SALTA, 03 AGO 2005




Exptes. Nros. 17.005/05 y 17.007/05



VISTO estos expedientes relacionados con la contratación de personal, por locación de servicios y en condición de autónomos, para cumplir funciones en el Comedor Universitario y en el Jardín Materno Infantil, dependientes de la Secretaría de Bienestar Universitario; y



CONSIDERANDO:


QUE la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO solicita la prórroga de dichos contratos, por el término de dos (2) meses.


QUE la COMISIÓN DE HACIENDA emite Despacho Nº 103/05, por el cual autoriza a prorrogar los contratos por el término de noventa (90) días, procediéndose a renovar los mismos cada treinta (30) días y/o hasta se concluya con la sustanciación de sendos concursos.

Por ello:



LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Ad-Referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Prorrogar los contratos por locación de servicios en condición de autónomos y por el término de noventa (90), procediéndose a renovar los mismos cada treinta (30) días y/o hasta que se concluya con la sustanciación de los respectivos concursos, a las siguientes personas, que se desempeñan en el Comedor Universitario:




ARTICULO 2º.- Prorrogar los contratos por locación de servicios en condición de autónomos y por el término de noventa (90), procediéndose a renovar los mismos cada treinta (30) días y/o hasta que se concluya con la sustanciación de los respectivos concursos, a las siguientes personas, que se desempeñan en el Jardín Materno Infantil:




Exptes. Nros. 17.005/05 y 17.007/05




ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Universidad y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, de Bienestar Universitario y Administrativa, Jardín Materno Infantil y notifíquese a los interesados. Luego siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, cumplido elévese al CONSEJO SUPERIOR, para su convalidación. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0707-05