SALTA, 14 de agosto de 2003
Expte. Nº 1.743/02
VISTO el pedido de licencia sin goce de haberes por seis (6) meses, efectuado por el Lic. Pedro Marcelo IBARRA, agente categoría 9 de la SECRETARÍA PRIVADA de RECTORADO de esta UNIVERSIDAD; y
CONSIDERANDO:
QUE motiva dicha solicitud el hecho de iniciar un postgrado en la ciudad de Nueva York.
QUE el Lic. IBARRA ha desempeñado sus funciones en la SECRETARÍA PRIVADA de RECTORADO, con gran dedicación y compromiso y asimismo desde Nueva York, ha realizado gestiones a favor de la UNIVERSIDAD.
QUE por resolución rectoral Nº 029-03, al Lic. IBARRA ya se le otorgó licencia sin goce de haberes por el término de seis (6) meses, desde el 1º de enero del año en curso.
QUE dadas las razones expuestas es decisión de este RECTORADO otorgar una excepción a la solicitud efectuada.
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Otorgar licencia sin goce de haberes al Lic. Pedro Marcelo IBARRA, Personal de Apoyo Universitario – Categoría 9 de la SECRETARÍA PRIVADA de RECTORADO, con efecto al 1º de julio del corriente año y por el término de seis (6) meses.
ARTICULO 2º.- Disponer como medida de excepción, que la licencia otorgada en el artículo 1º, se encuadra en el Capítulo IV - Artículo 13 - Punto II – inciso c) del Decreto Nº 3413/79.
ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Personal, Obra Social y Lic. Ibarra. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
Firmado Firmado
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR