SALTA, 13 de febrero de 2002
Expte. Nº 1.383/01
VISTO estas actuaciones relacionadas con el Protocolo Específico de Colaboración, suscrito en el marco del Convenio firmado con el Gobierno de la Provincia de Salta, entre el HOSPITAL CHRISTOFREDO JAKOB y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y
CONSIDERANDO:
QUE el objeto específico de este Protocolo es la instalación, conducción y aprovechamiento de una Huerta Orgánica y de un Vivero de Especias Ornamentales para la parquización del establecimiento con los pacientes del Hospital de Día. QUE ASESORIA JURÍDICA en su dictamen Nº 6135 informa que no tiene objeción legal que formular.
QUE ASESORÍA JURÍDICA en su Dictamen Nº 6136 manifiesta que no tiene objeción legal que formular.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARIA DE COOPERACION TECNICA,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar el Protocolo Específico de Colaboración, suscrito entre el HOSPITAL CHRISTOFREDO JAKOB y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA el que como ANEXO I forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica, de Cooperación Técnica, Facultad de Ciencias Naturales y Hospital. Cumplido siga a la SECRETARIA DE COOPERACIÓN TECNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
ING. DIEGO SARAVIA ALIA
SECRETARIO DE COOP. TÉCNICA
RESOLUCIÓN – R – Nº 027-02
PROTOCOLO ENTRE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DE SALTA Y EL HOSPITAL
CHRISTOFREDO JAKOB
La Universidad Nacional de Salta, representada en este caso por el Sr. Rector, Dr. Víctor Omar Viera, con domicilio legal en calle Buenos Aires N° 177 de la Ciudad de Salta, y el Hospital Christofredo Jakob representado en este acto por el Dr. José Quiroga, con domicilio en la calle Gral. P. Richieri s/n de la ciudad de Salta, acuerdan celebrar el siguiente Protocolo Específico de Colaboración, en el marco del Convenio firmado con el Gobierno de la Provincia de Salta aprobado por el Decreto 1995/96 y prorrogado por el Decreto 1818/01 hasta el 31/12/02.
El Hospital manifiesta:
Que el proyecto de Huerta Orgánica y Actividades de Jardinería, requiere de apoyo y asistencia técnica específica a fin de darle continuidad y obtener los resultados esperados, tanto desde el punto de vista productivo como de la capacitación y animación de los internos.
Que está ampliamente comprobado que la organización de la huerta resultó una experiencia fructífera para fortalecer las capacidades de cada paciente, brindándole a los mismos, elementos para la revalorización de su autoestima personal, un mayor reconocimiento por parte de su entorno familiar y el desarrollo de un oficio que le permita insertarse socialmente.
Que durante el presente año, se concretó el proyecto de Huerta Orgánica, iniciado por Enfermera Profesional Dora Morales, Jefa de Enfermería del Sector de Internación a Tiempo Parcial, llevado a cabo por estudiantes de la carrera de Enfermería de la UNSa.
Que a través de gestiones diversas, docentes de la Carrera de Enfermería, comprometieron tanto a docentes y estudiantes de la Carrera de Ingeniería Agronómica de la UNSa a fin de darle continuidad al proyecto y para capacitar y asistir técnicamente a los pacientes del establecimiento.
Que las actividades previstas (huerta y vivero de ornamentales) sobrepasan los objetivos meramente productivos, tendiendo a reforzar la conducta de los pacientes y al fortalecimiento de su resocialización.
Que las actividades se llevarán a cabo con pacientes del Hospital de Día y como parte de la terapia de grupo de los mismos.
Que es de suma importancia que el paciente participe activamente en las tareas y dedique a diario unas horas a las tareas tanto de huerta como de vivero planificadas conjuntamente con quienes realizan el acompañamiento y asistencia técnica.
La Universidad manifiesta:
Que cuenta con los medios y conocimientos necesarios para llevar a cabo la capacitación y asistencia técnica de los pacientes del Hospital de Día en técnicas de producción y conducción de huerta y vivero de especies ornamentales.
Que a través de la participación fundamentalmente de los alumnos en estas actividades de capacitación y asistencia técnica, se logra un efecto formativo de gran importancia, en cuanto a desarrollar una mayor sensibilidad social, comprensión y amplitud en sus códigos de relacionamiento ante personas con capacidades e historias de vida diferentes a la suya.
Que a partir de este tipo de actividades, los alumnos de la Universidad Nacional de Salta retribuyen en parte, los esfuerzos que hizo la comunidad para su formación.
