SALTA, 28 MAR 2005
Expte. Nº 18.028/05
VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Ing. Jorge Alfredo ROVALETTI, Director General de Obras y Servicios de esta Universidad; y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma solicita la liquidación de extensión horaria para personal de la citada Dirección que realiza tareas de mantenimiento en el Comedor Universitario y de Seguridad en el Complejo Universitario, a partir del 1º de febrero de 2005 y por el término de 3 (tres) meses.
Por ello y atento a lo informado por la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL y lo aconsejado por SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Tener por autorizada la liquidación y pago de un Complemento Remunerativo No Bonificable a favor de los siguientes agentes de la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS, para realiza tareas de mantenimiento en el Comedor Universitario y de Seguridad en el Complejo Universitario, con efecto al 1º de febrero de 2005 y por el término de 3 (tres) meses, fuera de su horario habitual de trabajo, el que se liquidará de acuerdo al registro que surja del sistema de control de asistencia, con un máximo de veinte (20) horas semanales de labor y del 60 % de su remuneración y en los términos del artículo 1º inciso a) de la resolución CS-Nº 030/00 y sus modificatorias:
Manuel de Reyes HERRERA
Raúl GUZMÁN
Pedro Pablo NIEVA
José Avelino RÍOS
ARTICULO 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución al inciso 1 - Gastos en personal, del Presupuesto de la Universidad para el corriente ejercicio.
ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Direcciones Generales de Administración, del Centro de Cómputos y de Personal y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0169-05