SALTA, 05 MAY 2004




Expte. Nº 18.036/04



VISTO estas actuaciones y el pedido efectuado por la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS, por el que solicita la convocatoria a Concurso Interno en el ámbito de RECTORADO de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, para la cobertura de un (1) cargo de Director de Construcciones y Mantenimiento, categoría 10, del Agrupamiento Administrativo; y


CONSIDERANDO:


QUE el REGLAMENTO PARA INGRESO Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, puesto en vigencia por resolución CS-Nº 687-88 y sus modificatorias, establece las pautas generales de los procedimientos de selección de personal para la cobertura de vacantes por designación o promoción, en los distintos agrupamientos que componen el Escalafón vigente.


Por ello y atento a lo informado por la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL y lo aconsejado por la SECRETARÍA ADMINISTRATIVA,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Llamar a Concurso Interno de Antecedentes y Prueba de Oposición en el ámbito RECTORADO de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, para cubrir un (1) cargo de Director de Construcciones y Mantenimiento, categoría 10, del Agrupamiento Administrativo dependiente de la Dirección General de Obras y Servicios, el que se regirá por las normas dispuestas por la resolución CS-Nº 687-88 y sus modificatorias.


ARTÍCULO 2º.- Establecer las siguientes condiciones generales y particulares, remuneración mensual y horario de trabajo:



REMUNERACIÓN: CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS ($ 484,00) más adicionales generales y particulares

HORARIO: 35 horas semanales, de lunes a viernes de 6:30 a 13:30 y cuando la Universidad lo necesite.


ARTICULO 3º.- Fijar la Misión y Funciones del cargo:


l. MISIÓN: Planifica, organiza, dirige y supervisa, las obras por Contrato o por administración del Programa de construcciones universitarias. Planifica, organiza, dirige y supervisa, las tareas de mantenimiento físico de la Universidad.

II. FUNCIONES GENERALES:


1.- Organiza, coordina y controla las actividades de su dependencia.

2.- Imparte instrucciones tendientes a la ejecución de las tareas.

3.- Propone a la Dirección General de Obras y Servicios, la adopción de medidas para mejorar el funcionamiento de su área.



1.- Ejecuta la programación anual de obras y distribución de tareas, de acuerdo a las prioridades fijadas por autoridad competente.

2.- Supervisa todas las tareas de mantenimiento de edificios, instalaciones y maquinarias.

3.- Planifica la ejecución de la infraestructura edilicia y urbana, promoviendo su desarrollo.

4.- Asesora en la preparación de los proyectos de obras de mantenimiento.

5.- Propone la preparación de estudios y factibilidad en materia de obras y desarrollo urbano.-

6.- Interviene en la preparación de las Solicitudes de Compras de Materiales, máquinas y herramientas destinadas al mantenimiento, obras por administración y producción de talleres.

7.- Programa y supervisa la Inspección de Obra.

8.- Coordina con la Dirección General, las recepciones parciales y definitivas de las obras por contrato.

9.- Planifica y organiza la provisión de elementos y materiales utilizados en su área.

10.- Supervisa las tareas de fabricación y reparación de bienes e instalaciones destinados al mantenimiento de edificios.

11.- Eleva informe anual, de todas las tareas ejecutadas en su Dirección y todo informe específico que se le requiera de su área.

12.- Supervisa el funcionamiento del Depósito General de la Dirección General.

13.- Programación, ejecución y control del presupuesto de su Dirección en coordinación con la Dirección General de Obras y Servicios.

14.- Gestiona ante los organismos del Estado, pedido, controles y autorizaciones que correspondan a su Dirección.

15.- Responde administrativa y patrimonialmente, sobre la totalidad materiales, herramientas, maquinarias y bienes muebles a cargo de su dirección.

16.- Asesora a la Dirección General de Obras y Servicios en todos los asuntos relacionados con su Dirección.

17.- Participa en la calificación del personal de la Dirección General de Obras Servicios y forma parte de las comisiones que se le designe.

18.- Organiza y supervisa las guardias de emergencia de su Dirección.


ARTICULO 4º.- Integrar el Jurado que entenderá el presente concurso de la siguiente manera:

TITULARES:



SUPLENTES:



Es oportuno recordar, que formar parte de un Jurado y/o Tribunal Examinador, constituye una carga pública y no facultativa, por lo que las posibles excusaciones y/ recusaciones deben estar fundadas en lo que determina el Código procesal Civil y Comercial de la Nación. (Artículo 70 del Escalafón para el Personal No Docente de las Universidades Nacionales).


ARTICULO 5º.- Dejar establecido el siguiente CALENDARIO para el presente concurso interno:



ARTICULO 6º.- Invitar a la ASOCIACION DEL PERSONAL NO DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA (A.P.U.N.Sa.), a designar veedores gremiales para el presente concurso.


ARTICULO 7°.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, Institutos de Educación Media, A.P.U.N.Sa. y notifíquese a los interesados. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG


Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 540-04