SALTA,19 AGO 2005
Expte. Nº 10.025/03
VISTO estas actuaciones y la resolución Nº R-DNAT-2005-865, del Decano de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, dictada Ad-Referéndum de Rectorado; y
CONSIDERANDO:
QUE por la mencionada resolución se autoriza a Asesoría Jurídica de la Universidad Nacional de Salta, a iniciar las acciones legales pertinentes en contra del Sr. Guillermo Benjamin NÚÑEZ - DNI Nº 12.712.032 - para el desalojo de las instalaciones de la Confitería y Kiosco de esta Facultad y para el cobro de la suma adeudada en concepto de diferencia del pago de canon por la concesión del mismo.
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Homologar la resolución Nº R-DNAT-2005-865, del Decano de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, de fecha 19 de agosto de 2005, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Facultad de Ciencias Naturales, Asesoría Jurídica y notifíquese al interesado. Cumplido siga a ASESORÍA JURÍDICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0773-05
ANEXO I
R-DNAT-2005-865
SALTA, 19 AGO 2005
Expediente N° 10.025/03
VISTO:
Las presentes actuaciones relacionadas con la concesión del Servicio de Confitería y Kiosco de la Facultad de Ciencias Naturales;
CONSIDERANDO:
Que por resolución FCN DEC Nº 394/03 se adjudica la concesión del Servicio de Confitería y Kiosco de esta Facultad, al Sr. Guillermo Benjamín Núñez, por el término de dos (2) años a partir del 01 de junio de 2003.
Que la concesión ha finalizado el día 31 de mayo de 2005.
Que el Sr. Guillermo B. Núñez, mantiene a la fecha en esta Facultad, una deuda por diferencia del pago del canon de concesión.
Que se ha intimado fehacientemente mediante sendas cartas documentos al concesionario Sr, Núñez, a restituir el local y las instalaciones y bienes de la Universidad que tuviere en su poder y abonar la diferencia del canon obligado a pagar conforme las bases contractuales.
Que debería considerarse además la deuda por servicios, detallada por Dirección General de Obras y Servicios a fs. 288.
Que corresponde emitir la presente resolución ad referendum de Rectorado autorizando a Asesoría Jurídica de la Universidad Nacional de Salta, a iniciar juicio de desalojo como así también las acciones legales pertinentes para el cobro de la suma adeudada más los intereses correspondientes hasta su efectivo pago.
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
(.Ad referéndum de Rectorado)
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- Autorizar a Asesoría Jurídica de la Universidad Nacional de Salta, a iniciar las acciones legales pertinentes en contra del Sr. Guillermo Benjamin NÚÑEZ - DNI Nº 12.712.032 - para el desalojo de las instalaciones de la Confitería y Kiosco de esta Facultad y para el cobro de la suma adeudada en concepto de diferencia del pago de canon por la concesión del mismo.
ARTICULO 2°.- Hágase saber a quien corresponda, publíquese en la página de internet de la Universidad Nacional de Salta y elévese a Rectorado para su conocimiento, consideración y demás efectos.
Firmado Firmado
ING. SILVIA RAQUEL ZAPATA DR. JULIO RUBÉN NASSR
SECRETARIA DECANO
FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES