SALTA, 30 DIC 2004




Expte. Nº 1.014/04



VISTO estas actuaciones relacionadas con el Protocolo de Colaboración Recíproca firmado entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY; y


CONSIDERANDO:


QUE el objeto del presente Protocolo es facilitar el pago de beneficios del Programa de Incentivos Docentes de ambas Universidades, que participan en proyectos de investigación conjuntos.


QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 41 en su Dictamen Nº 7634, expresa que no tiene objeción legal que formularle.


QUE a fs. 47 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO del CONSEJO SUPERIOR emite Despacho Nº 144/04 de fecha 13 de octubre de 2004, en el cual aconseja la aprobación del Protocolo.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA y a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el Protocolo de Colaboración Recíproca firmado entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, Administrativa y de Cooperación Técnica, Facultades, Sedes, Dirección General de Administración y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1575-04



ANEXO I








PROTOCOLO DE COLABORACION RECIPROCA


Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en adelante UNSa, representada por su Rectora Ingeniera Agrónoma Stella Maris PÉREZ de BIANCHI, con domicilio en Av. Bolivia 5150 de la ciudad de Salta y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY, en adelante UNJu, representada por su Rector Ingeniero Químico Oscar Guillermo INSAUSTI, con domicilio en Av. Bolivia 1239 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, acuerdan en celebrar el presente Protocolo de Colaboración Recíproca, en el marco del Convenio Marco suscripto entre las Universidades Nacionales y Provinciales de nuestro país, en los términos del Acuerdo Plenario Nº 142/94 del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y en consideración a:


  1. Que el Régimen Legal del Programa de Incentivos de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Título II, Capítulo 2 Actividad Docente, en su Artículo 25 prevé la situación de revista que deben cumplir los docentes para la percepción del incentivo para la Acreditación de Proyectos de Investigación.

  2. Que el Régimen Legal del Programa de Incentivos de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Título II, Capítulo 3 Participación en Proyectos de investigación, en su Artículo 28 prevé la situación de aquellos proyectos que se desarrollan en una unidad de investigación sin dependencia directa de la universidad en la que el investigador tiene el cargo docente.

  3. Que es de interés común el mantener, profundizar y llevar adelante actividades en las áreas de investigación científica y promover el desarrollo de Proyectos de Investigación con participación de docentes investigadores de ambas Universidades.

  4. Que hay docentes investigadores de ambas Universidades que participan de Proyectos de Investigación de la UNJu y de la UNSa

  5. Que es necesario establecer elementos que permitan a los mismos, acceder a los beneficios del Programa de Incentivos.


Las partes acuerdan celebrar el presente PROTOCOLO DE COLABORACION RECIPROCA que estará sujeto a las siguientes cláusulas:


Primera: El objeto del presente protocolo es facilitar el pago de beneficios del Programa de Incentivos a docentes de la UNJu y la UNSa que participan de proyectos de investigación conjuntos.


Segunda: A fin de dar cumplimiento a lo previsto en la cláusula precedente, a continuación se detallan los proyectos de investigación y la nómina de docentes que integra cada equipo de investigación:

  1. CIUNSa Nº 1001, Código Programa de Incentivos 20-D190 ORDENACION TERRITORIAL DEL VALLE DE LERMA", vigente, evaluado y aprobado por dicho




Consejo de Investigación, y que es dirigido por el Lic. Virgilio NUÑEZ, docente de la Facultad de Ciencias Naturales, la UNSa incorpora a partir del 02 de enero de 2003 (Res. Nº 089-CCI-04) y a solicitud del Lic. NUÑEZ de fecha 30/12/2003, al Ing. Alfredo Ángel AGÜERO, como Auxiliar Profesional Adscripto.

El Ing. Alfredo Ángel AGÜERO desarrollará la propuesta de trabajo titulada: El criterio económico de evaluación de la gestión de residuos sólidos domiciliarios en la Ciudad de Salta en el marco del Proyecto indicado. Dado que el mismo se desempeña como Profesor Adjunto (DE) en la Cátedra de Bromatología II de la Facultad Ciencias Agrarias, de la UNJu, esta gestionará su inclusión en el marco del Programa de Incentivos

Proyecto de Investigación 20-D190 citado, se inició el 01 de enero 2000 y fue prorrogado por el año 2004, fecha de finalización el 31/12/2004, con presentación de Informe final al 31 de marzo de 2005, por lo que el cobro de incentivos por el Ing. Alfredo Ángel AGÜERO estará sujeto a las evaluaciones satisfactorias en los Informes de Avance y Final respectivos que se realicen. La UNSa deberá formalmente comunicar en tiempo y forma a la UNJu el resultado de estas evaluaciones.

  1. Proyecto de Investigación CIUNSa Nº 1155, Código Programa de Incentivos 20-D213 NUEVAS VARIEDADES DE KENAF (Hibiscus cannabinus L.) ADAPTADAS A DIFERENTES AREAS DE CULTIVO Y A NUEVOS USOS AGROINDUSTRIALES, vigente, evaluado y aprobado por dicho Consejo de Investigación y que es dirigido por la Ing. Agr. Liliana GRAY, docente de la Facultad de Ciencias Naturales, la UNSa incorpora a partir de su inicio el 01 de enero de 2003 a la Ing. Agr. Graciela SIMON. Dado que la nombrada se desempeña como Jefe de Trabajos Prácticos (DE) en la Cátedra de Mejoramiento Vegetal de la Facultad Ciencias Agrarias, de la UNJu., esta gestionará su inclusión en el marco del Programa de Incentivos.

El Proyecto de Investigación 20-D213 citado, se inició el 01 de enero 2003 y tiene vigencia hasta el 31/12/05 con presentación de Informe final al 31 de marzo de 2006, por lo que el cobro de incentivos por la Ing. Agr. Graciela SIMON estará sujeto a las evaluaciones satisfactorias en los Informes de Avance y Final respectivos que se realicen.

La UNSa deberá formalmente comunicar en tiempo y forma a la UNJu el resultado de estas evaluaciones.

  1. Proyecto de Investigación UNJU Nº , Código Programa de Incentivos 08-E015 EVOLUCIÓN MAGMATICA ORDOVICICA EN LA PUNA (22º-25º15´s). RELACIONES GEOTECTÓNICAS Y METALOGENÉTICAS, vigente, evaluado y aprobado por dicha Secretaria y que es dirigido por la Dra. Beatriz Lydia Luisa Coira, docente de la Facultad de Ciencias Naturales, la UNJu incorpora a partir de su inicio el 01 de abril de 2002 a la Geol.Alba Ramirez. Dado que la nombrada se desempeña como Auxiliar de Primera (SD) en la Cátedra de Mineralogía I de la Facultad Ciencias Naturales, de la UNSa., esta gestionará su inclusión en el marco del Programa de Incentivos.






El Proyecto de Investigación 08-E015 citado, se inició el 01 de abril de 2002 y tiene vigencia hasta el 31/03/05 con presentación de Informe final al 31 de abril de 2005, por lo que el cobro de incentivos por la Geol. Alba Ramirez estará sujeto a las evaluaciones satisfactorias en los Informes de Avance y Final respectivos que se realicen.

La UNJu deberá formalmente comunicar en tiempo y forma a la UNSa el resultado de estas evaluaciones.


Tercera: Las partes acuerdan que en cada proyecto de investigación se dará cumplimiento a la totalidad de la normativa para la obtención del pago de incentivos respecto de cada nuevo integrante al proyecto, obteniendo su respectiva autorización para integrar y percibir el pago del mismo por las autoridades competentes, el que será en forma individual.


Cuarta: La UNSa y la UNJu delegan las tramitaciones y aspectos operativos del presente Protocolo de Colaboración Recíproca en el Presidente del Consejo de Investigación (CIUNSa) Lic. Elvio ALANIS y en el Secretario de Ciencia y Técnica y Estudios Regionales, Ing. Agr. Juan Alfredo BARBARICH, respectivamente.


Quinta: La duración del presente Protocolo será durante el período en que tengan vigencia los proyectos citados. A su vencimiento y si no tuvieren prórroga, caducará y las nuevas situaciones deberán ser contempladas por instrumentos específicos similares al presente.

En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Salta y en la Ciudad de San Salvador de Jujuy a los dieciocho días del mes de noviembre de dos mil cuatro.


Firmado Firmado

ING. QCO. OSCAR GUILLERMO INSAUSTI ING. AGR. STELLA MARIS P. DE BIANCHI

RECTOR RECTORA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA