SALTA, 10 de octubre de 2002




Expte. Nº 1.109/02



VISTO estas actuaciones y la entrega de fondos efectuada a la FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE SALTA (F.U.Sa.), por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($ 785,00); y


CONSIDERANDO:


QUE dicho importe fue otorgado con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, y destinado a solventar gastos de traslado y alojamiento del Dr. Adolfo PÉREZ ESQUIVEL, quien fue distinguido por esta UNIVERSIDAD, con el título de Doctor Honoris Causa, mediante resolución CS-Nº 186/02.


QUE TESORERÍA GENERAL a fs. 7 solicita el reintegro de la mencionada suma a la Cuenta FONDO PERMANENTE DE RECTORADO


QUE los gastos rendidos por dicha Federación ascienden a la suma de OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 833,81).


QUE la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD realizó la afectación en las respectivas partidas presupuestarias.


Por ello y atento a lo aconsejado por la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar los gastos efectuados por la FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE SALTA (F.U.Sa.), por la suma de OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 833,81), destinada a solventar gastos de traslado y alojamiento del Dr. Adolfo PÉREZ ESQUIVEL.


ARTICULO 2º.- Tener por reintegrada la suma SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($ 785,00), a la Cuenta FONDO PERMANENTE DE RECTORADO.


ARTÍCULO 3º.- Dejar aclarado que el presente gasto fue Imputado en las partidas 3.7.1. Dependencia 25 – Fuente de Financiamiento 11, por el Ejercicio 2002.


ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a Rectorado, Secretarías del Consejo Superior y Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Contabilidad, F.U.Sa. y Tesorería General. Cumplido siga a la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG

Firmado Firmado

CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 468-02