SALTA, 27 SEP 2005
Expte. Nº 1.099/04
VISTO las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a Concurso Abierto de antecedentes y prueba de oposición para cubrir un (1) cargo, categoría 5, de Supervisor Encargado de Docencia y Alumnos del Agrupamiento Administrativo, en el Departamento de Docencia y Alumnos de la Sede Regional Tartagal; y
CONSIDERANDO:
QUE se han cumplimentado todos los pasos previstos en la resolución Nº 687-88 y modificatorias del REGLAMENTO PARA INGRESO Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA.
QUE a fs. 80, 81 y 82 obra el Dictamen emitido por el Jurado que entendió en el mencionado concurso, el cual, teniendo en cuenta la Entrevista, Evaluación de Antecedentes y Prueba de Oposición, aconseja la designación de la postulante Viviana Angelica ORTIZ, en el cargo motivo del presente concurso.
QUE a fs. 84/85 las postulantes Roxana Alejandra SANTILLAN y Patricia Alejandra DIAZ, interponen impugnación al dictamen del Jurado interviniente, quien amplía su dictamen.
QUE Asesoría Jurídica en su Dictamen Nº 8186 expresa lo que textualmente se transcribe a continuación:
"...Las Sras. Roxana Alejandra Santillan y Patricia Alejandra Díaz, postulantes al concurso cargo categoría 5 para el Dpto. Alumnos de la Sede Regional de Tartagal, impugnan el dictamen del Jurado que entendió en el mismo en escritos similares en los que aducen: que si bien el concurso estaba convocado para las 9:00, a esa hora y encontrándose ausente cuatro postulantes a los mismos se les tomó la evaluación en horas de la tarde; que una de las postulantes contó con documentación atinente a la prueba, lo que hacía suponer a las impugnantes que tenía conocimiento de los temas del cuestionario y que no se les permitió ver el dictamen del jurado por cuanto les comunicaron que no habían sido aprobadas en el concurso.
De todas las supuestas anomalías que presentan, no ofrecen ningún tipo de prueba, sea ésta documental o testimonial, remitiéndose a sus propios dichos.
El Jurado produce ampliación de dictamen donde puntualiza y documenta fehacientemente los postulantes inscriptos, los postulantes ausentes en el concurso (a los cuales no se les tomó ningún tipo de examen posterior) y el detalle de los temas de impugnación que los rebaten suficientemente.
Por lo expresado y atento que hasta la etapa concursal cumplida no se advierten vicios de procedimiento, corresponde rechazar las impugnaciones por infundadas y llevar adelante el proceso..."
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º,- Rechazar las impugnaciones presentadas por las postulantes Roxana Alejandra SANTILLÁN y Patricia Alejandra DÍAZ, por infundadas, y en un todo de acuerdo al Dictamen Nº 8186 de ASESORÍA JURÍDICA de esta Universidad.
ARTICULO 2º- Aprobar el Dictamen y su ampliación, del Jurado que entendió en el Concurso y designar a la Srta. Angélica Viviana ORTIZ, D.N.I. Nº 20.644.164 en el cargo de Supervisor Encargado, categoría 5, Agrupamiento Administrativo en el DEPARTAMENTO DOCENCIA y ALUMNOS de la SEDE REGIONAL TARTAGAL, a partir del día siguiente de la fecha de su notificación, con la remuneración mensual de presupuesto y demás bonificaciones y beneficios de ley, con el cumplimiento de 35 horas semanales de labor.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a la Srta. ORTIZ, que dispone de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para que inicie en la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL los trámites de estilo.
ARTICULO 4º.- Afectar dicha promoción en la respectiva partida individual de la Planta de Personal de Apoyo Universitario de la Sede Regional Tartagal.
ARTICULO 5º.- Notifíquese a las Srtas. SANTILLÁN y DÍAZ que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.
ARTICULO 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Dirección General de Personal, Sede Tartagal y notifíquese a las interesadas. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0968-05