SALTA, 28 FEB 2005
Expte. Nº 1.018/04
VISTO estas actuaciones relacionadas con el Convenio suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (ARGENTINA) y la UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA (ESPAÑA); y
CONSIDERANDO:
QUE el presente Convenio tiene por finalidad contribuir a la promoción de la cultura científica, a un mejor conocimiento mutuo de las culturas que le son propias y a desarrollar vínculos de amistad y cooperación recíprocas.
QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 5 en su Dictamen Nº 7687, expresa que no tiene objeción legal que realizar, pero aconseja se establezca que en los futuros protocolos se dejará determinado cual Universidad y cómo, se hará cargo de los seguros de vida y/o accidentes que cubra a los profesores, investigadores o estudiantes que realicen intercambios que en el futuro se acuerden.
QUE a fs. 16 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 116/04 de fecha 8 de setiembre de 2004, en el cual aconseja la aprobación del citado Convenio, con las aclaraciones del Servicios Jurídico.
Por ello y atento a lo aconsejado por la COORDINACIÓN DE POSTGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar el Convenio suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (ARGENTINA) y la UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA (ESPAÑA), que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica y Administrativa, Facultades, Sedes, Dirección General de Administración, Coordinación de Postgrado y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la COORDINACIÓN DE POSTGRADO Y RELACIONES INTERNACIONALES, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.
JG.
Firmado Firmado
ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 0065-05
CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (ARGENTINA)
Y LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA (ESPAÑA)
Entre la Universidad Nacional de Salta, representada en este acto por su Rectora, Ing. Stella Maris PEREZ de BIANCHI, con domicilio legal en la calle Avenida Bolivia 5150 de la ciudad de Salta, Argentina, y la Universidad de Córdoba, representada en este acto por su Rector, Dr. Eugenio DOMINGUEZ VILCHES, con domicilio legal en Alfonzo N° 13, Córdoba (España), celebran el presente convenio que se regirá por las siguientes cláusulas:
1. Finalidad del Convenio
El convenio entre ambas Universidades tiene por finalidad contribuir a la promoción de la cultura científica, a un mejor conocimiento mutuo de las culturas que les son propias y a desarrollar vínculos de amistad y cooperación recíprocas.
2. Áreas de Colaboración La colaboración entre ambas universidades podrá abarcar todos los ámbitos de sus actividades, incluyendo los de los Institutos de Investigación que dependen de ellas. Se propenderá al desarrollo de actividades de postgrado con disciplinas comunes.
3. Tipos de Intercambios.
3.a. Cláusulas generales:
1. Ambas universidades facilitarán el intercambio de profesores, investigadores y estudiantes para estancias de duración corta y media.
2. Ambas universidades procurarán establecer un intercambio de sus publicaciones que facilite un mejor conocimiento de las actividades científicas y culturales de ambos países.
3. En tanto sea posible, ambas universidades facilitarán la organización de actividades conjuntas entre sus respectivas unidades académicas.
3.b. Cláusulas especiales:
1. Con el propósito precedentemente señalado las universidades firmantes harán sus propuestas cada año, y en casos de urgencia al menos con dos meses de anticipación, requiriendo las colaboraciones deseadas en las áreas que se especificarán de manera precisa, las que se anexarán a este convenio como protocolos adicionales.
2. En cada programación se indicará las personas que cada Universidad requiere de la otra, con carácter de visitantes, o el envío de aquellos que concurrirán con carácter de pasantes, para realizar cursos de perfeccionamiento o de postgrado.
3. Cada propuesta deberá individualizar a las personas involucradas en los respectivos proyectos, establecer concretamente los objetivos que se desea alcanzar, el cronograma de tareas, presupuesto, y otros detalles necesarios para definir claramente las acciones a realizar.
4. Con la finalización de cada misión sus integrantes presentarán un informe, avalado por el responsable del lugar de destino, exponiendo las actividades realizadas y los resultados obtenidos, del cual se harán copias para ambas Universidades.
4. Cláusulas Económicas
a) Para el cumplimiento de este convenio las universidades tendrán en cuenta los tratados culturales entre los respectivos países que puedan facilitar los intercambios.
b) El intercambio de personas se hará en número acorde a las posibilidades económicas de cada Universidad.
Cada una se hará cargo, en forma total o parcial, según sus disponibilidades, de los viajes de ida y regreso de su propio personal. De la misma manera cada Universidad se hará cargo de los gastos de estancia del personal invitado.
c) Independientemente de sus disponibilidades presupuestarias, las universidades podrán gestionar recursos financieros de otras fuentes tendientes a incrementar las posibilidades de intercambio.
5. Duración y Vigencia
a) El convenio entrará en vigor desde el momento que haya sido firmado por ambos Rectores.
b) La duración del presente convenio será de cuatro años, renovable automáticamente, excepto en caso de notificación en sentido contrario, hecha por cualquiera de las partes, con una antelación de tres meses a la fecha de caducidad que se proponga.
6. Todo aquello que surgiese en la colaboración, no previsto en este convenio, será resuelto por las partes de común acuerdo.
Y para que conste y en señal de conformidad, se suscriben cuatro (4) ejemplares del presente Convenio y a un solo efecto.
Firmado Firmado
Dr. Eugenio DOMINGUEZ VILCHES Ing. Stella Maris PEREZ de BIANCHI
Rector Rectora
Lugar y Fecha: Córdoba, 1 de febrero de 2005 Salta, 17 de noviembre de 2004