SALTA, 11 JUN 2004




Expte. Nº 1.432/00


VISTO estas actuaciones y la resolución 353-01, de fecha 23 de agosto de 2001; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma se aprueba y pone en vigencia el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN MUTUA suscrito entre la ASOCIACION CIVIL SPERANTIA y esta Universidad.


QUE a fs. 30, la mencionada Asociación informa que ha decidido rescindir el Convenio, en virtud de que su vigencia está por terminar y además no se lograron los objetivos propuestos, debido a diversos factores, entre ellos, la situación económica del país.

Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA a fs. 39,


LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º .- Rescindir el CONVENIO MARCO DE COLABORACION MUTUA, suscrito entre la ASOCIACION CIVIL SPERANTIA y esta UNIVERSIDAD, a partir del 5 de julio de 2004.


ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Cooperación Técnica, Administrativa, Facultades, Sedes, Dirección General de Administración, Prensa y Difusión y notifíquese a la interesada. Cumplido, siga a la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, para su toma de razón y demás efectos.

Oportunamente Archívese.

JG.


Firmado Firmado

ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI

SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA



RESOLUCIÓN - R - Nº 722-04