SALTA, 26 OCT 2005




Expte. N° 18.120/05


VISTO este expediente y la Resolución Rectoral Nº 0690-05 por la cual se llamó a Licitación Pública Nº 03/05, para la Ejecución de la Obra N° 066: FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD – AULA DE ANATOMÍA; y


CONSIDERANDO:

QUE se ha efectuado la apertura de las dos (2) ofertas presentadas en el día y hora fijados, de acuerdo a la publicación del llamado efectuado en medios oficiales y privados.


QUE en el presente concurso se dio cumplimiento a todas las disposiciones vigentes en materia de Contrataciones del Estado y la Ley 13.064 de Obras Públicas.


QUE de fs. 54 a fs. 64 la Comisión de Preadjudicación designada al efecto, emite informe de fecha 12 de octubre de 2005, en el cual recomienda adjudicar la presente Licitación Pública a la Firma ARA CONSULTORA S.R.L. en un todo de acuerdo al legajo de Obra, su oferta, aclaraciones y certificado para licitar emitido por el Registro de Construcciones de Obras Públicas, por cumplir con todos los requisitos establecidos y resultar la oferta más conveniente.

QUE la presente contratación se encuadra en el Art. 9º de la Ley 13.064 y artículo 33º del Decreto 1.023/01.


Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,


EL VICERRECTOR A/C DEL RECTORADO

DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 03/05, para la Ejecución de la Obra N° 066: FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD – AULA DE ANATOMÍA, a la firma ARA CONSULTORA S.R.L., con domicilio en Pasaje Calchaquí Nº 102 de la ciudad de Salta, por la suma total de CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 476.995,19).


ARTICULO 2º.- Dejar establecido que La Contratista acepta según pliego y Decretos PE N° 1295/02, N° 1953/02, resoluciones ME y SOP N° 396/02, N° 107/02 y Resolución SIGEN Nº 157/02 que en el reconocimiento de Redeterminación de Precios, el 10% (diez por ciento) del valor de cada ítem, no sufrirá variación alguna, pese a que en los análisis de precios presentados por la Contratista se consigna Gastos Generales 0% (cero por ciento) y Beneficios 0% (cero por ciento). Por lo tanto, el porcentaje de la variación de tal Redeterminación de Precios, se aplicará sobre el 90% (noventa por ciento) del precio adoptado del ítem.



ARTICULO 3º.- Imputar la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 476.995,19) a la Partida 4.2.1. CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PRIVADO - Dependencia 26, del Presupuesto de la Facultad de Ciencias de la Salud para el correspondiente ejercicio.


ARTICULO 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarlas del Consejo Superior, Facultad de Ciencias de la Salud, Dirección General de Obras y Servicios, Dirección de Contrataciones y Compras y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN DR. CARLOS ALBERTO CADENA

SECRETARIA ADMINISTRATIVA VICERRECTOR



RESOLUCIÓN - R - Nº 1103-05