SALTA, 13 NOV 2003



Expte. Nº 2.520/02


VISTO estas actuaciones y las presentación efectuada por la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA; y


CONSIDERANDO:


QUE por la misma informa sobre las renuncias presentadas por las pasantes Cristina Valeria BADINO y María del Valle VARGAS, quienes fueron designadas por resoluciones rectorales Nros. 322-02 y 550-03, respectivamente.


QUE las renuncias mencionadas fueron aceptadas oportunamente mediante resolución rectoral.


QUE la citada SECRETARÍA solicita se designa en su reemplazo, a David Gonzalo ROMERO y Carina REYES, quienes fueros preseleccionados oportunamente por la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS, según consta en el Expe. Nº 8.237/03.


Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Tener por designados como pasantes con efecto al 6 de octubre de 2003, a los estudiantes que a continuación se detallan:


NOMBRE Y APELLIDO D.N.I. N° L. U. N°


1) David Gonzalo ROMERO DNI 27.327.601 LU 205.577

2) Carina REYES DNI 27.759.075 LU 205.759


ARTICULO 2°.  Dejar establecido que los Pasantes designados percibirán como remuneración mensual la suma de DOSCIENTOS PESOS ($ 200,00).


ARTICULO 3°.  Dejar aclarado que la renovación de las pasantías será automática mes por mes, hasta completar el programa previsto. La UNIVERSIDAD se reserva el derecho de no prorrogar la designación cuando así lo decida, dando por terminada la contratación.


ARTICULO 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución al presupuesto de la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA.


ARTÍCULO 5º.- Publíquese y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias Exactas, Dirección General de Administración y notifíquese a los Interesados. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR


RESOLUCIÓN – R – Nº 668-03