SALTA, 22 JUN 2004
Expte. Nº 17.561/00
VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Sr. Mario Armando CEJAS, Personal de Apoyo Universitario de la DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES E IMPRESIONES dependiente de la SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA; y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma informa que el día 22 de abril del año en curso, tomó posesión efectiva del cargo de Supervisor Técnico categoría 7 de la citada Dirección, el cual obtuvo por concurso realizado oportunamente y asimismo, solicita continuar con la reducción horaria otorgada por resolución rectoral Nº 454-00.
QUE esta solicitud cuenta con el acuerdo de la DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES E IMPRESIONES y de la SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA.
Por ello y atento al Articulo 110 - Capítulo XIV del Decreto Nº 2213/87, Escalafón del Personal No Docente de las Universidades Nacionales,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Disponer que el Sr. Mario Armando CEJAS continuará con la reducción horaria a 20 horas semanales de labor otorgada por resolución rectoral Nº 454-00, en el cargo de Supervisor Técnico categoría 7 de la DIRECCIÓN DE PUBLICACIONES E IMPRESIONES dependiente de la SECRETARIA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA, con efecto al 22 de abril de 2004 y mientras dure su designación en el cargo de Profesor en el INSTITUTO DE EDUCACION MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”.
ARTICULO 2º.- Dejar establecido que la mencionada reducción horaria se encuadra en el artículo 110, Capítulo XIV del Decreto Nº 2213/87, referido al Escalafón para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales.
ARTICULO 3º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Extensión Universitaria, Dirección de Publicaciones e Impresiones, Dirección General de Personal y notifíquese al interesado. Cumplido siga a la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG.
Firmado Firmado
CR. MARCELO E. GAUFFIN ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 764-04