritos reconocidos en la función..."


Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Llamar a Concurso Interno de antecedentes y oposición en el ámbito del Rectorado de esta Universidad, para cubrir el cargo de de Director de Salud Universitaria – Categoría 10 del Agrupamiento Profesional, para la Dirección de Salud Universitaria dependiente de la Secretaría de Bienestar Universitario, el que se regirá por las normas dispuestas por la Res. N° 687/88 y sus modificatorias.


ARTICULO 2º.- Establecer las siguientes Condiciones Generales:


CONDICIONES GENERALES:



CONDICIONES PARTICULARES



ARTICULO 3º.- Fijar las misiones y funciones del cargo:


MISIÓN Y FUNCIONES:


Misión:


Funciones:

ARTICULO 4º.- Dejar aclarado que la remuneración mensual para el cargo se establecerá en concordancia con lo que fijen las leyes vigentes.


ARTICULO 5º.- Integrar el Jurado que entenderá en el llamado a Concurso en cuestión, de la siguiente manera:

TITULARES


SUPLENTES



ARTICULO 6º.- Dejar establecido el siguiente CALENDARIO para el presente Concurso Interno:



ARTICULO 7º.- Invitar a la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (A.P.U.N.Sa.), para que designe veedor gremial para el presente concurso.


ARTICULO 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web de la Universidad y comuniquese a: Rectorado, Secretarías, Asesoría Jurídica, Direcciones Generales, Direcciones, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoría Interna, Consejo de Investigación, Institutos de Educación Media de Salta, Departamento de Prensa y notifiquese a los Miembros del Jurado. Cumplido, siga a la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0100-06