SALTA, 29 AGO 2005




Expte. Nº 16.015/03



VISTO este expediente y la resolución rectoral Nº 151-03 de fecha 8 de mayo de 2003; y


CONSIDERANDO:


QUE por la mencionada resolución se designa interinamente a la Prof. Alejandra Lía Julia CEBRELLI, como Auxiliar de Investigación con retribución equivalente a Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación semiexclusiva, para cumplir funciones en el Proyecto de Investigación Nº 1181: PROYECTOS DE DESCOLONIZACIÓN DEL CONOCIMIENTO EN AMÉRICA LATINA, PARTE III, del CONSEJO DE INVESTIGACIÓN, con efecto al 15 de abril de 2003 y hasta la finalización del citado Proyecto.


QUE a fs. 36 la Dra. Emilce OTTAVIANELLI, Secretaria Técnica del citado CONSEJO solicita la reducción en la dedicación de la Prof. CEBRELLI, de semiexclusiva a simple, a partir del 1º de julio de 2005 y mientras dure su designación como Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple en la Facultad de Humanidades y no más allá de la finalización del Proyecto.


Por ello y atento a lo informado por el DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE PERSONAL Y LEGAJOS y la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO y lo aconsejado por SECRETARIA ADMINISTRATIVA,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Tener por modificada a la Prof. Alejandra Lía Julia CEBRELLI, la dedicación del cargo de Jefe de Trabajos Prácticos, llevándola de semiexclusiva a simple, con efecto al 1º de julio de 2005 y mientras dure su designación como Jefe de Trabajos Prácticos con dedicación simple en la Facultad de Humanidades y no más allá de la finalización del Proyecto.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarias del Consejo Superior y Administrativa, Direcciones Generales de Personal y de Administración, Consejo de Investigación, Obra Social y notifíquese a la interesada. Cumplido siga a DIRECCION GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0824-05