SALTA, 18 NOV 2005
Expte. Nº 10.375/05
VISTO estas actuaciones por las cuales la M. Sc. Mariana QUIROGA MENDIOLA, jefe de trabajos prácticos con dedicación simple de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, solicita ayuda económica del FONDO DE CAPACITACIÓN DOCENTE, para realizar estudios de postgrado; y
CONSIDERANDO:
QUE el pedido se ajusta al Reglamento vigente, aprobado mediante Resolución CS. N° 229/91 y modificatoria.
QUE por resolución R-CDNAT-2005-0370, el Consejo Directivo de la citada Facultad otorga a la Ms. QUIROGA MENDIOLA, la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO ($ 391,00), como ayuda económica del Fondo de capacitación Docente.
Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA en su Despacho Nº 215/05 de fecha 21 de octyubre de 2005 y lo dispuesto por la resolución CS-Nº 235/03,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Asignar a la M. Sc. Mariana QUIROGA MENDIOLA, Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO PESOS ($ 391,00), del Fondo de Capacitación Docente de la citada Facultad, para solventar gastos que le demanda el pago de la cuota anual de la carrera del doctorado en Ciencias Agropecuarias en la Universidad Nacional de Córdoba.
ARTICULO 2º.- Establecer que la docente mencionada en el artículo 1º, deberá presentar ante las dependencias pertinentes de esta UNIVERSIDAD, una detallada y oportuna rendición de cuentas de los gastos efectuados, hasta cubrir la suma total asignada.
ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Facultad de Ciencias Naturales y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1227-05