SALTA, 03 SEP 2004




Expte. Nº 511/97


VISTO estas actuaciones y la resolución rectoral Nº 169-98 de fecha 18 de marzo de 1998; y


CONSIDERANDO:


QUE por la mencionada resolución se ordena la instrucción de una Información Sumaria a cargo de ASESORÍA JURÍDICA, tendiente a averiguar quienes fueron responsables de la realización de las Obras en la SEDE REGIONAL TARTAGAL, costo de la Obra, pagos faltantes y todo otro dato de interés.


QUE fs. 109/110 la Dirección de Sumarios de ASESORÍA JURÍDICA eleva el INFORME FINAL, de acuerdo al artículo 122 del Decreto Nº 467/99 - Reglamento de Investigaciones Administrativas, el que se transcribe textualmente a continuación:

VISTO:

Luego de la mudanza de la Asesoria Jurídica a la oficina donde funcionaba Secretaria Académica, se encontró traspapelado el expediente referenciado, y conforme al artículo 39 del Decreto nº 467/99 (Reglamento de Investigaciones Administrativas) se realiza el INFORME FINAL:

A fs. 1 rola copia de una nota de fecha 16 de diciembre de 1.996 del CPN Ramón Espilocín dirigida al dr. Horacio Marcelo de la Serna en la que pone en conocimiento de una visita del dr. Jorge Antonio Salvatierra, Inocencio Moreno y Ricardo Guillard en Tartagal los días 5 al 7 de diciembre de 1.996 cuando realizaba tareas de control regular, quienes manifestaron tener acreencias en contra de la Universidad con motivos de construcción efectuadas entre 1.992 y 1.994, presentan notas y copias de supuestos comprobantes.-

En las notas obrantes a fs. 2 y 3 manifiestan Inocencio Moreno que se le adeuda $ 5.000 y Ricardo Guillard $ 8.500.-

A fs. 4 luce una copia de carta documento de Dante Gerometta .-

Héctor Cristófari realizó una inspección de obra en la Sede Regional Tartagal, para evaluar los destinos de la partida presupuestaria de $ 30.000 para la continuación de la tercera etapa correspondiente al ejercicio 1.995 y ejecutado parcialmente durante 1.996.-

Explica la metodología empleada: análisis de expedientes en los cuales se adquirieron los materiales y/o se contrató la mano de obra y se realizó una inspección técnica en el lugar, a su juicio no existiendo total coincidencia entre lo ejecutado realmente y lo requerido en las respectivas órdenes de compras.-

Se adjunta acta de avance de obra a fs. 33/58.-

A fs. 59/67, obran supuestas copias de comprobantes de conformidad prestada por Dante Gerometta para que la Asociación de Amigos de la U.N.SA. le abone aparentemente a Ricardo Guillard.-

A fs. 69/72 rola copia de un supuesto presupuesto de Ricardo Guillard.-

La entonces directora de la Sede María Canalda de Vercelli a fs. 76 hace saber que no existen antecedentes que le permitan realizar informe cabal y concreto de los trabajos realizados por Moreno y Guillard. Lo único que pudo comunicar por conocimiento extraoficial que la entidad Asociación Amigos de la U.N.Sa. disuelta en 1.997 se ocupaba sin fines de lucro de colaborar con la Sede y el I.E.M. en diversos aspectos desde construcciones hasta compras de mapas, microscopio, artículos de librería, ventiladores de techo. cortinas contribuciones de Coro Armonía Coral 11, pago de pasajes a docentes de otras provincias, sueldo de sereno y personal de maestranza del IEM; asimismo a fs. 82 expresa que los bienes del expediente n2 20.183/95, orden de compra 09/95 fueron recepcionados y entregados para su colocación, detallando los' colocados y los custodiados por el Director Administrativo Contable, quien realizó el pago respetando la certificación de trabajo del ingeniero Dante Gerometta quien supervisaba las tareas de la obra adjudicada y reteniéndose el impuesto a las actividades económicas.-

A fs. 91 se dispone por resolución rectoral nº 169/98 la instrucción de una información sumaria.-

Se dispone la citación para prestar declaración testimonial de Inocencio Moreno y de Ricardo Guillard las que se producen a fs. 96 y 97 quienes son coincidentes en declarar que NO TIENEN VINCULACION JURIDICA CON LA UNIVERSIDÁD NI CON LA SEDE REGIONAL TARTAGAL sino con la ASOCIACION AMIGOS DE LA U.N.Sa., asociación distinta a la Sede, reconocen, facturas de cancelación de deudas de, la parte de arriba y no de la parte de abajo.-

