SALTA, 14 NOV 2005
Expte. Nº 8.045/05
VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONVENIO INTERINSTITUCIONAL suscripto entre el INSTITUTO COLEGIO DE JESÚS y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a través de la Facultad de Ciencias Exactas; y
CONSIDERANDO:
QUE el presente Convenio tiene como objetivo la implementación de los Postítulos Docentes en los Institutos de Nivel Superior No Universitario.
QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 9 tomó la debida intervención, mediante Dictamen Nº 8045.
QUE a fs. 11 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 73/05, en el cual aconseja la aprobación del citado Convenio.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar el CONVENIO INTERINSTITUCIONAL suscripto entre el INSTITUTO COLEGIO DE JESÚS y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a través de la Facultad de Ciencias Exactas, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica y de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias Exactas y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.
JG.
Firmado Firmado
ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1219-05
ANEXO I
CONVENIO INTERINSTITUCIONAL
Entre el Instituto "Colegio de Jesús", con domicilio legal en Belgrano 536, representado en este acto por su Rectora Madre Lucía Inés Tessí y la Universidad Nacional de Salta a través de la Facultad de Ciencias Exactas con domicilio legal en Av. Bolivia 5150 de la ciudad de Salta, representada en este acto por su Rectora Ing. Agr. Stella Maris Pérez de Bianchi y el Decano Ingeniero Juan Francisco Ramos, firmar el presente Convenio Interinstitucional, en el marco normativo para la implementación de los Postítulos Docentes en los Institutos de Nivel Superior No Universitario y en consideración a:
1. Que las disposiciones contenidas en la Ley Nº 24.521 - Capítulo 2 - Ley de Educación Superior, expresamente establece en su Artículo 19 que "Las instituciones de Educación Superior No Universitario podrán proporcionar formación superior de ese carácter, en el área de que se trate y/o actualización, reformulación o adquisición de nuevos conocimientos y competencias a nivel de postítulo. Podrán asimismo desarrollar cursos, ciclo o actividades que respondan a las demandas de calificación, formación y reconversión laboral y profesional".
2. Que por Resolución Nº 151/00 del Consejo Federal de Cultura y Educación se aprueban las normas básicas para el funcionamiento y reconocimiento de los Postítulos.
3. Que los postítulos persiguen como objetivos la actualización y especialización dentro de un campo disciplinar o de problemáticas específicas de formación docente, la profundización de nuevas expectativas que permitan fortalecer la capacidad del docente en su práctica profesional y la profundización de la formación en investigación educativa.
4. Que la Resolución Nº 1225/02 aprueba los Lineamientos Generales que fijan los procedimientos y condiciones para la presentación, evaluación e implementación de Postítulos por parte de Institutos de Educación Superior No Universitario de Gestión Pública y Privada y expresamente establece en el apartado 2.1.2.a) del Capitulo III del Anexo Único: “La Postitulación exigirá, además de la aprobación de las unidades curriculares correspondientes al plan de estudios, la aprobación de un Trabajo Final, el que será de elaboración individual y versará sobre un tema a elección del cursante, quien contará con la posibilidad de consulta académica a un especialista del campo. La evaluación del mismo será responsabilidad de un Comité Académico constituido por Profesores responsables del Postítulo y la participación de, por lo menos, un Profesor perteneciente a otra institución formadora con la que se haya firmado convenio"
5. Que es necesario conformar el Comité Académico para la evaluación final del Postítulo de Actualización Académica «El Nuevo Enfoque Didáctico de los Contenidos Matemáticos en EGB 1 y 2-Resolución Ministerial Nº 692 / 04.
Las partes acuerdan celebrar el presente CONVENIO INTERINSTITUCIONAL avalando la conformidad de un Comité Académico para la evaluación final del Postítulo de Actualización Académica, sujeto a las siguientes cláusulas:
Primero: El Comité Académico se constituirá según Lineamientos Generales, explicitados en la Resolución Ministerial N° 1225/02, que fijan los procedimientos y condiciones para la presentación, evaluación e implementación de Postitulos por parte de los Institutos de Educación Superior No Universitaria.
Segundo: Los cursantes del Postitulo deberán aprobar un Trabajo Final individual. La evaluación del mismo será responsabilidad de un Comité Académico, constituido por Profesores responsables del Postitulo y la participación de un Profesor perteneciente a otra institución formadora con la que se haya firmado convenio.
Tercero: Los docentes, que a continuación se detallan, participarán del Comité Académico:
Por el Instituto “Colegio de Jesús”:
- Prof. Angélica Elvira Astorga: DNI Nº 14.298.062
- Prof. Mónica Lisí: DNI Nº 14.709.265
- Prof. Sonia Estela Alíendro LC Nº 6.163.788
Por la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional de Salta, como evaluador externo:
- Profesora Eudosia Natividad Diaz.
Cuarto: El Comité Académico se compromete a trabajar de manera conjunta en lectura, corrección y elaboración de sugerencias de los trabajos finales de los alumnos, así también como en la conformación de las mesas examinadoras en las que se defenderán dichos trabajos.
Quinto: Cada institución se compromete a facilitar sus instalaciones y recursos humanos (docentes del comité Académico) y materiales disponibles para coadyuvar al logro de los objetivos del presente convenio.
Sexto: Copias de la documentación administrativa y pedagógica quedarán archivadas en el Instituto “Colegio de Jesús".
Séptimo: Este Convenio quedará sin efecto una vez finalizadas las tareas de evaluación de los Trabajos Finales individuales de los cursantes del postítulo.
Octava: Las partes se comprometen a resolver directa y amigablemente entre ellas las diferencias, desacuerdos o falta de entendimientos que pudieran surgir, en caso contrario se someterán a los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un tenor y a un mismo efecto, en la ciudad de Salta a los seis días de octubre del año dos mil cinco.
FIRMADO FIRMADO
MADRE LUCÍA INÉS TESSI I NG. AGR. STELLA MARIS P. DE BIANCHI
RECTORA RECTORA
INSTITUTO COLEGIO DE JESÚS UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
ING. JUAN FRANCISCO RAMOS
DECANO
FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS