SALTA, 19 de diciembre de 2002



Expte. Nº 075/02



VISTO estas actuaciones relacionadas con el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS A TERCEROS con PAN AMERICAN ENERGY LLC – SUCURSAL ARGENTINA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA (INASLA), dependiente de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES; y


CONSIDERANDO:


QUE el mismo tiene por finalidad evaluar a través de la UNIVERSIDAD y su Unidad Ejecutora, la prefactibilidad de realizar una reinyección profunda de efluentes salinos en el Pozo B.St. Yac.x-2 (Bloque Alto de la Sierra de Aguaragüe) y realizar la evaluación preliminar del riesgo de contaminación de acuíferos y se encuadra en la reglamentación de Prestación de Servicios Técnicos, resolución CS-Nº 433-90 y modificatoria.


QUE a fs. 144 la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO en su Despacho Nº 109/02 de fecha 27 de noviembre de 2002, aconseja aprobar el Contrato en cuestión.


Por ello y atento a lo solicitado a fs. 148, por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS A TERCEROS suscrito entre PAN AMERICAN ENERGY LLC – SUCURSAL ARGENTINA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, a través del INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA (INASLA), dependiente de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, para evaluar la prefactibilidad de realizar una reinyección profunda de efluentes salinos en el Pozo B.St. Yac.x-2 (Bloque Alto de la Sierra de Aguaragüe) y realizar la evaluación preliminar del riesgo de contaminación de acuíferos que como Anexo I forma parte de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica, Facultad de Ciencias Naturales, Pan American e INASLA. Cumplido siga al CONSEJO SUPERIOR para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR

Firmado

ING. DIEGO SARAVIA ALIA

SECRETARIO DE COOP. TÉCNICA


RESOLUCIÓN – R – Nº 609-02

ANEXO I


CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS A TERCEROS ENTRE

PAN AMERICAN ENERGY LLC, SUCURSAL ARGENTINA

Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES

INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA


ESTUDIO DE PREFACTIBILIDAD PARA LA INYECCION PROFUNDA

DE EFLUENTES SALINOS EN EL POZO B.St.Yac.x 2

(BLOQUE ALTO DE LA SIERRA DE AGUARAGÜE)

y

EVALUACIÓN PRELIMINAR DEL RIESGO DE

CONTAMINACIÓN DE ACUIFEROS


DEPARTAMENTO SAN MARTIN   PROVINCIA DE SALTA

REPUBLICA ARGENTINA


I. FORMALIZACION


PARTES: PAN AMERICAN ENERGY LLC, Sucursal Argentina, domiciliada en Av. Leandro N. Alem 1180 piso 11° de Capital Federal, en adelante la "EMPRESA", por una parte y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, INSTITUTO DE AGUAS SUBTERRANEAS PARA LATINOAMERICA, con domicilio en Calle Buenos Aires 177 de la ciudad de Salta, en adelante la "UNIVERSIDAD", ambas también denominadas en el presente e individualmente como la "PARTE" y conjuntamente como las "PARTES", se conviene lo siguiente:


II. DECLARACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES


II.1. La UNIVERSIDAD declara


Que es una Institución de derecho público, autónoma y autárquica que tiene por fines la promoción, la difusión y la preservación de la cultura. Cumple este propósito en contacto permanente con el pensamiento universal y presta particular atención a los problemas de la región y el país.


Que dispone de la Facultad de Ciencias Naturales como Unidad Académica, cuyos recursos existentes se pondrán a disposición de las actividades necesarias para alcanzar los fines que persigue el presente contrato.


Que la Facultad de Ciencias Naturales nombra como Unidad Ejecutora al Instituto de Aguas Subterráneas para Latinoamérica (INASLA), responsable de la ejecución de las actividades derivadas del presente contrato, designa coordinadores titular y alterno al Ing. Alfredo Fuertes y al Dr. Guillermo A. Baudino, docentes de la Facultad de Ciencias Naturales.


II.2. La EMPRESA declara


Que es una EMPRESA Privada cuya actividad principal es la explotación de recursos hidrocarburíferos y que está interesada en la investigación de los recursos hídricos subterráneos a fin de realizar sus operaciones de manera eficiente, segura y sin riesgos ambientales.


III. OBJETIVOS Y ALCANCES


III.1. Objetivo


Las PARTES convienen que el objetivo del presente contrato es:



Evaluar, a través de la UNIVERSIDAD y su Unidad Ejecutora, la prefactibilidad de realizar una inyección profunda de afluentes salinos en el Pozo B.St. Yac.x 2 (Bloque Alto de la Sierra de Aguaragüe) y realizar la evaluación preliminar del riesgo de contaminación de acuíferos.



El estudio que se propone tendrá como finalidad evaluar las probabilidades de realizar una inyección de efluentes salinos  ambientalmente segura  en el subsuelo, en el Pozo B.St.Yac.x 2 (Yacuy), ubicado en el bloque alto de la Estructura de Aguaragüe (departamento San Martín, provincia de Salta).


Por otro lado, dado que el pozo de referencia está ubicado en las cabeceras de la Cuenca del arroyo Yacuy, se investigará la relación existente entre las rocas aflorantes y el escurrimiento superficial.


Finalmente, se evaluará el riesgo de contaminación actual y futura de los reservorios de agua subterránea actualmente explotados en el abanico aluvial del arroyo Yacuy. La ubicación del pozo y de la comarca aledaña está indicada en el plano que se adjunta como Anexo 1.


III.2. Descripción del Trabajo


Ambas PARTES convienen en que el alcance del presente contrato comprenderá las siguientes actividades:


III.2.1. Actividades de la UNIVERSIDAD a través de su Unidad Ejecutora


1. Análisis de antecedentes


Análisis y valoración de la información geológica (geología de superficie, líneas sísmicas, perfiles litológicos y geofísicas de pozos petroleros, eventuales pozos de agua subterránea cercanos, datos constructivos e hidráulicos, etc.), en el área aledaña al Pozo B.St.Yac.x 2.


Se tomará como información básica los resultados del "Estudio de prefactibilidad para la inyección profunda de afluentes salinos en el área de Yacuy", ya realizado por el INASLA a solicitud de PAN AMERICAN ENERGY LLC, Sucursal Argentina, en cuanto a la interpretación de imágenes satelitarias; censo de puntos de agua; hidroquimica y prospección geoeléctrica.


2. Evaluación del intervalo estratigráfico a inyectar


Dado que la propuesta de inyección de efluentes salinos en el Pozo B.St.Yac.x 2  en un primer momento  será entre las cañería de entubación de 13 3/8" y 7", se analizará el intervalo estratigráfico a inyectar en lo que respecta a litología, estructura, etc., a bien de caracterizar su admisibilidad y proyectar los líquidos incorporados a toda la estructura.


3. Modelo geológico estructural local


En base a los antecedentes se elaborará un modelo geológico estructural aledaño al Pozo B.St.Yac.x 2, identificando las zonas que por su yacencia y geometría sean susceptibles de ser aprovechadas como medio para la inyección profunda.


4. Monitoreo del sistema de inyección


Incluye el análisis con suficiente frecuencia de los fluidos inyectados, caudales, volúmenes y presiones de inyección. Por otro lado, el monitoreo de la integridad mecánica de los equipos de inyección y las cañerías que conforman el espacio anular por donde se realiza el proceso de inyección.


5. Hidrogeología de la alta cuenca del arroyo Yacuy


Se caracterizará hidrogeológicamente las cabeceras de la cuenca del arroyo Yacuy, área donde se sitúa la ubicación del pozo propuesto. Se determinará la relación existente entre las formaciones aflorantes y los principales cursos de escurrimiento, por ser estos últimos, aportes a la zona de recarga de los reservorios de agua subterránea actualmente explotados en el abanico aluvial del arroyo Yacuy.


6. Evaluación de los acuíferos actualmente en explotación


Se actualizará la evaluación realizada en el "Estudio de prefactibilidad para la inyección profunda de efluentes salinos en el área de Yacuy" con respecto a los reservorios de agua subterráneos explotados actualmente para el abastecimiento humano y la irrigación de cultivos en el abanico aluvial del arroyo Yacuy.


7. Determinación de los puntos de control de monitoreo


Se efectuarán recorridas de campo con la finalidad de ubicar puntos de control que permitan predecir riesgos de contaminación actual y futura. Estas ubicaciones se realizarán en base a la caracterización hidrogeológica de la cuenca.


8. Monitoreos sistemáticos y análisis químicos


El Informe Final incluirá los resultados de los primeros monitoreos y análisis químicos a bien de tener una valoración previa a las acciones de realizar una inyección profunda de afluentes salinos.


9. Evaluación preliminar del riesgo de contaminación


En forma preliminar, se estimará la posible relación hidráulica entre los estratos profundos y los acuíferos actualmente en explotación, ponderando la conveniencia de la prosecución de las investigaciones en este sentido.


10. Prefactibilidad de perforación de pozos someros


Sobre la base de las consideraciones anteriores, se recomendará acerca de la factibilidad de realizar perforaciones someras a bien de tener un control hacia arriba del flujo inyectado.


III.2.2. Actividades de la EMPRESA


Teniendo presente el tipo de trabajo a realizar, la EMPRESA deberá proveer con previo Acuerdo de Confidencialidad a la UNIVERSIDAD todos aquellos antecedentes geológicos, geofísicas, estructurales, estratigráficos, etc., que sean necesarios para interpretar el modelo hidrogeológico de la región.


Antecedentes de geología del área de estudio (mapas, cortes geológicos, estratigrafía, etc.)

Antecedentes de geofísica (líneas sísmicas, perfilajes de pozos, etc.)

Antecedentes de perforaciones profundas (perfiles litológicos, porcentuales, integrados, etc.)

Imágenes satelitales de la zona de estudio (diferentes bandas en soporte láser)

Cartas topográficas por restitución fotogramétrica.


III.3. Información a entregar por parte de la UNIVERSIDAD a través de su Unidad

Ejecutora


III.3.1. Informe de Avance


El Informe de Avance incluirá:


Análisis de antecedentes estructurales, estratigráficos e hidrogeológicos, volcados en una cartografía preliminar; evaluación del intervalo estratigráfico a inyectar y requerimientos de monitoreo para la disposición profunda de efluentes.


Como resultado de este Informe de Avance y de las observaciones y sugerencias de la

EMPRESA, la UNIVERSIDAD ajustará las tareas de campo y los alcances del Informe Final.


III.3.2. Informe Final


En el Informe Final se expondrán los siguientes aspectos:


Análisis de antecedentes

Evaluación del intervalo estratigráfico a inyectar

Modelo geológico estructural local

Monitoreo del sistema de inyección

Hidrogeología de la alta cuenca del arroyo Yacuy

Evaluación de los acuíferos actualmente en explotación

Determinación de los puntos de control de monitoreo

Monitoreos sistemáticos y análisis químicos

Evaluación preliminar del riesgo de contaminación

Prefactibilidad de perforación de pozos someros


III.4. Compromiso de las partes


III.4.1. De la UNIVERSIDAD


III.4.1.1. Personal

A los efectos del cumplimiento del presente contrato, la UNIVERSIDAD, a través de su Unidad Ejecutora, pone a disposición su plantel de profesionales y técnicos especializados en investigaciones hidrogeológicas para la ejecución de las diferentes etapas del presente estudio. El grupo de trabajo estará integrado, por:


Ing. Alfredo Fuertes, Profesor Titular de la Cátedra de Hidrogeología

Dr. Guillermo A. Baudino, Profesor Adjunto de la Cátedra de Hidrogeología, Sede Reg.

Tartagal

Geól. Verónica Rocha. Auxiliar de Investigación y Jefe de Trabajos Prácticos de

Hidrogeología

Geól. Carlos Manjarrés. Jefe de Trabajos Prácticos de Hidrogeología, Sede Reg. Tartagal


III.4.1.2. Plazo de Ejecución


Informe de Avance


La Unidad Ejecutora entregará el Informe de Avance a los 15 días corridos, a partir de la firma del presente contrato, esto es el 10 de Enero de 2002.


Informe Final


La Unidad Ejecutora entregará el Informe Final a los 50 días corridos, a partir de la efectivización del pago sobre el Informe de Avance.


El plazo de entrega del Informe Final estará condicionado por eventualidades climáticas que incidan sobre la realización de los trabajos de campaña, las que deberán ser oportuna y fundadamente notificadas a la EMPRESA.


III.4.2 De la EMPRESA


III.4.2.1. Presupuesto


La EMPRESA se compromete a retribuir como única contraprestación a la UNIVERSIDAD la suma total de $ 17.500 (Diecisiete mil quinientos pesos), en carácter de honorarios por asistencia técnica e insumos de gabinete. No incluye todos los gastos derivados de viajes de campaña y análisis químicos.


III.4.2.2. Forma de pago y Presentación de facturas


El monto convenido se hará efectivo de la siguiente manera:


1) un primer pago correspondiente al 40 % del total ($ 7.000), contra entrega del Informe de Avance.


2) un segundo pago correspondiente al 60 % del total ($ 10.500), contra entrega del Informe Final.


Los pagos se realizarán los treinta (30) días de la fecha de presentación de la factura correspondiente, en las oficinas de la EMPRESA en la Ciudad de Tartagal. Las facturas serán acompañadas de su respectivo Informe (de Avance o Final).


La UNIVERSIDAD presentará a la EMPRESA toda la documentación solicitada por la EMPRESA para sustentar las facturas que presente para su pago. En caso que la EMPRESA impugne una factura, pagará la porción no impugnada de la factura y notificará a la UNIVERSIDAD respecto a los ítems impugnados. La impugnación procederá por falta de sustentación razonable.


Cualquier pago de parte de la EMPRESA no implica aceptación alguna de que la factura es correcta y no significará una renuncia, de cualquier derecho o recurso que la EMPRESA pueda tener bajo este Contrato ó según la ley.


III.5. Nº DE CUIT DE LA UNIVERSIDAD:


La UNIVERSIDAD declara poseer el siguiente número de CUIT:


CUIT Nº 30 – 58676257 - 1


III.6. Renuncia al derecho de retención de la UNIVERSIDAD


La UNIVERSIDAD renuncia expresamente frente a la EMPRESA al ejercicio del derecho de retención sobre la obra que se le encomienda o cualquiera de sus partes, en cualquier estado de ejecución en que se encuentre, sobre el resultado de los Servicios, los materiales, enseres, planos y demás documentos, elementos y efectos a ser provistos o ya provistos por la EMPRESA y sobre los materiales, planos y demás elementos a ser provistos y/o ya provistos y/o utilizados por la UNIVERSIDAD. Todos los planos, documentos y Documentación Técnica en general utilizados por la UNIVERSIDAD en la ejecución de la obra, incluso los derechos intelectuales respectivos, pertenecen y/o quedan adquiridos de pleno derecho por la EMPRESA, sin derecho a pago de importe adicional o resarcimiento alguno por ese concepto a favor de la UNIVERSIDAD.


IV. CLAUSULAS ESPECIALES ESPECIFICAS


IV.1 . Aportes


Los aportes de dinero a que se compromete la EMPRESA deberán ser ingresados a la

UNIVERSIDAD en el tiempo y forma establecidos en el punto III.4.2.2.


IV. 2. Jurisdicción


A todos los efectos que este acuerdo diera lugar, se establece que las partes se someten a competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta, constituyendo domicilio legal en los lugares indicados en el punto IV 7, o donde lo comuniquen fehacientemente en el futuro, lugares donde serán válidas todas las notificaciones que se cursen.


IV.3. Confidencialidad


La UNIVERSIDAD se compromete a no difundir y a mantener en la más estricta confidencialidad, salvo autorización escrita de la EMPRESA, toda información obtenido o la que tuviere acceso (ya sea ésta escrita, contenida en medios electrónicos o magnéticos y aún oral) como consecuencia del desarrollo de los trabajos o la que la EMPRESA pusiera a su disposición. Esta obligación se extenderá por el término de tres años y de acuerdo a las condiciones del Acuerdo de Confidencialidad a ser suscripto entre las partes y cesa únicamente en los siguientes casos: a) que la información hubiera sido hecha de público conocimiento antes de la firma de la presente, b) cuando para la ejecución del trabajo deba ser puesta en conocimiento de terceros, lo que se hará previo consentimiento escrito de la EMPRESA, debiendo asumir los mismos idénticas obligaciones de confidencialidad que las establecidas en el presente.


IV.4. Relaciones laborales


En ningún caso el personal de la UNIVERSIDAD podrá considerarse obrero o empleado de la EMPRESA o sus afiliadas, ni en relación de dependencia alguna con ella.


La UNIVERSIDAD, con estructura de personal propia, será el único y exclusivo responsable del cumplimiento de todas las obligaciones laborales, sindicales y de seguridad social con respecto al personal bajo su dependencia (pago de sueldos y jornales, pagos a las Cajas de Previsión y Obras Sociales, vacaciones y otras coberturas exigidas por la ley o por los Convenios Colectivos respectivos, etc.), como así también por el mantenimiento y pago de los seguros que cubran adecuadamente al personal bajo su dependencia. En caso que cualquier juicio o reclamo que se efectúe excediera algún tope establecido en los respectivos seguros, la UNIVERSIDAD se hará cargo de tales sumas, renunciando irrevocablemente a repetir las mismas contra la EMPRESA.


Por lo expuesto, la UNIVERSIDAD se obliga a mantener a la EMPRESA plenamente indemne y libre de toda responsabilidad por incumplimiento de las disposiciones laborales, sindicales, pago de salarios y/o cargas sociales y seguros, que correspondan a la UNIVERSIDAD respecto de su personal.


IV.5. Derecho de retención


En caso de comprobarse la existencia de deudas de la UNIVERSIDAD por incumplimiento de aportes propios, obligaciones laborales, sindicales y/o de seguridad social, la EMPRESA queda irrevocablemente facultada para retener de las sumas que le correspondieran a la UNIVERSIDAD por cualquier concepto frente a la EMPRESA, las cantidades necesarias para satisfacer dichas obligaciones.


IV.6. Rescisión


El presente Contrato podrá ser rescindido por cualquiera de las PARTES sin expresión de causa y en cualquier tiempo, siempre que la PARTE que solicite la rescisión se encontrare al día con el cumplimiento de las obligaciones a su cargo, previa notificación fehaciente a la otra con una antelación no menor a 30 (treinta) días. La terminación del Contrato por rescisión del mismo conforme con lo aquí establecido, no dará derecho a indemnización o compensación alguna entre las PARTES.


IV.7. Modificaciones


Ninguna modificación podrá efectuarse al presente, salvo que fuera hecha por escrito y con el mutuo acuerdo de las partes.


IV.8. Notificaciones


Cualquier notificación a ser cursada conforme al presente Contrato será realizada por escrito y podrá ser efectuada entregándola en mano contra recibo, o por facsímil con aviso de recibo ("answer back') o télex a la dirección que se establece a continuación o a otra dirección que cualquier PARTE pudiera notificar a la otra:


La EMPRESA

Av. Leandro N. Alem 1180, piso 6

(1001) BUENOS AIRES

Tel.: (011)43104100

Fax.: (011) 4310 4196


La UNIVERSIDAD

Calle Buenos Aires 177

(4400) Salta

Tel.: (0387)4255397

Fax.: (0387) 4255455


IV.9. Cesiones


La UNIVERSIDAD no podrá ceder los derechos derivados de este Contrato, sin consentimiento escrito de la EMPRESA.


IV.10. Impuestos


La UNIVERSIDAD está exenta del Impuesto al Valor Agregado (IVA).


Sin perjuicio de lo establecido precedentemente respecto al impuesto al que hace alusión el párrafo anterior la UNIVERSIDAD dará fiel cumplimiento a sus obligaciones fiscales y estará sujeta a la legislación general que le resulte aplicable. Consecuentemente, soportará enteramente cualquier impuesto, tasa, cargo, gasto o derecho de carácter nacional, provincial o municipal que pudiera resultar aplicable en virtud o en relación con el eventual contrato o con su instrumentación o registración, incluyendo cualquier impuesto o retención aplicable en relación a o con motivo de pagos o actos que se realicen en cumplimiento del mismo, con más sus accesorios y multas, si existieren.


Todas las sumas que se deban abonar con motivo del sellado del contrato, en caso que el mismo se encuentre alcanzado por tal impuesto, serán abonadas por la UNIVERSIDAD y la EMPRESA en iguales proporciones. La UNIVERSIDAD está exenta del pago del Impuesto de Sellos.


En prueba de conformidad se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.



Firmado Firmado

RICARDO A. PALADINO DR. VÍCTOR OMAR VIERA

GERENTE DE LOGÍSTICA RECTOR