SALTA, 10 FEB 2006




Expte. Nº 17.067/05



VISTO las presentaciones efectuadas por la alumna Silvia Natalia NIEVA FIGUEROA; y


CONSIDERANDO:


QUE la Subcomisión de Becas de la Facultad de Ciencias Económicas aconsejo hacer lugar al otorgamiento de la beca (fs. 39).

QUE dicho Consejo contó con el visto bueno de la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO.

QUE la Comisión de Becas a fs. 40 dictaminó ratificar su informe anterior y rechazar el pedido, exponiendo como causales básicamente:

a) Composición del grupo familiar

b) Omisión de información

c) Que no existen fondos y

d)Que la presentación es extemporánea.

QUE el informe a que se hace referencia -denegando la solicitud de beca- se fundamenta en “situación económica”.

QUE a fs. 1 consta la solicitud de beca donde la alumna detalla su grupo familiar.

QUE a fs. 35/38 consta informe social realizado por el Servicio Social de la Universidad.

QUE de dicho informe surge que el grupo familiar considerando como primario por la subcomisión de becas es coincidente con el detallado en el informe social, pero que también conviven con la solicitante un grupo familiar ampliado y de recursos escasos.

QUE a fs. 35 consta el certificado de estudios de la peticionante donde se certifica la actividad académica durante el año 2005, que demuestra que ha continuado con dicha actividad manteniendo su condición de alumna activa.

QUE en sus diferentes notas la alumna plantea causales atendibles que incluyen razones personales a reservar, pero que permiten evaluar su situación económica-social con criterio amplio.

Que ha recibido el beneficio de la beca durante tres años consecutivos y que es una alumna avanzada de la Facultad de Ciencias Económicas, y que es política de esta Universidad facilitar los medios para que los alumnos culminen sus estudios.

Que existen fondos y según el dictamen Nº 8447 de la Asesoría Jurídica la presentación no es extemporánea.

Que el tiempo transcurrido en la tramitación del reclamo ha excedido el período 2005.

Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Hacer lugar parcialmente a la solicitud de reconsideración presentada por la alumna Silvia Natalia NIEVA FIGUEROA y en consecuencia otorgar la continuidad de su beca para el período marzo-noviembre 2006, en la misma categoría de beca que le fuera otorgada en el año 2004.


ARTICULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución la partida 5.1.3:BECAS, correspondiente al presupuesto por el corriente ejercicio.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración, Departamento de Becas, Comisión de Becas y Tesorería General . Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN.

JG.


Firmado Firmado

LIC. NIEVE CHAVEZ ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0017-06