SALTA, 24 de febrero de 2003
Expte. Nº 1.306/00
VISTO estas actuaciones y las resoluciones rectorales Nº 078-02 del 3 de abril de 2002 y 389-02 del 10 de setiembre de 2002; y
CONSIDERANDO :
QUE por la primera de las resoluciones se autoriza la adscripción de la Sra. María del Milagro CAMPERO COSSIO, agente categoría 7 del Agrupamiento Administrativo, de la Dirección de Control Curricular dependiente de la SECRETARÍA ACADÉMICA de esta UNIVERSIDAD, a prestar servicios en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN, a partir del 25 de marzo y hasta el 30 de junio de 2002.
QUE por la segunda de las resoluciones se otorga licencia sin goce de haberes a la citada agente, por razones particulares, con efecto al 1º de julio de 2002 y por el término de seis (6) meses.
QUE a fs. 22 la Sra. CAMPERO COSSIO solicita que se la reintegre a sus funciones a partir del 1º de enero de 2003.
QUE a fs. 25 la Sra. CAMPERO COSSIO solicita licencia sin goce de sueldo por sesenta (60) días a partir del 1º de febrero de corriente año y argumenta su pedido hasta tanto se llegue a un acuerdo entre las partes de las UNIVERSIDADES NACIONALES DE SALTA, JUJUY y TUCUMÁN, sobre el tema de la triangulación no docente.
Por ello y atento a lo informado A FS. 26/27 por la DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Tener por reintegrada a la Sra. María del Milagro CAMPERO COSSIO, legajo 4649, Categoría 7, Agrupamiento Administrativo, a la DIRECCIÓN DE CONTROL CURRICULAR dependiente de la SECRETARIA ACADEMICA de esta UNIVERSIDAD, con efecto al 1º de enero de 2003.
ARTICULO 2º.- Tener por autorizada nuevamente la adscripción de la Sra. María del Milagro CAMPERO COSSIO, legajo 4649, Categoría 7, Agrupamiento Administrativo, de la DIRECCIÓN DE CONTROL CURRICULAR dependiente de la SECRETARIA ACADEMICA de esta UNIVERSIDAD, a prestar servicios en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN, con efecto al 29 de enero y hasta el 29 de marzo de 2003 y con encuadre al Decreto Nº 639/002.
ARTICULO 3º.- Dejar establecido que la Sra. CAMPERO COSSIO, deberá reintegrarse a sus funciones de la DIRECCIÓN DE CONTROL CURRICULAR de la SECRETARÍA ACADÉMICA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, el día 31 de marzo de 2003, indefectiblemente.
ARTICULO 4º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa y Académica, Universidad Nacional de Tucumán, Dirección de Control Curricular, Dirección General de Personal y Sra. Campero Cossio. Cumplido siga a la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
Firmado Firmado
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR