SALTA, 11 JUN 2004
Expte. Nº 1.432/00
VISTO estas actuaciones y la resolución 353-01, de fecha 23 de agosto de 2001; y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma se aprueba y pone en vigencia el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN MUTUA suscrito entre la ASOCIACION CIVIL SPERANTIA y esta Universidad.
QUE a fs. 30, la mencionada Asociación informa que ha decidido rescindir el Convenio, en virtud de que su vigencia está por terminar y además no se lograron los objetivos propuestos, debido a diversos factores, entre ellos, la situación económica del país.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA a fs. 39,
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º .- Rescindir el CONVENIO MARCO DE COLABORACION MUTUA, suscrito entre la ASOCIACION CIVIL SPERANTIA y esta UNIVERSIDAD, a partir del 5 de julio de 2004.
ARTICULO 2º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Cooperación Técnica, Administrativa, Facultades, Sedes, Dirección General de Administración, Prensa y Difusión y notifíquese a la interesada. Cumplido, siga a la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA, para su toma de razón y demás efectos.
Oportunamente Archívese.
JG.
Firmado Firmado
ING. MARÍA CRISTINA CAMARDELLI ING. STELLA PÉREZ DE BIANCHI
SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA RECTORA
RESOLUCIÓN - R - Nº 722-04