SALTA, 19 de diciembre de 2002
Expte. Nº 075/02
VISTO estas actuaciones mediante las cuales el Ing. Alfredo FUERTES, Director del INASLA, eleva a consideración el Proyecto de CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS A TERCEROS con PAN AMERICAN ENERGY LLC – SUCURSAL ARGENTINA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA (INASLA), dependiente de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES; y
CONSIDERANDO:
QUE el mismo tiene por finalidad evaluar a través de la UNIVERSIDAD y su Unidad Ejecutora, la prefactibilidad de realizar una reinyección profunda de cuttings en el Pozo PAE. St. Mac. X-1001 bis (Bloque Alto de la Sierra de Macueta) y realizar la evaluación preliminar del riesgo de contaminación de acuíferos y se encuadra en la reglamentación de Prestación de Servicios Técnicos, resolución CS-Nº 433-90 y modificatoria.
QUE a fs. 144 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO en su Despacho Nº 109/02 de fecha 27 de noviembre de 2002, aconseja aprobar el Contrato en cuestión.
Por ello y atento a lo solicitado a fs. 148, por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS A TERCEROS suscrito entre PAN AMERICAN ENERGY LLC – SUCURSAL ARGENTINA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA (INASLA), dependiente de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, para evaluar la prefactibilidad de realizar una reinyección profunda de cuttings en el Pozo PAE. St. Mac. X-1001 bis (Bloque Alto de la Sierra de Macueta) y realizar la evaluación preliminar del riesgo de contaminación de acuíferos, que como Anexo I forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica, Facultad de Ciencias Naturales, Pan American e INASLA. Cumplido siga al CONSEJO SUPERIOR para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
Firmado Firmado
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
Firmado
ING. DIEGO SARAVIA ALIA
SECRETARIO DE COOP. TÉCNICA
RESOLUCIÓN – R – Nº 610-02
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS A TERCEROS ENTRE
PAN AMERICAN ENERGY LLC, SUCURSAL ARGENTINA
Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES
INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA
ESTUDIO DE PREFACTIBILIDAD PARA LA REINYECCION PROFUNDA
DE CUTTINGS EN EL POZO PAE. St. Mac. x 1001 bis
(BLOQUE ALTO DE LA SIERRA DE MACUETA)
y
EVALUACIÓN PRELIMINAR DEL RIESGO DE
CONTAMINACIÓN DE ACUIFEROS
DEPARTAMENTO SAN MARTIN PROVINCIA DE SALTA
REPUBLICA ARGENTINA
I. FORMALIZACION
PARTES: PAN AMERICAN ENERGY LLC, Sucursal Argentina, domiciliada en Av. Leandro N. Alem 1180 piso 11° de Capital Federal, en adelante la "EMPRESA", por una parte y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA, con domicilio en Calle Buenos Aires 177 de la ciudad de Salta, en adelante la "UNIVERSIDAD", ambas también denominadas en el presente e individualmente como la "PARTE" y conjuntamente como las "PARTES", se conviene lo siguiente:
II. DECLARACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES
II.1. La UNIVERSIDAD declara
Que es una Institución de derecho público, autónoma y autárquica que tiene por fines la promoción, la difusión y la preservación de la cultura. Cumple este propósito en contacto permanente con el pensamiento universal y presta particular atención a los problemas de la región y del país.
Que dispone de la Facultad de Ciencias Naturales como Unidad Académica, cuyos recursos existentes se pondrán a disposición de las actividades necesarias para alcanzar los fines que persigue el presente contrato.
Que la Facultad de Ciencias Naturales nombra como Unidad Ejecutora al Instituto de Aguas Subterráneas para Latinoamérica (INASLA), responsable de la ejecución de las actividades derivadas del presente contrato, designa como coordinadores titular y alterno al Ing. Alfredo Fuertes y al Dr. Guillermo A. Baudino, docentes de la Facultad de Ciencias Naturales.
II.2. La EMPRESA declara
Que es una EMPRESA Privada cuya actividad principal es la explotación de recursos hidrocarburíferos y que está interesada en la investigación de los recursos hídricos subterráneos a fin de realizar sus operaciones de manera eficiente, segura y sin riesgos ambientales.
III. OBJETIVOS Y ALCANCES
III.1. Objetivo
Las PARTES convienen que el objetivo del presente contrato es:
Evaluar, a través de la UNIVERSIDAD y su Unidad Ejecutora, la prefactibilidad de realizar una reinyección profunda de cuttings en el pozo PAE. St. Mac. x 1001 bis (Bloque Alto de la Sierra de Macueta) y realizar la evaluación preliminar del riesgo de contaminación de acuíferos
El estudio que se propone tendrá como finalidad evaluar las probabilidades de realizar una reinyección de cuttings degradado a una lechada (slurry) ambientalmente segura en el subsuelo, en el pozo PAE. St. Mac. x 1001 bis (Macueta), ubicado en el bloque alto de la Estructura de Macueta (departamento San Martín, provincia de Salta).
Por otro lado, dado que el pozo de referencia está ubicado en la divisoria de aguas de los drenajes hacia los ríos Caraparí é Itaú, se investigará la relación existente entre las rocas aflorantes y el escurrimiento superficial pertenecientes a las cuencas de estos colectores principales.
Finalmente, se evaluará el riesgo de contaminación actual y futura de los reservorios de agua subterránea ubicados en las cuencas de los ríos Caraparí e Itaú. La ubicación del pozo PAE. St. Mac. x 1001 bis (Macueta) y de la comarca aledaña está indicada en el plano que se adjunta como Anexo 1.
III.2. Descripción del Trabajo
Ambas PARTES convienen en que el alcance del presente contrato comprenderá las siguientes actividades:
III.2.1. Actividades de la UNIVERSIDAD a través de su Unidad Ejecutora
1. Análisis de antecedentes
Análisis y valoración de la información geológica (geología de superficie, sísmica de reflexión, sísmica de refracción, perfiles litológicos y geofísicos de pozos petroleros y de agua subterránea cercanos, datos constructivos e hidráulicos de los mismos, etc.), en el área aledaña al pozo PAE. St. Mac. x 1001 bis.
Análisis y valoración de los antecedentes vinculados al ciclo hidrológico (precipitación, temperatura, evapotranspiración, etc.) a fin de caracterizar el ambiente hidrológico del área descripta precedentemente.
2. Interpretación de imágenes satelitarias
En base a las imágenes satelitarias se elaborará la cartografía temática preliminar necesaria para la caracterización hidrogeológica (hidrología, geología, geomorfología, infraestructura, etc.).
3. Evaluación del intervalo estratigráfico a inyectar
Dado que la propuesta de inyección de efluentes salinos en el pozo PAE. St. Mac. x1001 bis será entre las cañerías de entubación de 24" y 18 5/8", se analizará el intervalo estratigráfico a reinyectar en lo que respecta a litología, estructura, etc., a bien de caracterizar su admisibilidad y proyectar la incorporación del slurry a la estructura.
4. Modelo geológico estructural local
En base a los antecedentes se elaborará un modelo geológico estructural aledaño al pozo PAE. St. Mac. x 1001 bis, identificando las zonas que por su yacencia y geometría sean susceptibles de ser aprovechadas como medio para la reinyección profunda
5. Monitores del sistema de inyección
Incluye el análisis con suficiente frecuencia de los fluidos inyectados, caudales, volúmenes y presiones de inyección. Por otro lado, el monitoreo de la integridad mecánica de los equipos de inyección y las cañerías que conforman el espacio anular por donde se realiza el proceso de inyección.
6. Hidrogeología de la altas cuencas de los ríos Carapari e Itaú.
Se caracterizará hidrogeológicamente las cabeceras de las cuencas de los ríos Caraparí é Itaú, área donde se sitúa la ubicación del pozo propuesto. Se determinará la relación existente entre las formaciones aflorantes y los principales cursos de escurrimiento, por ser estos últimos, aportes a la zona de recarga de los reservorios de agua subterránea.
Se relevarán en campaña, las perforaciones destinadas a la explotación de agua subterránea, pozos excavados, vertientes, etc., determinando su ubicación cartográfica mediante un sistema de posicionamiento satelital portátil (GPS). La altimetría se obtendrá a partir de cartas topográficas elaboradas mediante restitución fotogramétrica. En este relevamiento se obtendrán todos los datos constructivos e hidráulicos posibles: niveles estático y dinámico, caudal de producción, posición del equipo de bombeo, etc.
Sobre la base del censo de puntos de agua se seleccionarán lugares de muestreo y se tomarán muestras de agua para su análisis físico químico. Se analizarán los aniones y cationes mayoritarios y los elementos traza más significativos, como arsénico, hierro, manganeso, boro y sílice. Se investigarán además otros elementos, vinculados a aguas de formación de yacimientos de hidrocarburos, como azufre, bario, estroncio, plomo, etc., para determinar su valor de fondo regional en los acuíferos.
7. Evaluación de los acuíferos actualmente en explotación
Se realizará una evaluación preliminar de los reservorios de agua subterráneos eventualmente explotados para el abastecimiento humano y/o para la irrigación de cultivos en el área de influencia al pozo
8. Determinación de los puntos de control de monitores
Se efectuarán recorridas de campo con la finalidad de ubicar puntos de control que permitan predecir riesgos de contaminación actual y futura. Estas ubicaciones se realizarán en base a la caracterización hidrogeológica de las cuencas.
9. Monitoreos sistemáticos y análisis químicos
El Informe Final incluirá los resultados de los primeros monitoreos y análisis químicos a bien de tener una valoración de la reinyección profunda de cuttings degradado.
10. Evaluación preliminar del riesgo de contaminación
En forma preliminar, se estimará la posible relación hidráulica entre los estratos profundos y los acuíferos, ponderando la conveniencia de la prosecución de las investigaciones en este sentido.
11. Prefactibilidad de perforación de pozas someros
Sobre la base de las consideraciones anteriores, se recomendará acerca de la factibilidad de realizar perforaciones someras a bien de tener un control hacia arriba del flujo inyectado.
III.2.2 Actividades de la EMPRESA
Teniendo presente el tipo de trabajo a realizar, la EMPRESA deberá proveer con previo Acuerdo de Confidencialidad a la UNIVERSIDAD todos aquellos antecedentes geológicos, geofisicos, estructurales, estratigráficos, etc., que sean necesarios para interpretar el modelo hidrogeológico de la región.
Antecedentes de geología del área de estudio (mapas, cortes geológicos, estratigrafía, etc.)
Antecedentes de geofísica (líneas sísmicas, perfilares de pozos, etc.)
Antecedentes de perforaciones profundas (perfiles litológicos, porcentuales, integrados, etc.)
Imágenes satelitales de la zona de estudio (diferentes bandas en soporte láser)
Cartas topográficas por restitución fotogramétrica.
III.3 Información a entregar por parte de la UNIVERSIDAD a través de su Unidad Ejecutora
III.3.1. Informe de Avance
El Informe de Avance incluirá:
Análisis de antecedentes estructurales, estratigráficos e hidrogeológicos, volcados en una cartografía preliminar; evaluación del intervalo estratigráfico a inyectar y requerimientos de monitoreo para la disposición profunda de afluentes.
Como resultado de este Informe de Avance y de las observaciones y sugerencias de la EMPRESA, la UNIVERSIDAD ajustará las tareas de campo y los alcances del Informe Final.
III.3.2. Informe Final
En el Informe Final se expondrán los siguientes aspectos:
1. Análisis de antecedentes
2. Interpretación de imágenes satelitarias
3. Evaluación del intervalo estratigráfico a inyectar
4. Modelo geológico estructural local
5. Monitoreo del sistema de inyección
6. Hidrogeología de las altas cuencas de los ríos Caraparí e Itaú.
7. Evaluación de los acuíferos actualmente en explotación
8. Determinación de los puntos de control de monitoreo
9. Monitoreos sistemáticos y análisis químicos
10. Evaluación preliminar del riesgo de contaminación
11. Prefactibilidad de perforación de pozos someros
III.4. Compromiso de las partes
III.4.1. De la UNIVERSIDAD
III.4.1.1. Personal
A los efectos del cumplimiento del presente contrato, la UNIVERSIDAD, a través de su Unidad Ejecutora, pone a disposición su plantel de profesionales y técnicos especializados en investigaciones hidrogeológicas para la ejecución de las diferentes etapas del presente estudio. El grupo de trabajo estará integrado, por:
Ing. Alfredo Fuertes, Profesor Titular de la Cátedra de Hidrogeología
Dr. Guillermo A. Baudino, Profesor Adjunto de la Cátedra de Hidrogeología Sede Reg.
Tartagal
Geól. Carlos Manjarrés. Jefe de Trabajos Prácticos de Hidrogeología Sede Reg. Tartagal
GeóHidrogeclogíal. Verónica Rocha. Auxiliar de Investigación y Jefe de Trabajos Prácticos de Hidrogeología
III.4.1.2. Plazo de Ejecución
Informe de Avance
La Unidad Ejecutora entregará el Informe de Avance a los 15 días corridos, a partir de la firma del presente contrato, esto es el 10 de enero de 2002.
Informe Final
La Unidad Ejecutora entregará el Informe Final a los 50 días corridos, a partir de la efectivización del pago sobre el Informe de Avance.
El plazo de entrega del Informe Final estará condicionado por eventualidades climáticas que incidan sobre la realización de los trabajos de campaña, las que deberán ser oportuna y fundadamente notificadas a la EMPRESA.
III.4.2 De la EMPRESA
III.4.2.1. Presupuesto
La EMPRESA se compromete a retribuir como única contraprestación a la UNIVERSIDAD la suma total de $ 22.000 (Veintidós mil pesos), en carácter de honorarios por asistencia técnica e insumos de gabinete. No incluye los gastos derivados de viajes de campaña y análisis químicos.
III.4.2.2. Forma de pago y Presentación de facturas
El monto convenido se hará efectivo de 1a siguiente manera:
1) un primer pago correspondiente al 40 % del total ($ 8.800), contra entrega del Informe de Avance.
2) un segundo pago correspondiente al 60 % del total ($ 13.200), contra entrega del Informe Final.
Los pagos se realizarán a los treinta (30) días de la fecha de presentación de la factura correspondiente, en las oficinas de la EMPRESA en la Ciudad de Tartagal. Las facturas serán acompañadas de su respectivo Informe (de Avance o Final).
La UNIVERSIDAD presentará a la EMPRESA toda la documentación solicitada por la EMPRESA para sustentar las facturas que presente para su pago. En caso que la EMPRESA impugne una factura, pagará la porción no impugnada de la factura y notificará a la UNIVERSIDAD respecto a los ítems impugnados. La impugnación procederá por falta de sustentación razonable.
Cualquier pago de parte de la EMPRESA no implicará aceptación alguna de que la factura es correcta y no significará una renuncia, de cualquier derecho o recurso que la EMPRESA pueda tener bajo este Contrato ó según la ley.
III.5. N° CUIT de la UNIVERSIDAD:
La UNIVERSIDAD declara poseer el siguiente número de CUIT:
CUIT N° 30 58676257 1
III.6. Renuncia al derecho de retención de la UNIVERSIDAD
La UNIVERSIDAD renuncia expresamente frente a la EMPRESA al ejercicio del derecho de retención sobre la obra que se le encomienda o cualquiera de sus partes, en cualquier estado de ejecución en que se encuentre, sobre el resultado de los Servicios, los materiales, enseres, planos y demás documentos, elementos y efectos a ser provistos o ya provistos por la EMPRESA y sobre los materiales, planos y demás elementos a ser provistos y/o utilizados por la UNIVERSIDAD. Todos los planos, documentos y Documentación Técnica en general utilizados por la UNIVERSIDAD en la ejecución de la obra, incluso los derechos intelectuales respectivos, pertenecen y/o quedan adquiridos de pleno derecho por la EMPRESA, sin derecho a pago de importe adicional o resarcimiento alguno por ese concepto a favor de la UNIVERSIDAD.
IV CLAUSULAS ESPECIFICAS
IV.1. Aportes
Los aportes de dinero a que se compromete la EMPRESA deberán ser ingresados a la UNIVERSIDAD en el tiempo y forma establecidos en el punto III.4.2.2.
IV.2. Jurisdicción
A todos los efectos que este acuerdo diera lugar, se establece que las partes se someten a competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta, constituyendo domicilio legal en los lugares indicados en el punto IV.7, o donde lo comuniquen fehacientemente en el futuro, lugares donde serán válidas todas las notificaciones que se cursen.
IV.3. Confidencialidad
La UNIVERSIDAD se compromete a no difundir y a mantener en la más estricta confidencialidad, salvo autorización escrita de la EMPRESA, toda información obtenido o la que tuviere acceso (ya sea esta escrita, contenida en medios electrónicos o magnéticos y aún oral) como consecuencia del desarrollo de los trabajos o la que la EMPRESA pusiera a su disposición. Esta obligación se extenderá por el término de tres años y de acuerdo a las condiciones del Acuerdo de Confidencialidad a ser suscripto entre las partes y cesa únicamente en los siguientes casos: a) que la información hubiera sido hecha de público conocimiento antes de la firma de la presente, b) cuando para la ejecución del trabajo deba ser puesta en conocimiento de terceros, lo que se hará previo consentimiento escrito de la EMPRESA, debiendo asumir los mismos idénticas obligaciones de confidencialidad que las establecidas en el presente.
Relaciones laborales
En ningún caso el personal de la UNIVERSIDAD podrá considerarse obrero o empleado de la EMPRESA o sus afiliadas, ni en relación de dependencia alguna con ella.
La UNIVERSIDAD, con estructura de personal propia, será el único y exclusivo responsable del cumplimiento de todas las obligaciones laborales, sindicales y de seguridad social con respecto al personal bajo su dependencia (pago de sueldos y jornales, pagos a las Cajas de Previsión y Obras Sociales, vacaciones y otras coberturas exigidas por la ley o por los Convenios Colectivos respectivos, etc.), como así también por el mantenimiento y pago de los seguros que cubran adecuadamente al personal bajo su dependencia. En caso que cualquier juicio o reclamo que se efectúe excediera algún tope establecido en los respectivos seguros, la UNIVERSIDAD se hará cargo de tales sumas, renunciando irrevocablemente a repetir las mismas contra EMPRESA.
Por lo expuesto, la UNIVERSIDAD se obliga a mantener a la EMPRESA plenamente indemne y libre de toda responsabilidad por incumplimiento de las disposiciones laborales, sindicales, pago de salarios y/o cargas sociales y seguros, que correspondan a la UNIVERSIDAD respecto de su personal.
IV.5. Derecho de retención
En caso de comprobarse la existencia de deudas de la UNIVERSIDAD por incumplimiento de aportes propios, obligaciones laborales, sindicales y/o de seguridad social, la EMPRESA queda irrevocablemente facultada para retener de las sumas que le correspondieran a la UNIVERSIDAD por cualquier concepto frente a la EMPRESA, las cantidades necesarias para satisfacer dichas obligaciones.
IV.6. Rescisión
El presente Contrato podrá ser rescindido por cualquiera de las partes sin expresión de causa y en cualquier tiempo, siempre que la parte que solicite la rescisión se encontrare al día con el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, previa notificación fehaciente a la otra con una antelación no menor a 30 (treinta) días. La terminación del Contrato por rescisión del mismo conforme con lo aquí establecido, no dará derecho a indemnización o compensación alguna entre las partes.
IV.7. Modificaciones
Ninguna modificación podrá efectuarse al presente, salvo que fuera hecha por escrito y con el mutuo acuerdo de las partes.
IV.8. Notificaciones
Cualquier notificación a ser cursada conforme al presente Contrato será realizada por escrito y podrá ser efectuada entregándola en mano contra recibo, o por facsímil con aviso de recibo ("answer back") o télex a la dirección que se establece a continuación o a otra dirección que cualquier parte pudiera notificar a la otra:
La EMPRESA
Av. Leandro N. Alem 1180, piso 6
(1001) BUENOS AIRES
Tel.: (011) 4310 4100
Fax.: (011) 4310 4196
La UNIVERSIDAD
Calle Buenos Aires 177
(4400) Salta
Tel.: (0387)4255397
Fax.: (0387) 4255455
IV.9. Cesiones
La UNIVERSIDAD no podrá ceder los derechos derivados de este Contrato, sin consentimiento escrito de la EMPRESA.
IV.10. Impuestos
La UNIVERSIDAD está exenta del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Sin perjuicio de lo establecido precedentemente respecto al impuesto al que hace alusión el párrafo anterior la UNIVERSIDAD dará fiel cumplimiento a sus obligaciones fiscales y estará sujeta a la legislación general que le resulte aplicable. Consecuentemente, soportará enteramente cualquier impuesto, tasa, cargo, gasto o derecho de carácter nacional, provincial o municipal que pudiera resultar aplicable en virtud o en relación con el eventual contrato o con su instrumentación o registración, incluyendo cualquier impuesto o retención aplicable en relación a o con motivo de pagos o actos que se realicen en cumplimiento del mismo, con más sus accesorios y multas, si existieren.
Todas las sumas que se deban abonar con motivo del sellado del contrato, en caso que el mismo se encuentre alcanzado por tal impuesto, serán abonadas por la UNIVERSIDAD y la EMPRESA en iguales proporciones. La UNIVERSIDAD está exenta del pago del Impuesto de Sellos.
E prueba de conformidad se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
Firmado Firmado
RICARDO A. PALADINO DR. VÍCTOR OMAR VIERA
APODERADO RECTOR
PANAMERICAN ENERGY LLC UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
SUCURSAL ARGENTINA