Por lo expuesto, las partes acuerdan el presente PROTOCOLO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN, que se regirá por las cláusulas que a continuación se detallan:
Primera. Objeto:
El objeto específico de este protocolo es la instalación, conducción y aprovechamiento de una Huerta Orgánica y de un Vivero de Especias Ornamentales para la parquización del establecimiento con los pacientes del Hospital de Día.
Segunda. Unidad Ejecutora:
La UNSa designa como Unidad Ejecutora a la Cátedra de "Economía y Política Agraria" de la Facultad de Ciencias Naturales, quién desarrollará las actividades de capacitación y asistencia técnica a través de sus docentes y alumnos adscriptos a la cátedra.
Tercera. Responsables:
Por la Universidad, el responsable del proyecto será:
Ing.Agr. Marcelo Rodríguez (Profesor Adjunto, Cátedra Economía y Política Agraria, Facultad de Ciencias Naturales, UNSa).
Por el Hospital, las responsables del proyecto serán:
Lic. Susana D. de Brunetto (Jefa del Sector de Internación a Tiempo Parcial, Hospital Christofredo Jacob)
Enf. Prof. Dora Morales (Jefa de Enfermería del Sector de Internación a Tiempo Parcial, Hospital Christofredo Jacob)
Alcira Romano (Auxiliar de Enfermería)
Cuarta: Obligaciones de las partes:
Para el cumplimiento del objeto descripto en la cláusula primera, la Universidad a través de la Unidad Ejecutora, prevé realizar las siguientes actividades:
Análisis de las actividades realizadas hasta el momento, en la huerta llevada a cabo por internos del Hospital.
Capacitaciones semanales sobre temáticas diversas (relacionadas con la actividad de la huerta, vivero de ornamentales y jardinería) a pacientes del establecimiento.
Conducción y supervisión de Actividades Prácticas en la preparación de suelos, siembra, riego, manejos de plagas y cuidados de los cultivos en la zona.
Recolección de semillas de los árboles presentes en la zona.
Implementación de prácticas y tratamientos naturales para la lucha contra plagas y enfermedades.
Diseño de la parquización a realizarse en el Hospital.
Acompañamiento y conducción de las tareas de parquización y jardinería llevadas a cabo por los pacientes.
Evaluación participativa de los resultados obtenidos.
El Hospital se compromete a:
Brindar toda información necesaria para la buena marcha del proyecto que La Unidad Ejecutora requiera.
Animar y promover la participación de los pacientes de manera activa e las tareas programadas y para su dedicación diaria en las tareas de la huerta y vivero.
Analizar y buscar, de manera conjunta con los alumnos de la UNSa, las alternativas posibles para atenuar y modificar la situación económica-familiar y socio laboral de los pacientes del Hospital de Día, mediante la inserción de los mismos en la programación de las diversas actividades en la huerta y jardinería.
Quinta. Metas:
Se tenderá al logro de las siguientes metas:
Lograr que el 100% de los pacientes del Hospital de Día, adquieran conocimientos referidos a técnicas de siembra, mantenimiento y cosecha de hortalizas.
Que un 50% de los pacientes inicie una huerta en su domicilio.
Que un 50% se beneficie económicamente con su venta.
Sexta. Duración:
El presente Protocolo tendrá una duración de un (1) año a partir de su firma.
Séptima. Rescisión:
Las partes podrán plantear la finalización anticipada de las obligaciones emergentes del Protocolo con invocación de causa justificada, debiéndose notificar a la otra parte con treinta (30) días de anticipación, por medio fehaciente.
Octava. Tribunales Federales:
En caso de conflicto, las partes se someterán a los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta.
Novena. Cláusulas Particulares:
El presente Protocolo no persigue fines de lucro directo. Los productos obtenidos de la huerta serán distribuidos equitativamente entre los pacientes, tanto para su consumo como para su comercialización.
Los plantines obtenidos del vivero, estarán destinados a la parquización del hospital y si existieran excedentes a la distribución entre los pacientes para su comercialización.
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto, en la Ciudad de Salta a los 30 días del mes de Octubre del año 2001.
Firmado Firmado
Dr. José Quiroga Dr. Víctor Omar VIERA
Director Rector
Hospital Christofredo Jakob Universidad Nacional de Salta
Firmado Firmado
Lic. Susana de Brunetto Ing. Agr. Marcelo Rodríguez
Jefa del Sector de Internación Cátedra Economía y Política
a Tiempo Parcial Agraria
Firmado Firmado
Enfermera Profesional Dora Morales Alcira Romano
Jefa del Sector de Enfermería Auxiliar de Enfermería
Hospital Christofredo Jacob Hospital Christofredo Jakob