SALTA, 10 de junio de 2002
Expte. Nº 10.023/02
VISTO estas actuaciones y el Proyecto de Contrato de Consultoría, a través de la cátedra de Agroecología de la Facultad de Ciencias Naturales, a suscribirse entre la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y esta UNIVERSIDAD; y
CONSIDERANDO:
QUE la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA a fs. 23 informa que el Servicio de Consultoría está previsto en el REGLAMENTO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, aprobado por resolución CS-Nº 433-90.
QUE ASESORÍA JURÍDICA a fs. 24 informa que no tiene objeción legal que formular.
QUE el mencionado Contrato fue suscripto por ambas partes el día 19 de abril de 2002.
QUE la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO, a fs. 50/50 (vta.), aconseja aprobar el Contrato.
Por ello y atento a lo dispuesto por la resolución CS-Nº 084/02,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar y poner en vigencia con efecto al 19 de abril de 2002, el CONTRATO DE CONSULTORÍA, a través de la cátedra de Agroecología de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, suscripto entre la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, el que como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, de Cooperación Técnica y Administrativa, Dirección General de Administración Tesorería General, Asesoría Jurídica y Administración de Parques Nacionales. Cumplido siga a la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
Firmado Firmado
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
Firmado
ING. DIEGO SARAVIA ALIA
SECRETARIO DE COOP. TÉCNICA
RESOLUCIÓN – R – Nº 214-02
Contrato
REMUNERACION MEDIANTE PAGO DE UNA SUMA GLOBAL
La Administración de Parques Nacionales (en adelante denominado el "Contratante") por una parte y, por la otra, la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad de Salta (en adelante denominado el "Consultor") celebran el presente CONTRATO (en adelante denominado el "Contrato") al 19 de abril de 2002
CONSIDERANDO
Que el Contratante ha solicitado al Consultor la prestación de determinados Servicios de consultoría a través de su Cátedra de AgroecologÍa (en lo sucesivo denominados los "Servicios"), tal como se los define en las Condiciones Generales que se adjuntan a este Contrato;
Que el Consultor, habiendo declarado al Contratante que posee a través de su cátedra de agroecología, las aptitudes profesionales requeridas y que cuenta con el personal y los recursos técnicos necesarios, ha convenido en prestar los Servicios en los términos y condiciones estipulados en este Contrato;
Que el Contratante ha recibido una donación del Global Environment Facility (GEF) administrada por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (en adelante denominado el Banco) para sufragar parcialmente el costo de los Servicios y se propone utilizar parte de los fondos de esta donación a fin de efectuar pagos elegibles conforme a este Contrato, quedando entendido que i) el Banco solo efectuará pagos a pedido del: Contratante y previa aprobación por el Banco, ii) dichos pagos estarán sujetos, en todos sus aspectos, a los términos y condiciones del convenio de donación y iii) nadie más que el Contratante podrá tener derecho alguno en virtud del convenio de préstamo de donación ni tendrá ningún derecho a los fondos de la donación
POR LO TANTO, las partes convienen en lo siguiente
1. Los documentos adjuntos al presente Contrato se considerarán parte integral del mismo:
Condiciones Generales del Contrato;
Condiciones Especiales del Contrato, y
Los siguientes Apéndices:
Apéndice A: Descripción de los Servicios
Apéndice B: Requisitos para la presentación de informes
Apéndice C: Personal clave y Subconsultores
Apéndice D: Desglose del precio del Contrato en moneda extranjera No utilizado
Apéndice E: Desglose del precio del contrato en moneda nacional No utilizado.
Apéndice F: Servicios e instalaciones proporcionados por el Contratante No utilizado.
2. Los derechos y obligaciones mutuos del Contratante y del Consultor serán los estipulados
en el Contrato, en particular, los siguientes:
a) El Consultor proporcionará los Servicios de conformidad con las disposiciones del Contrato, y
b) El Contratante efectuará los pagos al Consultor de conformidad con las disposiciones del Contrato
EN FE DE LO CUAL, las Partes han dispuesto que se firme este Contrato en sus nombres respectivos en la fecha antes consignada.
Por y en representación de la Administración de Parques Nacionales
Firmado
Ing. Alberto Luis Rey
Presidente del Directorio
Por y en representación de la Universidad Nacional de Salta
Firmado
Dr. Víctor Omar Viera
Rector de la Universidad Nacional de Salta
II. Condiciones Generales del Contrato
1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Definiciones A menos que el contexto exija otra cosa, cuando se utilicen en este
Contrato, los siguientes términos tendrán los significados que se
indican a continuación:
"Ley aplacable" significa las leyes y cualesquiera otras disposiciones que tengan fuerza de ley en el país del Gobierno (o en el país que se especifique en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y que de cuando en cuando puedan dictarse y estar en vigencia;
"Banco" significa el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, Washington, D.C., EE.UU.;
"Contrato" significa el Contrato firmado por las Partes, al cual se adjuntan estas Condiciones Generales, junto con todos los documentos indicados en la cláusula 1 de dicho Contrato;
"Precio del Contrato» significa el precio que se ha de pagar por la prestación de los Servicios de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 6;
"Moneda extranjera" significa cualquier moneda que no sea la del Gobierno;
"CGC" significa estas Condiciones Generales del Contrato;
"Gobierno" significa el gobierno del país del Contratante;
"Moneda nacional" significa la moneda del Gobierno;
En el caso de que el Consultor sea una asociación en participación o grupos (joint venture) formados por varias firmas, "Integrante" significa cualquiera de ellas; "Integrantes" significa todas estas firmas, e "Integrante a cargo" significa la firma que se menciona en las CEC para que actúe en nombre de todas en el ejercicio de todos los derechos y obligaciones del Consultor ante el Contratante en virtud de este Contrato;
"Parte" significa el Contratante o el Consultor, según el caso, y "Partes" significa el Contratante y el Consultor;
"Personal" significa los empleados contratados por el Consultor o por cualquier Subconsultor para la prestación de los Servicios o de una parte de los mismos;
"CEC" significa las Condiciones Especiales del Contrato por las cuales pueden modificarse o complementarse las CGC;
Servicios significa el trabajo descrito en el Apéndice A que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y
"Subconsultor" significa cualquier firma con la que el Consultor subcontrato la prestación de una parte de los Servicios conforme
A las disposiciones de la subcláusula 3.5 y la cláusula 4.
1.2 Ley que rige el Este Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea
Contrato entre las Partes se regirán por la ley aplicable.
1.3 Idioma Este Contrato se ha firmado en la versión en español, idioma por el
que se regirán obligatoriamente todos los asuntos relacionados con el
mismo o con su significado o interpretación.
1. 4 Notificaciones Cualquier notificación, solicitud o aprobación que deba o pueda
cursarse o darse en virtud de este Contrato se cursará o dará por
escrito y se considerará cursada o dada cuando haya sido entregada
por mano a un representante autorizado de la Parte a la que esté
dirigida, o cuando se haya enviado por correo certificado, télex,
telegrama o fax a dicha Parte a la dirección indicada en las CEC.
1.5 Lugar donde se Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en el Apéndice A
prestarán los y, cuando en él no se especifique dónde haya de cumplirse una tarea
Servicios en particular, en los lugares que el Contratante apruebe, ya sea en el
país del Gobierno o en otro lugar.
1.6 Representantes Los funcionarios indicados en las CEC podrán adoptar cualquier
autorizados medida que el Contratante o el Consultor deba o pueda adoptar en
virtud de este Contrato, y podrán firmar en nombre de éstos cualquier
documento que conforme a este Contrato deba o pueda firmarse.
1.7 Impuestos y A menos que en las CEC se indique otra cosa, el Consultor, el
derechos Subconsultor y el Personal de ambos pagarán los impuestos,
derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan
según la ley aplicable, cuyo monto se considera incluido en el Precio
del Contrato.
2. INICIO, CUMPLIMIENTO, MODIFICACIÓN Y RESCISION DEL CONTRATO
2.1 Entrada en Este Contrato entrará en vigor en la fecha en que sea firmado por
vigor del ambas Partes, o en la fecha posterior a su firma que se indique en las
Contrato CEC.
2.2 Comienzo de la El Consultor comenzará a prestar los Servicios treinta (30) días
prestación de después de la fecha de entrada en vigor del Contrato, o en la fecha
los Servicios que se indique en las CEC.
2.3 Expiración del A menos que se rescinda con anterioridad, conforme a lo dispuesto en
Contrato la subcláusula 2.6, este Contrato expirará al término del plazo
especificado en las CEC, contado a partir de la fecha de entrada en
vigor.
2.4 Modificación Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este Contrato,
incluido el alcance de los Servicios o del Precio del Contrato, mediante
acuerdo por escrito entre las Partes, y dicha modificación no entrará
en vigor hasta que el Banco o la Asociación, según el caso, haya
expresado su conformidad.
2.5 Fuerza mayor
2.5.1
Definición Para los efectos de este Contrato, "fuerza mador significa un acontecimiento que escapa al control razonable de una de las Partes
y que hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de
esa Parte resulte imposible o tan poco viable que puede considerarse
razonablemente imposible en atención a las circunstancias.
2.5.2 No violación La falta de cumplimiento por una de las Partes de cualquiera de sus
del Contrato obligaciones en virtud del Contrato no se considerara como violación
del mismo ni como negligencia, siempre que dicha falta de
cumplimiento se deba a un evento de fuerza mayor y que la Parte
afectada por tal evento a) haya adoptado todas las precauciones
adecuadas, puesto debido cuidado y tomado medidas alternativas
razonables a fin de cumplir con los términos y condiciones de este
Contrato, y b) haya informado a la otra Parte sobre dicho evento
a la mayor brevedad posible.
2.5.3 Prórroga de Todo plazo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o
plazos tarea en virtud de este Contrato se prorrogará por un periodo igual a
aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad
como consecuencia de un evento de fuerza mayor.
2.5.4 Pagos Durante el periodo en que se viera impedido de prestar los Servicios
como consecuencia de un evento de fuerza mayor, el Consultor tendrá
derecho a seguir recibiendo pagos de acuerdo con los términos de
este Contrato, y a recibir el reembolso de los gastos adicionales en
que razonable y necesariamente hubiera incurrido durante ese periodo
para poder prestar los Servicios y para reanudarlos al término de dicho
periodo.
2.6 Rescisión
2.6.1 Por el El Contratante podrá dar por terminado este Contrato mediante una
Contratante notificación de rescisión por escrito al Consultor, emitida por lo menos
con (30) días de anticipación, cuando se produzca cualquiera de los
eventos especificados en los párrafos a) a d) de esta subcláusula
2.6. 1; en el caso del evento indicado en el párrafo e), dicha notificación
deberá emitirse con (60) días de antelación:
Si el Consultor no subsanara el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de una notificación al respecto, u otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito;
Si el Consultor estuviera insolvente o fuera declarado en quiebra;
Si el Consultor como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo de no menos de sesenta (60) días;
Si, a juicio del Contratante, el Consultor ha participado en prácticas corruptas o fraudulentas al competir por obtener el Contrato o durante su ejecución. A los efectos de esta cláusula:
"práctica corrupta" significa el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario público con respecto al proceso de selección o a la ejecución del contrato, y
"práctica fraudulenta" significa una tergiversación de los hechos con el fin de influir en un proceso de selección o en la ejecución de un contrato en perjuicio del Prestatario; la expresión comprende las prácticas colusorias entre los consultores (con anterioridad o posterioridad a la presentación de las propuestas) con el fin de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos y privar al Prestatario de las ventajas de la competencia libre y abierta, o
e) Si el Contratante, a su sola discreción, decidiera rescindir este Contrato.
2.6.2 Por el El Consultor, mediante una notificación por escrito al Contratante con
Consultor no menos de treinta (30) días de anticipación, podrá rescindir este Contrato cuando se produzca cualquiera de los eventos especificados en los párrafos a) y b) de esta subcláusula 2.6.2:
a) Si el Contratante no pagara una suma adeudada al Consultor en virtud de este Contrato, y siempre que dicha suma no fuera objeto de controversia conforme a la cláusula 7, dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la recepción de la notificación por escrito del Consultor respecto de la mora en el pago, o
b) Si el Consultor, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo no menor de sesenta (60) días.
2.6.3 Pagos al Al rescindirse este Contrato conforme a lo estipulado en las
rescindirse el subcláusulas 2.6.1 ó 2.6.2, el Contratante efectuará los siguientes
Contrato pagos al Consultor:
a) Las remuneraciones previstas en la cláusula 6, por concepto de Servicios prestados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la rescisión;
b) Salvo en el caso de rescisión conforme a los párrafos a) y b) de la subcláusula 2.6.1, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la rescisión rápida y ordenada del Contrato, incluidos los gastos del viaje de regreso del Personal y de sus familiares a cargo elegibles.
3. OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
3.1 Generalidades El Consultor prestará los Servicios y cumplirá con sus obligaciones con la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con técnicas y practicas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos eficaces y seguros. En toda cuestión relacionada con este Contrato o con los Servicios, el Consultor actuará siempre como asesor leal del Contratante y en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante en los acuerdos a que llegue con un Subconsultor o con terceros.
3.2 Conflicto de
intereses
3.2.1 Prohibición La remuneración del Consultor en relación con este Contrato o con
al Consultor los Servicios será únicamente la estipulada en la cláusula 6 y el
de aceptar Consultor no aceptará en beneficio propio ninguna comisión
comisiones, comercial, descuento o pago similar en relación con las actividades
descuentos, contempladas en este Contrato, o en los Servicios, o en el
etc. cumplimiento de sus obligaciones en virtud del mismo; además, el
Consultor hará todo lo posible por asegurar que ni el Personal ni el
Subconsultor, ni tampoco los agentes del Consultor o del
Subconsultor, reciban ninguna de tales remuneraciones adicionales.
3.2.2 Prohibición El Consultor acuerda que, tanto durante la vigencia de este Contrato
al Consultor como después de su terminación, ni el Consultor ni ninguna de sus
y a sus filiales, así como tampoco ningún Subconsultor ni ninguna filial del
filiales de mismo, podrán suministrar bienes, construir obras o prestar servicios
tener otros (distintos de los Servicios y de cualquier continuación de los mismos)
intereses en para ningún proyecto que se derive de los Servicios o que esté
el Provecto estrechamente relacionado con ellos.
3.2.3 Prohibición Ni el Consultor ni ningún Subconsultor, ni tampoco el Personal,
de podrán desarrollar, en forma directa o indirecta, ninguna de las
desarrollar siguientes actividades:
actividades
incompatibles a) Durante la vigencia de este Contrato, ninguna actividad comercial
o profesional en el país del Gobierno que sea incompatible con las asignadas a ellos en virtud de este Contrato, o
b) Una vez terminado este Contrato, ninguna otra actividad especificada en las CEC.
3.3 Confidencialidad Ni el Consultor ni ningún Subconsultor, ni tampoco el Personal de
ninguno de ellos, podrán revelar, durante la vigencia de este Contrato
o dentro de los dos (2) años siguientes a su expiración, ninguna
información confidencial o de propiedad del Contratante relacionada
con el Proyecto, los Servicios, este Contrato o las actividades u
operaciones del Contratante sin el previo consentimiento por escrito
de este último.
3.4 Seguros que El Consultor a) contratará y mantendrá, y hará que todo Subconsultor
deberá contrate y mantenga, a su propio costo (o al del Subconsultor, según
contratar el el caso) y en los términos y condiciones aprobados por el
Consultor Contratante, seguros contra los riesgos y por las coberturas que se
indican en las CEC, y b) a petición del Contratante, presentará
pruebas de la contratación y el mantenimiento de esos seguros y del
pago de las respectivas primas en vigencia.
3.5 Acciones del El Consultor deberá obtener la aprobación previa por escrito del
Consultor que Contratante para realizar cualquiera de las siguientes acciones:
requieren la
aprobación a) La celebración de un subcontrato para la prestación de
previa del cualquier parte de los Servicios;
Contratante
b) El nombramiento de los integrantes del Personal que no figuran
por nombre en el Apéndice C ("Personal clave y Subconsultores"), y
c) La adopción de cualquier otra medida que se especifique en las CEC.
3.6 Obligación de El Consultor presentará al Contratante los informes y documentos
presentar que se especifican en el Apéndice B, en la forma, la cantidad y el
informes plazo que se establezcan en dicho apéndice.
3.7 Propiedad del Todos los planos, diseños, especificaciones, estudios técnicos,
Contratante de informes y demás documentos y programas de computación
los preparados por el Consultor para el Contratante de conformidad con
documentos lo dispuesto en la subcláusula 3.6 pasarán a ser de propiedad del
preparados Contratante, a quien el Consultor los entregará a más tardar al
por el término o expiración del Contrato, junto con un inventario
Consultor pormenorizado de todos ellos. El Consultor podrá conservar una
copia de dichos documentos y programas de computación. En las CEC se indicará cualquier restricción acerca del uso de dichos documentos y programas de computación en el futuro.
4. PERSONAL DEL CONSULTOR
4.1 Descripción En el Apéndice C se describen los cargos, funciones convenidas y
del Personal calificaciones mínimas individuales de todo el Personal clave del
Consultor, así como el tiempo estimado durante el que prestarán los
Servicios. En virtud de este Contrato' el Contratante aprueba el
Personal clave y los Subconsultores que figuran por cargo y por
nombre en dicho Apéndice C.
4.2 Remoción y/o a) Salvo que el Contratante acuerde lo contrario, no se efectuarán
sustitución del cambios en la composición del Personal clave. Si fuere
Personal necesario sustituir a algún integrante del Personal clave, por
cualquier motivo que escape al razonable control del Consultor,
éste lo reemplazará de inmediato por otra persona con
calificaciones iguales o superiores a las de la persona reemplazada.
b) Si el Contratante i) tiene conocimiento de que un integrante del Personal se ha comportado de manera inaceptable o ha sido acusado de cometer una acción penal, o ii) tiene motivos razonables para estar insatisfecho con el desempeño de cualquier integrante del Personal, en tales casos el Consultor, a petición por escrito del Contratante expresando los motivos para ello, lo reemplazará por otra persona cuya idoneidad y experiencia sean aceptables para el Contratante.
c) El Consultor no podrá reclamar el reembolso de ningún gasto adicional resultante de la remoción y/o sustitución de algún integrante del Personal, o inherente a ésta.
5. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE
5.1 Colaboración y El Contratante hará todo lo posible a fin de asegurar que el Gobierno exenciones otorgue al Consultor la asistencia y exenciones indicadas en la CEC.
5.2 Modificación Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjera
de la ley cualquier cambio en la ley aplicable en relación con los Impuestos y
aplicable los derechos que resultara en el aumento o la disminución del costo
de los Servicios prestados por el Consultor, la remuneración y los
gastos reembolsables pagaderos al Consultor en virtud de este Contrato serán aumentados o disminuidos según corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarán los correspondientes ajustes de los montos máximos estipulados en la subcláusula 6.2 a) o b), según el caso.
5.3 Servicios e El Contratante facilitará al Consultor los servicios e instalaciones
instalaciones indicados en el Apéndice F.
6. PAGOS AL CONSULTOR
6.1 Remuneración La remuneración total del Consultor no deberá exceder del Precio del
mediante pago Contrato y será una suma global fija que incluirá la totalidad de los
de una suma costos de personal y del Subconsultor, así como los costos de
global impresión de documentos, comunicaciones, viaje, alojamiento y
similares, y todos los demás gastos en que incurra el Consultor en la prestación de los Servidos descritos en el Apéndice A. Salvo la dispuesto en la subcláusula 5.2, el Precio del Contrato sólo podrá. aumentarse por encima de las sumas establecidas en la subcláusula 6.2 si las Partes han convenido en pagos adicionales en virtud de lo estipulado en la subcláusula 2.4.
6.2 Precio de Contrato a) El precio pagadero en moneda extranjera se indica en las CEC
b) El precio pagadero en moneda nacional se indica en las CEC
6.3 Pago de Para determinar la remuneración por concepto de los servicios
servicios adicionales que pudieran acordarse en virtud de la subcláusula 2.4
adiciónales en los Apéndices D y E se presenta un desglose del precio global.
6.4 Condiciones Los pagos se depositarán en la cuenta del Consultor conforme al
relativas calendario indicado en las CEC. A menos que en las CEC se
a los estipule otra cosa, el primer pago se hará contra entrega por parte
pagos del Consultor de una garantía bancaria por una cantidad similar, y su
vigencia será la indicada en las CEC. Todos los demás pagos se efectuarán una vez que se hayan cumplido las condiciones correspondientes a los mismos establecidas en las CEC, y que el Consultor haya presentado una factura al Contratante en la que se indique el monto adeudado.
6.5 Intereses Si el Contratante se atrasara más de quince (15) días en los pagos
sobre los contados a partir de la fecha de vencimiento indicada en las CEC
pagos deberá pagar intereses al Consultor por cada día de atraso, a la tasa
atrasados indicada en las CEC.
7. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
7.1 Solución Las Partes harán lo posible por llegar a una solución amigable de
amigable todas las controversias que surjan de este Contrato o de su
interpretación.
7.2 Solución de Toda controversia entre las Partes relativa a cuestiones que surjan
controversias. en virtud de este Contrato que no haya podido solucionarse en forma
amigable dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción por
una de las Partes de la solicitud de la otra Parte para encontrar una
solución amigable, podrá ser presentada por cualquiera de las Parte
para su solución conforme a lo dispuesto en las CEC.
III. Condiciones Especiales del Contrato
Número de Modificaciones y complementos de las Condiciones Generales
cláusula de las del Contrato
GC2
El idioma es el español
Las direcciones son:
En el caso del Contratante: Avda. Santa Fe N° 690 (C.P. 1059)
Capital Federal, República Argentina
Atención: Lic. Diego García
T.E.: (011) 4311 03034313 4475
Fax: ((011 ) 4313-4475
En el caso del Consultor: Buenos Aires 144 (C.P. 4400) Salta Argentina
Atención: Dr. Víctor Omar Viera
T.E.: (0387) 4325701
Fax: (0387) 4325704
1.6 Los representantes autorizados son:
En el caso del Contratante: Lic. Diego García
En el caso del Consultor Dr. Sandra Caziani
2.3 El plazo será de trescientos sesenta (360) días
"Normas de los organismos de financiamiento sobre
adquisiciones"
Además, en caso de que el Consultor, como parte de los Servicios, tenga la responsabilidad de asesorar al Contratante en materia de adquisición de bienes, contratación de obras o prestación de servicios, el Consultor deberá ceñirse a las normas sobre adquisiciones publicadas por el Banco o por la Asociación que sean aplicables, según el caso, y por otros organismos de financiamiento, y siempre deberá ejercer tal responsabilidad velando por los intereses del Contratante. Todo descuento o comisión que obtenga el Consultor en el ejercicio de esa responsabilidad en las adquisiciones deberá ser en beneficio del Contratante."
3.2.3 "Durante un periodo de dos años después de expirado este Contrato, ni el Consultor o su Personal ni el Subconsultor o su Personal podrán participar (directa o indirectamente en las actividades de un comprador de activos respecto de los cuales hubiesen asesorado al Contratante en virtud de este Contrato. Tampoco podrán participar en las actividades de un asesor de los posibles compradores de dichos activos."
3.4 Los riesgos y las coberturas serán las siguientes:
i) Seguro de responsabilidad civil hacia terceros respecto de los vehículos motorizados.
ii) Seguro de responsabilidad de empleador y seguro laboral contra accidentes.
3.7 "El Consultor no podrá utilizar estos documentos para fines ajenos a este Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Contratante."
5.1 "No corresponde"
6.2 b) El monto en moneda nacional es de pesos cuarenta y cuatro mil quinientos ($ 44.500. ).
Las cuentas son
Para pagos en moneda nacional:
Cuenta:
Cuenta Corriente UNSalta 70.00/830 #453 20054/29
Banco de la Nación Argentina, Sucursal Salta,
Mitre y Belgrano, CP 4400, Salta
Titular: Universidad Nacional de Salta
Los pagos se efectuarán de conformidad con el siguiente calendario:
Primer Pago: El veinticinco por ciento (25%) dentro de los 30 días de la firma del Contrato contra presentación, dentro de los 10 días de la firma del contrato, de un seguro de caución por la misma cantidad a favor de la APN.
Segundo Pago: El veinte por ciento (20%), contra aprobación del Primer Informe "Avance de Actividades", a ser presentado a los 90 días de inicio de las actividades.
Tercer Pago: El veinte por ciento (20%), contra aprobación del Segundo Informe "Avance de Resultados", a ser presentado a los 180 días de inicio de las actividades.
Cuarto Pago: El veinte por ciento (20%), contra aprobación del Tercer Informe "Avance de Actividades, a ser presentado a los 270 días de inicio de las actividades.
Quinto Pago: El quince por ciento (15%), contra aprobación del Informe Final Definitivo.
Los fondos del seguro de caución se liberarán cuando los pagos efectuados lleguen al cuarenta y cinco por ciento (45%) de la suma global.
6.5 Los pagos deberán efectuarse dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de las facturas y de la documentación pertinente que se indica en la subcláusula 6.4, y dentro de los 45 días en el caso del pago final.
La tasa de interés es de 0,002 diario.
Toda diferencia, controversia o reclamación que surja de este Contrato o en relación con el mismo, o con su incumplimiento, rescisión o invalidez, deberá solucionarse mediante el Fuero Contencioso Administrativo de la Capital Federal.
Apéndice A Descripción de los servicios
LINEA DE BASE Y PROGRAMA DE MONITOREO DE BIODIVERSIDAD
del PARQUE NACIONAL COPO
1.ANTECEDENTE5
El Proyecto Conservación de la Biodiversidad" en el marco del Subcomponente Creación y Consolidación de Áreas Protegidas (CCAP), del Componente Áreas Protegidas y Apoyos
Asociados (CAPM), prevé la creación e implementación de cinco nuevos Parques Nacionales (área núcleo) y, en la mayoría de los casos, Reservas Provinciales asociadas (como zonas de amortiguamiento). El PN Copo es una de esas unidades compuestas, para la cual se pretende efectuar un estudio que conduzca a un diagnóstico inicial de su estado de conservación, como soporte para la planificación de su manejo y como linea de base para el futuro monitoreo de la gestión de las áreas protegidas creadas.
Para ello, se pretende compilar, ampliar, profundizar y sistematizar la información de base sobre biodiversidad del PN Copo y su zona de influencia.
2.OBJETIVOS
Generales
Disponer de información de base y de un diagnóstico inicial para la planificación del manejo del PN Copo, con su correspondiente zonificación interna.
Disponer de un plan de monitoreo anual.
Específicos
Conocer el patrón de biodiversidad ecológica del paisaje propio del área involucrada.
Obtener información sobre la diversidad de especies de flora y fauna existente en el área y de datos adicionales acerca del estado y el valor especial de las mismas, a los efectos de cumplimentar los objetivos generales.
Obtener información complementaria acerca del impacto humano histórico y actual, que permitan completar el diagnóstico inicial del área y su biodiversidad.
Identificar especies o grupos de especies indicadoras de estados y procesos naturales y antrópicos y determinar su forma de monitoreo.
3. ÁREA DE ESTUDIO
El estudio comprenderá el PN y el área de la futura Reserva Provincial Copo como área buffer En el área del PN se priorizará el estudio a campo de su sector norte nunca antes explorado.
4. DURACIÓN Y FECHA DE INICIO
La consultoría tendrá una duración de doce (12) meses, con inicio previsto en abril de 2002.
5. PRODUCTOS ESPERADOS
Información a Nivel de Ecosistemas/Comunidades
Mapa de Vegetación (basado en los ya existentes, con los correspondientes controles
campo) y Memoria descriptiva de las unidades cartografiadas. Escala 1:50.000.
Mapa de Uso histórico del suelo e impactos humanos (incendios, tala, sobrepastoreo, áreas de desmonte y/o roturación del suelo, asentamientos pasados, sitios de valor histórico, cultural o religioso, etc.)
Memoria descriptiva de los usos históricos, impactos y sitios de valor.
Identificación de indicadores a nivel de Ecosistemas y descripción de su estado actual como estado "cero" para el Plan de Monitoreo (con descripción del método empleado)
Información a Nivel de Especies
Lista de Plantas Vasculares, con referencias sobre Unidades de Vegetación en que prevalecen y su Abundancia (estimada).
Lista de Aves, Mamíferos, Reptiles y Anfibios, con referencias sobre Unidades de Vegetación en que prevalecen y su Abundancia (estimada).
Identificación de Especie/s Indicadora/s, del estado de conservación, destinadas a incluirse en el Plan de Monitoreo (con Criterios y Metodología).
Descripción y Evaluación del estado "cero" de las Especies Indicadoras, y de las Especies Paraguas y Focales en caso de identificarse algunas (con Método empleado).
Síntesis diagnóstica: principales parámetros que definen la Línea de Base
Plan de Monitoreo de la Biodiversidad.
En el desarrollo del trabajo, deberá tomarse en cuenta la "Metodología para el estudio de base de
la flora y la fauna silvestres, el ambiente y los recursos culturales en los Parques Nacionales",
elaborada por la Dirección Nacional de Conservación de Áreas Protegidas, APN.
Apéndice B Requisitos para la presentación de informes
Al inicio del trabajo y dentro de los diez (10) días de la firma del contrato, la consultora deberá presentar un Plan de Trabajo, que incluya la Metodología definitiva a emplear basada en Criterios y Métodos establecidos por la APN para la obtención y procesamiento de cada tipo de información requerida en ambos niveles de análisis y un Cronograma de las etapas a cumplir. La aplicación de la Metodología será discutida y acordada entre los representantes de la consultora y los técnicos de la Administración de Parques Nacionales.
La consultora deberá presentar a lo largo del trabajo dos informes de Avance de Actividades, un Informe de Avance de Resultados, un Informe Final Preliminar y un Informe Final Definitivo, que serán enviados a la Gerencia Técnica para el control de su presentación, la cual los someterá a consideración de la Dirección del proyecto y a la Delegación Regional Noroeste de la APN. A través de esta última, la Contratante requerirá las modificaciones y rectificaciones que estime oportunas.
Los Informes de Avance de Actividades deberán presentarse a los 3 y a los 9 meses, respectivamente, de la firma del contrato. Cada uno de ellos deberán contener: revisión y actualización bibliográfica, descripción de los relevamientos de campo realizados, mapa de los sitios relevados, nivel de procesamiento de información obtenido y grado de análisis desarrollado
El Informe de Avance de Resultados deberá entregarse a los 6 meses de la firma del contrato. El
mismo deberá contener:
Resultados del relevamiento de diversidad biológica y socio cultural.
Lista preliminar de especies de flora y fauna de valor especial; especies vulnerables, indicadoras.
Borradores de mapa de unidades de vegetación, distribución de especies indicadoras relevadas
hasta el momento.
Borradores de mapa de uso del suelo, asentamiento humanos, vías de acceso, etc.
Situaciones y sitios para parcelas permanentes seleccionados. Caracterización de los
parámetros iniciales de al menos el 50% de las parcelas permanentes (estado de base) y borrador
de mapa de ubicación de las mismas.
Especies indicadoras seleccionadas en forma preliminar, propuesta preliminar para su
monitores.
Información obtenido incorporada a la Base de datos.
Elementos preliminares del Plan de Monitoreo.
El Informe Final Preliminar será entregado a los 11 meses de la firma del contrato. Deberá
contener:
- Resumen Ejecutivo
- Análisis integrado de todas las actividades realizadas.
- Comparaciones entre sitios.
- Análisis de diversidad biológica y sociocultural a diferentes escalas espaciales (local, regional)
- Lista de especies definitiva.
- Mapas definitivos de unidades de vegetación, usos del suelo, distribución de especies de
fauna, áreas conflictivas.
- Programa de Monitoreo.
- Parámetros a monitorear en las parcelas permanentes con énfasis en las especies indicadoras
y su estado inicial.
- Hipótesis sobre cambios en los parámetros.
- Aportes a la conservación global de chaco semiárido.
- Anexo con la Metodología aplicada (Criterios y Métodos especificas; Mapa de recorridos, sitios
de muestreo y parcelas permanentes; materiales utilizados; etc.).
Una vez revisado por la APN, si surgieran observaciones, será devuelto al consultor para que efectúe los ajustes requeridos. La versión definitiva del Informe Final, que resulte de ello, deberá ser entregada dentro de los treinta (30) días subsiguientes.
Los informes de avance deberán presentarse original y copia. El informe final preliminar deberá presentarse en un ejemplar impreso. El informe final definitivo deberá ser presentado impreso en cuatro ejemplares encuadernados y numerados, indicando Índice y resumen ejecutivo en papel tamaño A4, los mapas y demás información cartográficas en tamaños y escalas apropiadas al carácter de la información que contengan y en soporte magnético (Word, Excel, Access y Arc View)
Apéndice C Personal clave y Subconsultores
Nombre |
Función |
Principales actividades |
Participación
|
Dedicación |
Dra. Sandra M. Caziani |
Coordinadora e Investigador en el área de indicadores y monitoreo de biodiversidad, y aves. |
Dirección de la consultora, síntesis y elaboración de los informes de avance y finales Relevamientos a campo
|
Mes 1 a 12 |
Parcial |
Dra. Marissa Fabrezi |
Investigador en anfibios |
Relevamientos a campo Revisión bibliográfica Propuesta de indicadores |
Mes 8 a 10 |
Parcial |
Dr. Fernando Lobo |
Investigador en reptiles Coordinador suplente |
Relevamientos a campo Revisión bibliográfica Propuesta de indicadores |
Mes 8 a 10 |
Parcial |
Biól. Pablo G. Perovic |
Investigador en mamíferos (mamíferos grandes y mediano, micromamíferos y quirópteros) |
Relevamientos a campo Revisión bibliográfica Propuesta de indicadores
|
Mes 1 a 12 |
Parcial |
Lic. Carlos E. Trucco |
Secretario Técnico e Investigador en micromamiferos
|
Logística, organización de mapas digitales y bases de datos, revisión bibliográfica general. Relevamientos a campo Propuesta de indicadores |
Mes 1 a 12 |
Parcial |
Lic. Andrés Tálamo |
Investigador en Vegetación |
Relevamientos a campo Revisión bibliográfica Propuesta de indicadores Selección y medición de parcelas permanentes
|
Mes 1 a 12 |
Parcial |
Lic. Enrique J. Derlindeti |
Investigador en Aves |
Relevamientos a campo Revisión bibliográfica Propuesta de indicadores
|
Mes 1 a 12 |
Parcial |
Ing. Jorge Adámoli |
Investigador en Ecología Regional y Biogeografía |
Información a Nivel de Ecosistemas y Comunidades, Relevamientos para Mapa de Vegetación. Identificación de indicadores a nivel . comunitario |
Mes 1 a 4 |
Parcial |
Apéndice D Desglose del precio del Contrato
en moneda extranjera
No utilizado.
Apéndice E Desglose del precio del Contrato en moneda nacional
No utilizado
Apéndice F Servicios e instalaciones proporcionados
por el Contratante
No utilizado