SALTA, 01 MAR 2006
Expte. Nº 17.005/05
VISTO estas actuaciones y el CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS, suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y el Sr. Carlos RIVERA y atento a que se debe emitir la correspondiente resolución de aprobación de acuerdo a lo solicitado por la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO,
EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS, suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y el Sr. Carlos RIVERA, el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Bienestar Universitario y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN DR. CARLOS ALBERTO CADENA
SECRETARIA ADMINISTRATIVA VICERRECTOR
RESOLUCIÓN - R - Nº 0 084-06
ANEXO I
CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
----------Entre la Universidad Nacional de Salta representada por su Rectora Ing. Stella Pérez de Bianchi, en adelante "LA UNIVERSIDAD" con domicilio en Avda. Bolivia Nº 5150, por una parte, y por la otra el Sr. RIVERA, Carlos Claudio, DNI N° 16.786.888, en adelante "EL CONTRATADO", con domicilio en Manzana Nº 6 Casa Nº 17 Bº Docente, ambos de la ciudad de Salta, formulan el siguiente contrato de LOCACIÓN DE SERVICIOS.
PRIMERO: "EL CONTRATADO" debe prestar servicios en el "Comedor Universitario", ubicado en el Predio de la Universidad Nacional de Salta, sito en Avda. Bolivia N° 5.150, de lunes a viernes en el horarIo de 07:00 a 15:00 hs. Siendo sus obligaciones:
Recepcionar mercadería perecedera y no perecedera directamente del proveedor,
Controlar stock de mercaderías
Acomodar los alimentos en el depósito, ordenando según fecha de vencimiento
Entregar la mercadería al cocinero
Controlar vajilla y stock de utensilios
Informar sobre pérdida o deterioro para su reposición
Mantener en condiciones higiénicas las heladeras y otros electrodomésticos y controlar servis
Llevar adecuadamente ficha de control de stock y punto de pedido
Colaborar en cualquier otra actividad asignada por el cocinero
SEGUNDO: "EL CONTRATADO" se compromete a conocer y respetar las disposiciones y reglamentaciones emergentes de "LA UNIVERSIDAD".
TERCERO: "LA UNIVERSIDAD" abonará a "EL CONTRATADO" la suma de .$ 600,00 (pesos Seiscientos) mensuales, debiendo el contratado encontrarse inscripto en lo organismos fiscales correspondientes al momento de iniciarse esta relación contractural y emitir factura o recibo conforme a las normas vigentes, cada vez que perciba los honorarios establecidos. Durante la vigencia del presente contrato, la Universidad se reserva el derecho de efectuar las retenciones impositivas de acuerdo a normas vigentes.
CUARTO: Este contrato regirá desde el 1º de Febrero hasta el 30 de Abril de 2006 o hasta la cobertura del cargo por concurso de Oficial Administrativo. La rescisión aún sin expresión de causa no dará derecho de indemnización alguna y operará con la mera comunicación fehaciente de una de las partes.
QUINTO: El presente contrato no implica existencia de relación de empleo, ni laboral, rigiéndose por las disposiciones del Código Civil relativas a la Locación de Obras y Servicios.
SEXTO: Para los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción del Juzgado Federal de Salta.
---------En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Salta a los treinta y un días del mes de enero del afio dos mil seis.-
FIRMADO FIRMADO
CARLOS RIVERA ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
DNI Nº 16.786.988 RECTORA