SALTA, 31 OCT 2005





Expte. Nº 708/05


VISTO estas actuaciones relacionadas con el PROTOCOLO DE ACUERDO suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y el CENTRO DE ESTUDIOS COMUNITARIOS IC – IMPULSO CRECIMIENTO; y


CONSIDERANDO:


QUE el objeto del presente protocolo es brindar asistencia a la Comunidad desde la Universidad, a través de sus docentes e investigadores y organizar acciones que tiendan a mejorar la calidad de los egresados del Nivel Medio/Polimodal y propicien su ingreso a estudios universitarios.


QUE a fs. 14 y a fs. 32 (vta.) ASESORIA JURÍDICA y la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, tomaron la debida intervención.


QUE la fs. 31 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 145/05, en el cual aconseja la aprobación del citado Protocolo.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO DE ACUERDO suscripto entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y el CENTRO DE ESTUDIOS COMUNITARIOS IC – IMPULSO CRECIMIENTO, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica y de Cooperación Técnica Facultades, Sedes, Consejo de Investigación y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1136-05



ANEXO I



PROTOCOLO DE ACUERDO

ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA Y EL

CENTRO DE ESTUDIOS COMUNITARIOS IC - IMPULSO

CRECIMIENTO


Entre la Universidad Nacional de Salta, en adelante "la Universidad", representada por su Rectora, Ing. Stella Pérez de Bianchi, con domicilio en Avda. Bolivia 5.150 de la ciudad de Salta y la Fundación Centro de Estudios Comunitarios IC - Impulso Crecimiento, en adelante "la Fundación", representada por su Presidenta Irma Pascuala Caro, D.N.I. Nº 12.115.995, argentina, con domicilio en 25 de mayo Nº 174 Joaquín V. González (Anta - Salta), acuerdan, como complementario y específico del Convenio Marco entre la Fundación y la Universidad suscrito en la ciudad de Salta, el 9 de noviembre de 2.004, aprobado por Resolución Rectoral Nº 968-04, celebrar el presente PROTOCOLO en el que las partes se comprometen a colaborar mutuamente en la ejecución de actividades y proyectos de interés común, en el marco del Reglamento de Prestación de Servicios Técnicos de la Universidad Nacional de Salta, que se regirá según el siguiente articulado:


Artículo 1º.- Objeto


1) Brindar asistencia a la comunidad desde la Universidad, a través de sus docentes e investigadores.


1) Organizar acciones que tiendan a mejorar la calidad de los egresados del Nivel Medio /Polimodal y propicien su ingreso a estudios universitarios.


Artículo 2º.- Responsables


Para el desarrollo de las acciones previstas, la Universidad designa Docentes responsables:

Eje Competencias Comunicativas: Prof. Víctor Arancibia (personal de Secretaría Académica) por extensión de funciones.

Eje de las Competencias Matemáticas: Prof. Gilda Tirado (Facultad de Cs. Exactas) por extensión de funciones.

Ambos recibirán reconocimiento de gastos de traslado y viático.

Facilitadores:

Eje Competencias Comunicativas: Prof. Judith Rodríguez

Eje Competencias Matemáticas: Prof. Abel Carmona

Cada uno de estos docentes recibirá de la Fundación una retribución de $ 600.- en dos pagos iguales, uno al inicio y otro al final de las acciones programadas.

Por su parte la Fundación designa como responsable a su Presidente, Irma Pascuala Caro.







Artículo 3º.- Acciones


1) Desarrollar actividades que fortalezcan competencias de los estudiantes del nivel medio-polimodal

  1. Propiciar la articulación entre la comunidad y la Universidad a través de orientación a los estudiantes que aspiren a ingresar a ella.

Artículo 4º.- Cronograma


Las partes intervinientes realizarán de manera conjunta el cronograma de trabajo entre los meses de octubre y noviembre de este año lectivo, actualizándose en los años sucesivos de ser necesario.


Artículo 5º.- Financiamiento


El presente Protocolo no generará recursos propios para la Universidad.

Secretaria Académica designará al personal docente que llevará a cabo las tareas, organizará y facilitará el material que se utilizará y se hará cargo de los gastos correspondientes a comidas y meriendas, hasta la suma de $ 500 (Pesos: Quinientos)

El financiamiento estará a cargo de la Fundación, lo que comprenderá pago de retribuciones, gastos de pasajes y estadía en la localidad de Joaquín V. González.


Artículo 6º.- Derechos intelectuales


La propiedad intelectual de los materiales producidos para la utlización durante las actividades (cartillas y otros) le corresponde la Universidad.


Artículo 7º.- Rescisión


El incumplimiento de cualquiera de las acciones acordadas por cada una de las partes, dará lugar a la parte cumplidora a tener por rescindido el presente protocolo, previa comunicación fehacientemente realizada a la parte incumplidora.


En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Salta a los siete días del mes de octubr del o do mil cinco.



FIRMADO FIRMADO

IRMA PASCUALA CARO ING. AGR. STELLA MARIS P. DE BIANCHI

PRESIDENTE RECTORA

FUNDACIÓN CETRO ESTUDIOS UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

COMUNITARIO IC – IMPULSO CRECIMIENTO