SALTA, 10 MAR 2006
Expte. Nº 17.073/05
VISTO estas actuaciones mediante las cuales la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO solicita la cobertura del cargo de Director de Salud Universitaria – Categoría 10, dependiente de dicha Secretaría; y
CONSIDERANDO:
QUE dicho cargo fue creado mediante el artículo 2º de la Resolución CS-Nº480/05, en donde además se establece como requisito excluyente para su cobertura, que el aspirante posea título de Médico del Trabajo, de fábrica o similar y que esté registrado en el Ministrio de Salud y Ambiente de la Nación.
QUE corresponde se llame a Concurso Interno en el ámbito de Rectorado de esta Universidad, de acuerdo a las normas establecidas para la tramitación de los concursos en el Reglamento para Ingreso y Promoción del Personal No Docente de la Universidad Nacional de Salta, puesto en vigencia por Resolución N° 687/88 y sus modificatorias,
QUE la designación del Dr. Carlos Alberto AMIDEI JUANES, como 2º miembro titular y del Dr. Luis César SCHOKOLNIK 1º miembro suplente, se realiza teniendo en cuenta el inciso d) del artículo 11 de la resolución CS-N° 687-88, que expresa: "...En casos excepcionales podrán integrar el jurado, personas de méritos reconocidos en la función..."
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Llamar a Concurso Interno de antecedentes y oposición en el ámbito del Rectorado de esta Universidad, para cubrir el cargo de de Director de Salud Universitaria – Categoría 10 del Agrupamiento Profesional, para la Dirección de Salud Universitaria dependiente de la Secretaría de Bienestar Universitario, el que se regirá por las normas dispuestas por la Res. N° 687/88 y sus modificatorias.
ARTICULO 2º.- Establecer las siguientes Condiciones Generales:
TIPO DE CONCURSO: Interno - Circunscripto al ámbito de Rectorado
DEPENDENCIA: Secretaría de Bienestar Universitario – Dirección de Salud Universitaria
CARGO:Un (1) Director
CATEGORÍA: 10
AGRUPAMIENTO: Profesional
CARGA HORARIA: 35 horas semanales
CONDICIONES GENERALES:
Las estipuladas en la resolución N° 687/88 y moficatorias
Revistar en la planta permanente del personal PAU de la Universidad
Acreditar experiencia y formación en el área motivo del concurso. (excluyente)
CONDICIONES PARTICULARES
Título Universitario de Médico de Trabajo de Fábrica o similar y estar registrado en el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación. (excluyente)
ARTICULO 3º.- Fijar las misiones y funciones del cargo:
MISIÓN Y FUNCIONES:
Misión:
Procurar la atención de la salud para la comunidad universitaria, creando las condiciones para que la salud y la seguridad sean una responsabilidad del conjunto de la organización
Funciones:
Confeccionar y mantener actualizado legajo médico de cada trabajador.
Registrar, en libro rubricado por la autoridad competente en casos de enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, los siguientes datos: apellido y nombres, documentos de identidad, número de legajo, edad, domicilio, oficio u ocupación, antigüedad en el trabajo y en el establecimiento, cambios de puestos de trabajo dentro del establecimiento, diagnóstico, lugar de tratamiento, terapéutica instituida y notificación al interesado.
Realizar inspecciones periódicas a todo el establecimiento y con mayor frecuencia
a los lugares de trabajo del mismo.
Efectuar directamente o bajo su supervisión, los exámenes médicos de ingreso y demás exámenes en salud, según corresponda a todo el personal del establecimiento.
Efectuar personalmente los exámenes de retorno al trabajo después de ausencia provocada por enfermedad o accidente.
Efectuar, directamente o bajo su supervisión, examen clínico a la totalidad de los trabajadores del establecimiento, por lo menos una vez por año.
Efectuar personalmente reconocimientos semestrales o en períodos más breves a su criterio, al personal afectado a tareas con riesgos especiales y a los disminuidos en readaptación.
Ejecutar acciones de educación sanitaria, socorrismo y vacunación.
Realizar estudios de ausentismo por morbilidad, para orientación del programa médico del establecimiento.
Efectuar seguimientos de los accidentes y de los afectados por enfermedades profesionales.
Efectuar auditoría médica e informe anual de actividades para elevar a la autoridad competente.
ARTICULO 4º.- Dejar aclarado que la remuneración mensual para el cargo se establecerá en concordancia con lo que fijen las leyes vigentes.
ARTICULO 5º.- Integrar el Jurado que entenderá en el llamado a Concurso en cuestión, de la siguiente manera:
TITULARES
Dra. Noemí Sofía OLIVERA – Directora de Salud – Secretaría de Bienestar Universitario – Universidad Nacional de la Pampa
Dr. Carlos Alberto AMIDEI JUANES – Especialista en Medicina del Trabajo – Egresado de la Universidad Nacional de Salta – Facultad de Ciencias de la Salud
Dra. Gloria KULISEVSKY de BARRANDEGUY – U.N.Sa.
SUPLENTES
Dr. Luis César SCHKOLNIK- Director General de Salud y Asistencia Social de la Universidad Nacional de Buenos Aires
Lic. María del Carmen VILLALBA – Secretaría de Cooperación Técnica - U.N.Sa.
Mg. Jorge Raúl NINA – Director General de Personal - U.N.Sa.
ARTICULO 6º.- Dejar establecido el siguiente CALENDARIO para el presente Concurso Interno:
PUBLICIDAD:13, 14, 15, 16 y 17 de marzo de 2006
INSCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN: Presentar solicitud de inscripción dirigida a la Sra. Rectora Ing. STELLA PÉREZ DE BIANCHI ( original y copia), carpeta con Currículum Vital y fotocopia de documentación probatoria, la misma será autenticada en el momento de la presentación, en sobre firmado por el interesado.
La misma se recepcionará en Mesa de Entradas de la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO los días 20, 21 y 22 de marzo de 2006 en el horario de 9:00 a 12:00 horas
RECUSACIÓN y EXCUSACION DEL JURADO: en la Secretaría de Bienestar Universitario, los días 27 y 28 de marzo de 2006
EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES, ENTREVISTA y OPOSICIÓN: Se realizará en la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO el día 11 de abril de 2006 a horas 9:00
ARTICULO 7º.- Invitar a la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (A.P.U.N.Sa.), para que designe veedor gremial para el presente concurso.
ARTICULO 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial y en la Página Web de la Universidad y comuniquese a: Rectorado, Secretarías, Asesoría Jurídica, Direcciones Generales, Direcciones, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoría Interna, Consejo de Investigación, Institutos de Educación Media de Salta, Departamento de Prensa y notifiquese a los Miembros del Jurado. Cumplido, siga a la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0100-06