SALTA, 15 NOV 2004
Expte. Nº 22.049/04
VISTO estas actuaciones relacionadas con la sustracción de una bicicleta perteneciente al INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL; y
CONSIDERANDO:
QUE dicho bien estaba afectado al uso del Sr. Oscar Argentino MOYA, ordenanza del mencionado Instituto.
QUE ASESORÍA JURÍDICA a fs. 10 eleva Dictamen Nº 7573, el cual se transcribe textualmente a continuación:
“En el expediente referenciado se informa el robo de una bicicleta de propiedad de IEM Tartagal marca Tomaselli Varón R/26 cuyo valor asciende a $ 228, la que estaba afectada al uso de Oscar Argentino Moya, ordenanza de la institución, quien radicó denuncia policial según constancia de fs. 2.-
La sra. Directora a fs. 7 informa que las bicicletas de propiedad del IEM, están afectadas al uso de los ordenanzas. de 7 a 19 hs.,en dos turnos de lunes a viernes, que como no cuenta con un espacio físico seguro para resguardarlas, los antes citados las llevan a sus domicilios para guardarlas bajo su responsabilidad.-
Aclara que el sr. Oscar Moya tuvo un desempeño correcto de sus funciones hasta el día del robo.-
Luce a fs. 8 el descargo de Oscar Argentino Moya quien manifesta que usa la bicicleta para trámites administrativos en los distintos bancos, compras en librerías y artículos de limpieza; entrega de partes de prensa en las distintas radios, canales de televisión, notificación a profesores, alumnos, padres, siendo su horario de trabajo de 7 a 19, pero que algunas veces los trámites arriba enunciados exceden tal horario.-
Afirma que siempre llevó la bicicleta a su domicilio porque no hay un sitio seguro para su resguardo en el instituto y que se equivocó al hacer uso de la bicicleta para uso personal pero en ningún caso estuvo en su ánimo causar ningún tipo de perjuicio, por lo que propone el pago del bien en tres cuotas.-
Considero que debe hacerse lugar a la propuesta realizada por el sr. Moya del pago de la bicicleta que le fuera robada en cuando realizaba una diligencia particular en tres cuotas, las que deben ser descontadas de su sueldo.-
Teniendo en cuenta que es la primera vez que le dio un uso indebido al mentado rodado y que en el cumplimiento de sus funciones su desempeño fue correcto, aconsejo que no se le imponga sanción disciplinaria alguna solamente se lo advierta que no utilizar bien alguno de propiedad de la institución en provecho propio bajo apercibimiento de sancionarlo si ello volviera a ocurrir.-
Asimismo se debe proceder a dar de baja el citado bien con intervención de las oficinas correspondientes; como también a procurar un lugar seguro donde se guarden las bicicletas en el IEM.- “
QUE la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL a fs. 18 informa que para poderse aplicar la retención en los sueldos del Sr. MOYA, corresponde se dicte instrumento legal ordenando el descuento de DOSCIENTOS VEINTIOCHO PESOS ($ 228,00) en tres cuotas, de acuerdo al 6º párrafo del Dictamen Nº 7573 de la Dirección de Asesoría Jurídica.
QUE se debe advertir al Sr. MOYA, no utilizar bien alguno de propiedad de la institución en provecho propio bajo apercibimiento de sancionarlo si ello volviera a ocurrir.
Por ello:
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL a efectuar descuento en los sueldos del Sr. Oscar Argentino MOYA, ordenanza del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA TARTAGAL, por la suma de DOSCIENTOS VEINTIOCHO PESOS ($ 228,00) en tres cuotas iguales y consecutivas, en un todo de acuerdo al Dictamen Nº 7573 de Asesoría Jurídica.
ARTICULO 2º.- Advertir al Sr. MOYA, que no debe utilizar bien alguno de propiedad de la institución en provecho propio bajo apercibimiento de sancionarlo si ello volviera a ocurrir.
ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Direcciones Generales de Personal y de Administración, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoria Interna, Instituto de Educación Media Tartagal y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 1340-04