SALTA, 30 de junio de 2003
Expte. Nº 20.039/00
VISTO estas actuaciones relacionadas con la Concesión del Servicio de Confitería-Kiosco con destino a la SEDE REGIONAL DE TARTAGAL de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y
CONSIDERANDO:
QUE la mencionada SEDE procedió a intimar al Sr. Juan José GALLUCCI, concesionario del citado Servicio, a fin de aque haga entrega de las instalaciones de la confitería-kiosco, por incumplimiento y extinción del contrato.
QUE por resolución Nº 115-SRT-03, se rechaza la presentación efectuada por el Sr. Juan José GALLUCCI y asimismo solicita autorización para que ASESORÍA JURÍDICA, inicie acciones judiciales ante la Justicia Federal, a fin de obtener el desalojo de las instalaciones del kiosco de la citada SEDE, de acuerdo a lo aconsejado por esa ASESORÍA en su Dictamen Nº 6834.
Por ello:
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Autorizar a la ASESORÍA JURÍDICA de esta UNIVERSIDAD a iniciar acciones judiciales ante la Justicia Federal, a fin de obtener el desalojo de las instalaciones de la Confitería-Kiosco, por parte del Sr. Juan José GALLUCCI.
ARTICULO 2º.- Notifíquese al interesado que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.
ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Asesoría Jurídica, Sede Regional de Tartagal y Sr. Gallucci. Cumplido siga a ASESORÍA JURÍDICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
Firmado Firmado
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR