SALTA, 10 FEB 2006


Expte. Nº 2.509/97


VISTO estas actuaciones y la Resolución CS – Nº 452/05 de fecha 11 de Noviembre de 2005, y


CONSIDERANDO:


QUE dicha resolución establece excepciones anuales al Régimen de Incompatibilidad para el personal docente que se desempeñe en los cursos nivelatorios o de apoyo para el ingreso 2006, los que tendrán una duración no mayor de cuatro (4) meses,


QUE por razones de economía administrativa es recomendable que la real prestación de servicios en estos cursos se realice mediante información por medio de autoridad competente, así como la fecha de toma de posesión en el cargo,


Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

ad-referendum del Consejo Superior

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Establecer que el personal afectado a desarrollar actividades en el CICLO DE INTRODUCCIÓN A LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS (CILEU), comprendido en la Res. C.S. Nº 452-05, no deberá completar una nueva “Declaración Jurada de Actividades”, dado el carácter transitorio de su designación y la excepción que para la tarea asignada preve dicha resolución.


ARTICULO 2º.- A los efectos de certificar el cumplimiento de actividades, cada Unidad Académica deberá informar la fecha de toma de posesión y el real cumplimiento de las tareas asignadas, elevando a la Dirección General de Personal el listado correspondiente.


ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y Académica, Dirección General de Personal, Facultades, Sedes. Cumplido, siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

PROF. MARTA ZULMA PALERMO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ACADEMICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0016-06