SALTA, 27 JUN 2005



Expte. Nº 215/05


VISTO estas actuaciones relacionadas con el Acuerdo Marco de Colaboración suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la FUNDACIÓN PARA EL INTERCAMBIO EDUCATIVO CHINO – ARGENTINO (FIECA); y


CONSIDERANDO:


QUE a través de este Acuerdo las partes manifiestan su intención de realizar acciones de difusión e intercambio académico y cultural, con agencias e instituciones de la República Popular China.


QUE a fs. 4, ASESORIA JURÍDICA emite Dictamen Nº 7901, en el que expresa que no tiene objeción legal que formular.


QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO a fs. 35 mediante Despacho Nº 55/05, aconseja la aprobación del referido Acuerdo.


Por ello y atento a lo aconsejado por la COORDINACIÓN DE POSTGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02 del CONSEJO SUPERIOR,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Acuerdo Marco de Colaboración suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la FUNDACIÓN PARA EL INTERCAMBIO EDUCATIVO CHINO – ARGENTINO (FIECA), el que como ANEXO I, forma parte integrante de la presente resolución.


ARTÍCULO 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de esta Universidad y Comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Coordinación de Postgrado y Relaciones Internacionales y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la COORDINACIÓN DE POSTGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG


Firmado Firmado

PROF. MARTA ZULMA PALERMO ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ACADEMICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0588-05





ANEXO I




ACUERDO MARCO DE COLABORACION ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y LA FUNDACION PARA EL INTERCAMBIO EDUCATIVO CHINO

- ARGENTINO (FIECA)


Entre la Fundación para el Intercambio Educativo Chino - Argentino (F.I.E.C.A.), con domicilio en Florida 336, piso 3, oficina 301, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Presidente Sr. Norberto Feldman, en adelante "F.I.E.C.A."; por una parte y por la otra Universidad Nacional de Salta (U.N.Sa.), con domicilio en Buenos Aires 177, Ciudad de Salta, Provincia de Salta, representada en este acto por su rectora, Ing. Stella Maris Pérez de Bianchi, en adelante U.N.Sa.; convienen en lo siguiente:

Primera: Las partes manifiestan por el presente su intención de realizar acciones de difusión e intercambio académico y cultural, con agencias e instituciones de la República Popular China.-

Dichas acciones comprenderán las siguientes:

1) Fomentar el intercambio de alumnos, docentes e investigadores, con instituciones educativas de la República Popular China, tanto en lo que respecta a facilitar el desplazamiento de alumnos, profesores é investigadores de la U.N.Sa. que deseen realizar actividades académicas en instituciones chinas, como en lo relativo a recibir alumnos, docentes e investigadores provenientes del citado país, que deseen realizar actividades académicas en la U.N.Sa.

2) Difundir aspectos de la actividad de la U.N.Sa. en la República Popular China, así como difundir aspectos de la actividad académica, cultural y científico tecnológica de dicho país a través de la U.N.Sa.

3) La organización de cursos de idioma chino con la participación de docentes provenientes de la República Popular China.

El presente instrumento deberá ser considerado como un convenio marco general destinado al planteamiento de acciones dirigidas al cumplimiento de los objetivos expresados más arriba en esta cláusula. La realización de acciones concretas requerirá, en cada caso, la firma de un acuerdo específico que regirá los deberes y derechos de las partes en relación a las actividades que comprenda el objeto del mismo.

Segunda: A los fines de lo establecido en la cláusula Primera apartado 1) del presente, la U.N.Sa. se compromete a hacer saber a "F .I.E.C.A.", tanto la demanda originada en sus claustros en referencia a actividades académicas a realizar en la República Popular China, como su oferta en relación a los miembros de los claustros de instituciones situadas endicho país que deseen realizar actividades académicas en la misma; por su parte, "F.I.E.C.A." se compromete a hacer saber a la U.N.Sa., tanto la oferta como la demanda de instituciones educativas de la República Popular China, en relación a potenciales actividades de intercambio, según las mismas surjan de los relevamientos que realiza y en cuanto resulten de interés a la oferta y demanda evidenciada por la U.N.Sa. en el marco de la ejecución del presente.

Los convenios especiales que se celebren en el marco del .presente establecerán los términos particulares relativos a las acciones de intercambio a realizarse, comprendiendo

los aspectos relativos a gastos, tramitaciones, realización de tutorías e informes de desempeño de los participantes y todo otro que las partes consideren necesarios a su

objeto.

Tercera: A los fines previstos en el apartado 2) de la cláusula Primera del presente, las

partes planificarán acciones particulares a través de los coordinadores previstos en su cláusula Quinta. Los convenios particulares que al respecto se celebren podrán prever, entre otros aspectos, la difusión en la República Popular China, de ofertas educativas y actividades de la U.N.Sa.; el asesoramiento, gestión y/o representación por "F.I.E.C.A." de la U.N.Sa. en eventos a realizarse en la República Popular China; la traducción y publicación de textos y la realización de eventos en el seno de la U.N.Sa. o con participación de la misma; debiendo en cada caso fijar los términos a los que se atendrán las partes en la realización de dichas actividades.

Cuarta: Las características de los cursos, previstos en el apartado 3) de la cláusula Primera del presente, así como la participación que corresponderá a las partes en la implementación de los mismos, serán tratadas a través de los coordinadores que se designan en la cláusula Quinta de este instrumento.-

Quinta: A los fines de la coordinación de las tareas conducentes a la implementación del presente las partes designan a las siguientes personas: a) "F.I.E.C.A." a Lic. Marisa Hualde, Directora Académica, y la U.N.Sa. a la Dra. Judith Franco, coordinadora de Posgrado y Relaciones Internacionales. Diichas personas dialogarán en orden a coordinar y negociar entre ellas todos los aspectos concernientes a la planificación de acciones del tipo de las previstas por el presente, hasta la redacción del borrador final de los acuerdos específicos a que se refiere el segundo párrafo de la cláusula Primera precedente. El texto definitivo de dichos acuerdos será firmado por quienes suscriben el presente o por quienes las autoridades de "F .I.E.C.A." o de la U.N.Sa. designen bajo comunicación escrita a la otra parte.

Sexta: El presente acuerdo tendrá un plazo de vigencia de un año, siendo el mismo automáticamente renovable en caso de que ninguna de las partes manifieste su voluntad de dejarlo sin efecto con antelación al vencimiento de cada período anual.

Sin perjuicio de lo que antecede cualquiera de las partes podrá rescindir el presente acuerdo en cualquier momento, mediante comunicación por escrito de su voluntad de hacerla a la contraparte, suscripta por el representante designado en el encabezamiento del presente o por quienes las autoridades de "F .I.E.C.A." o de la U.N.Sa. designen bajo comunicación escrita a la otra parte. El uso de esta opción no generará obligación alguna para la parte que decida la rescisión, sin embargo, las acciones derivadas de acuerdos particulares celebrados en virtud del presente deberán continuarse hasta su finalización.

Séptima: Las partes constituyen sus domicilios en los designados en el encabezamiento donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que fuera menester realizar en función del presente.-

En el día de la fecha indicado arriba, se firman dos ejemplares del mismo tenor y al mismo efecto.


Firmado Firmado

NORBERTO LUIS FELDMAN ING. STELLA MARIS PÉREZ DE BIANCHI

PRESIDENTE RECTORADO

FIECA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA