SALTA, 15 de marzo de 2002
Expte. Nº 21.038/00
VISTO las presentes actuaciones y las resoluciones rectorales Nros. 304-00 y 382-00, relacionadas con la Convocatoria a Elecciones para la renovación de los representantes por los Padres o Tutores y por el Claustro de Alumnos ante el CONSEJO ASESOR del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”; y
CONSIDERANDO:
QUE por resolución rectoral Nº 010-01 se suspendió la citada Convocatoria, hasta tanto se dicte el Reglamento correspondiente.
QUE el CONSEJO SUPERIOR en su resolución CS-Nº 287/01 deja aclarado que los Reglamentos que rigen el funcionamiento de los INSTITUTOS DE EDUCACIÓN MEDIA son de plena aplicación, por lo que corresponde a dichos INSTITUTOS efectuar las convocatorias y no al Sr. Rector.
Por ello:
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Dejar sin efecto las resoluciones Nros. 304-00 y 382-00 de fechas 10 de agosto y 27 de setiembre de 2000, respectivamente, por los motivos expuestos en el exordio de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica e Instituto de Educación Media “Dr. Arturo Oñativia”. Cumplido siga al INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA”, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
PROF. MARIA TERESA ALVAREZ DE FIGUEROA DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIA ACADEMICA RECTOR
RESOLUCIÓN – R – Nº 063-02