SALTA, 13 de febrero de 2002
Expte. Nº 21.051/01
VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Sr. Concepción QUISPE, personal del INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA “DR. ARTURO OÑATIVIA” ;y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma informa la sustracción de una motocicleta marca JUKY, tipo Dribling JD, de 50 c. Motor Nº JD-87636, chapa patente Nº A0015575, color rojo, propiedad del citado INSTITUTO, en oportunidad que el citado agente se encontraba repartiendo correspondencia.
QUE se realizó la correspondiente denuncia policial en tiempo y forma.
QUE ASESORIA JURIDICA, emite dictamen Nº 6205, mediante el cual expresa que corresponde se dicte resolución rectoral ordenando un sumario administrativo con el fin de aclarar los hechos y deslindar responsabilidades.
Por ello:
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Ordenar la instrucción de un Sumario Administrativo, a cargo de la Directora de Sumarios de ASESORIA JURIDICA, Dra. Raquel Mercedes DE LA CUESTA, con el objeto de deslindar las responsabilidades señaladas en los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Notifíquese al interesado que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.
ARTICULO 3º.- Dejar establecido que la instrucción del sumario se sustanciará en un plazo de noventa (90) días contados desde la fecha de notificación de la designación del Instructor y a la resolución de clausura a que se refiere el artículo 107, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Nº 467 REGIMEN JURIDICO BASICO DE LA FUNCION PUBLICA - REGLAMENTO DE INVESTIGACIONES, en el artículo 127 de las Disposiciones Generales.
ARTICULO 4º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Instituto de Educación Media “Dr. Arturo Oñativia”, Asesoría Jurídica y Sr. Quispe. Cumplido siga a ASESORIA JURIDICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
RESOLUCIÓN – R – Nº 019-02