SALTA, 21 OCT 2004




Expte. Nº 17.055/04


VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO de esta UNIVERSIDAD; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma informa que el Prof. Jorge VILLENA, Auxiliar Docente de 1º Categoría con dedicación semiexclusiva de la citada Secretaría, solicita la eximición del pago del arancel correspondiente al uso del Albergue Universitario, para un contingente de veintiséis (26) alumnos y dos (2) adultos de la Escuela Nº 4537 de Luracatao, a cargo del docente Hipólito GUANTAY, quienes visitarán nuestra ciudad los días 27 y 28 de octubre del año en curso, con el objetivo de conocer la ciudad y sus alrededores, como así también visitar lugares históricos y museos.

Por ello:


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Eximir al contingente de veintiséis (26) alumnos y dos (2) adultos de la Escuela Nº 4537 de Luracatao, a cargo del docente Hipólito GUANTAY, del pago del arancel correspondiente al uso del Albergue Universitario de esta Universidad, quienes visitarán nuestra ciudad los días 27 y 28 de octubre del año en curso, con el objetivo de conocer la ciudad y sus alrededores, como así también visitar lugares históricos y museos.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración, Tesorería General y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

LIC. NIEVE CHAVEZ ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1216-04