SALTA, 10 MAY 2005




Expte. Nº 18.200/04


VISTO estas actuaciones y la resolución rectoral Nº 0245-05 de fecha 11 de abril de 2005; y


CONSIDERANDO:


QUE por la citada resolución se llama a Concurso General de antecedentes y pruebas de oposición, en el ámbito de la Universidad, para cubrir un (1) cargo de Oficial Carpintero – Categoría 05, del agrupamiento de Mantenimiento y Producción de la Planta de Personal de Apoyo Universitario de la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS, el que se regirá por las normas dispuestas en la resolución Nº 687-88 y modificatorias.

QUE la DIRECCIÓN DE SERVICIOS GENERALES, a fs. 28, emite Acta en la cual expresa que no se registraron inscripciones.


QUE la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS a fs. 29 solicita se llame a Concurso Abierto, el que se regirá por las normas dispuestas por la resolución CS-Nº 687/88 y sus modificatorias.


QUE de acuerdo al inc. c) del artículo 1º de la resolución CS-Nº 637/04, en los Concursos abiertos, la prueba de oposición consistirá en un examen teórico-práctico y en una entrevista a aquellos postulantes que hayan aprobado el mismo. En caso de haber más de diez (10) postulantes, la Junta Examinadora podrá realizar la entrevista únicamente a aquellos que hayan obtenido los diez (10) mayores puntajes en la calificación del examen teórico-práctico.


Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Declarar desierto el Concurso General convocado por resolución rectoral Nº 0245-05, por los motivos expuestos en el exordio de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Llamar a Concurso Abierto de antecedentes y pruebas de oposición, para cubrir un (1) cargo de Oficial Carpintero – Categoría 05, del agrupamiento de Mantenimiento y Producción de la Planta de Personal de Apoyo Universitario de la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS, el que se regirá por las normas dispuestas en la resolución Nº 687-88 y modificatorias, estableciéndose la misión y funciones para dichos cargos de acuerdo al siguiente detalle:


FUNCIONES:



ARTICULO 3º.- Establecer las siguientes condiciones generales y particulares para el cargo motivo del concurso:



ARTICULO 4º.- Dejar aclarado que la remuneración mensual para el cargo se establecerá en concordancia con lo que fijen las leyes vigentes, y el horario de trabajo será de treinta y cinco (35) horas semanales, en el horario de 06:30 a 13:00 horas, y de acuerdo a los requerimientos de la Universidad.-


ARTICULO 5º.- Designar a los miembros del Jurado que tendrá a su cargo el desarrollo y evaluación del concurso convocado en el artículo 1º:


MIEMBROS TITULARES



MIEMBROS SUPLENTES



Es oportuno recordar, que formar parte de un Jurado y/o tribunal Examinador, constituye una carga pública y no facultativa, por lo que las posibles excusaciones y/o recusaciones deben estar fundadas en lo que determina el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. (Articulo 70 del Escalafón para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales).


ARTICULO 6º.- Fijar el siguiente cronograma de actividades para el concurso interno:



ARTICULO 7º. - Invitar a la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA ( A.P.U.N.Sa.), a efectuar la designación de un veedor gremial titular y un suplente, para el presente concurso.


ARTICULO 8°.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, A.P.U.N.Sa. y notifíquese a los interesados. Dése difusión mediante medios masivos de comunicación. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 0389-05