SALTA, 09 DIC 2005
Expte. Nº 23.256/05
VISTO el Acuerdo Paritarios celebrado por el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL (CIN), la CONFEDERACIÓN NACIONAL DE DOCENTES UNIVERSITARIOS (CONADU y CONADU Histórica), la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS UNIVERSIDADES NACIONALES (FATUN) y el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIAS Y TECNOLOGÍA del 1 septiembre, 3 de septiembre y 14 de septiembre del corriente año; y
CONSIDERANDO:
QUE en dicho acuerdo se estableció un aumento salarial en algunos casos y en otros la conversión de sumas no remunerativas y no bonificables en remunerativas y bonificables para los docentes universitarios y preuniversitarios de las Universidades Nacionales, programados a partir del mes de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2005 y enero, marzo, mayo y julio del año 2006.
QUE a la fecha se recibió el instructivo para elaborar la liquidación salarial del mes de Noviembre de 2005 al personal docente de acuerdo con los acuerdos salariales celebrados con CONADU, CONADU HISTÓRICA Y FATUN, por parte de la SECRETARIA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS -MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
QUE la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL ha elaborado las nuevas Escalas de Sueldos correspondiente al mes de noviembre del año en curso, incorporando los nuevos conceptos dispuesto por el Acuerdo mencionado precedentemente.
Por ello y atento a lo aconsejado por SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
Ad- Referéndum del CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, a efectuar las Liquidaciones de Sueldos con las nuevas Escalas de Sueldos, que forman parte integrante de la presente resolución, como ANEXOS I y II, con vigencias a partir del mes de noviembre del año en curso.
ARTICULO 2°.- Establecer que el Anexo A, que contiene el INSTRUCTIVO DE LIQUIDACIÓN DE SUELDO -SECRETARIA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS, para el mes de noviembre del corriente año forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías, Facultades, Sedes, Institutos de Educación Media, Consejo de Investigación, Direcciones Generales, Direcciones, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoría Interna. Cumplido siga a la SECRETARÍA DEL CONSEJO SUPERIOR, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1343-05
ANEXO A
INSTRUCTIVO PARA LA LIQUIDACIÓN DE LOS SALARIOS DOCENTES
DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2005
Aclaraciones generales:
a) Se reitera a las universidades la solicitud de que en las sucesivas liquidaciones se unifiquen los recibos de sueldos de los agentes universitarios, de manera que en el recibo único se incorporen al sueldo básico todos los conceptos remunerativos y bonificables así como también se indiquen los demás conceptos del salario diferenciados en sumas remunerativas y no bonificables, no remunerativas y bonificables y no remunerativas y no bonificables.
b) Aclaración sobre los conceptos no remunerativos y bonificables abonados a los docentes universitarios y preuniversitarios; las sumas no remunerativas y bonificables, se mantienen como no remunerativas, luego de ser incrementadas por la bonificación de antigüedad, y por zona. Es decir que sobre estas sumas no se calculan aportes ni contribuciones; ni tampoco debe adicionarse el resultante de la aplicación de la bonificación en el concepto antigüedad, porque este es un concepto remunerativo, mientras que el concepto que se está calculando a partir del mes de Agosto y Septiembre es no remunerativo.
Docentes Universitarios:
A PARTIR DEL 1º DE NOVIEMBRE 2005
El 50 % del Estímulo No Remunerativo y No Bonificable otorgado en el mes de julio 2004, el cual se hizo Remunerativo en agosto 2005, se transforma en Bonificable.
Se adjunta tabla con los valores a considerar:
DOCENTES UNIVERSITARIOS |
|
---|---|
Cargo |
50 % Valores Estímulos Julio 2004 NR Y NB |
PROFESOR TITULAR DEDIC. EXC. |
180,72 |
PROFESOR ASOC. DEDIC. EXC. |
148,80 |
PROFESOR ADJ. DEDIC. EXC. |
102,41 |
JEFE TRAB. PRÁC. DEDIC. EXC. |
96,39 |
AYUDANTE DE 1RA. DEDIC. EXC. |
90,36 |
PROFESOR TITULAR DEDIC. SEMIEXC. |
45,18 |
PROFESOR ASOC. DEDIC. SEMIEXC. |
45,18 |
PROFESOR ADJ. DEDIC. SEMIEXC. |
45,18 |
JEFE TRAB. PRAC. DEDIC. SEMIEXC. |
45,18 |
DOCENTES UNIVERSITARIOS |
|
---|---|
Cargo |
50 % Valores Estímulos Julio 2004 NR Y NB |
AYUDANTE DE 1ra.. DEDIC. SEMIEXC. |
45,18 |
PROFESOR TITULAR DEDIC SIMPLE |
27,11 |
PROFESOR ASOC. DEDIC SIMPLE |
22,89 |
PROFESOR ADJ. DEDIC. SIMPLE |
22,59 |
JEFE TRAB. PRAC. DEDIC. SIMPLE |
22,59 |
AYUDANTE DE 1ra. DEDIC. SIMPLE |
22,59 |
AYUDANTE DE 2da.. DEDIC. SIMPLE |
22,59 |
Docentes Preuniversitarios
PREUNIVERSITARIOS |
|
---|---|
Cargo |
Columna 2 Remunerativo el 50 % Régimen de Reparto Nacional |
Directivos |
45,18 |
Docentes |
45,18 |
Hora Cat. Media |
3,01 |
Hora Cat. Superior |
3,77 |
Auxiliares |
45,18 |
Ayudantes |
45,18 |
Otros |
45,18 |
Buenos Aires, 11 de noviembre de 2005