Manifiestan que los dirigía el ingeniero Dante Gerometta y que le adeudan del año 1.991, que por su orden ejecutaron los trabajos y que Beltrame le daba el dinero que compraban los materiales del corralón de Gerometta que no presentaron certificaciones o facturas de la obra porque no estaban inscripto en la D.G.I., que les hacían pagos semanales.-

A fs: 98/105 rolan testimoniales de los empleados administrativos de la Sede Regional Tartagal Roberto Aguilar, Eduardo Arce, Ana María Muñoz, Elena Martínez del docente Oscar Santiago Ibañez, Rosana Franchi, Rafael Rubén Avila quienes desconocen como se integró la asociación Amigos de la U.N.Sa., hasta que año funcionó, como estaba integrado su patrimonio, para quien trabajaron Moreno y Guillard, quien los dirigía, quien les abonaba los trabajos, cual era el origen de los fondos que manejaba tal asociación, la que ya estaba disuelta en 1.998.-

La entonces directora narra que el presidente de la Asociación Amigos de la U.N.Sa. era Hugo Alberto Beltrame la que se disolvió en abril de 1.996, que el patrimonio estaba integrado por las cuotas que pagaban los socios: integrantes de la comunidad y alumnos del IEM Tartagal y que los reclamantes no trabajaron para la Sede Regional.-

A fs. 108 presta declaración Hugo Alberto Beltrame quien hace conocer que no tiene ninguna vinculación de trabajo con la U.N.Sa. ni la Sede Regional Tartagal, pero que si había vinculación entre la Sede y la asociación, la que se creó para apoyar a la Sede especialmente construyendo los edificios, la que funcionó bajo su presidencia desde el 15 de noviembre de 1.985 hasta el 30 de abril de 1.996, la que no estuvo inscripta, funcionando con la aprobación de la comisión directiva y socios, reconocida por rectores de la U.N.Sa. y personal directivo de la Sede Regional Tartagal, la que no tenía patrimonio, y que por su estatuto tenía previsto que lo recaudado se aplicaría a la Sede en construcciones, donaciones, sueldos, pasajes, etc.-

Aclara que jamás recibieron aportes de dinero de la Universidad ni de la Sede, que los reclamantes trabajaron en la construcción de los edificios de la Sede con dependencia total y directa de la Asociación, dirigidos por el ingeniero Dante Gerometta, con pagos efectuados por presidencia y con fondos provenientes de rifas, de socios activos sin relación con la U.N.Sa. y especialmente de la cuota social voluntaria de los alumnos del IEM.-


Hace saber que no adeuda suma alguna a Inocencio Moreno y que a Ricardo Guillard le pagaron $26.021.49.-

Dado el tiempo transcurrido, no es posible realizar ninguna otra diligencia, entiendo que de conformidad a la prueba incorporada en el presente expediente la Universidad Nacional de Salta y la Sede Regional Tartagal no tienen vinculación jurídica de ningún tipo con los reclamantes que las obliguen a realizar pagos o reconocer supuestos trabajos de albañilerías efectuados, máxime que el presidente de la Asociación manifestó haberles abonados a los reclamantes quienes deberán encaminar su petición a la Asociación Amigos de la U.N.Sa. y/o a las personas que la dirigían, la que por otra parte se encuentra prescripta.-


Por lo expuesto aconsejo se dicte resolución rectoral en la que se disponga:

1) Dar por concluida la presente información sumaria.- “


Por ello y atento a lo aconsejado por ASESORÍA JURÍDICA en su Dictamen Nº 7492,

LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Dar por concluida la presente Información Sumaria en un todo de acuerdo al Informe Final de ASESORÍA JURÍDICA.


ARTICULO 2º.- Dejar aclarado que la actual administración deslinda toda responsabilidad que le pudiera caber, en virtud del tiempo transcurrido en el dictado de la presente resolución.


ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Asesoría Jurídica, Sede Regional de Tartagal. Cumplido siga a RECTORADO para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG.


Firmado Firmado

CRA. HAYDEÉ ALVARENGO DE MAGADÁN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA ADMINISTRATIVA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 1019-04