SALTA, 28 de diciembre de 2001




Expte. Nº 1.507/01


VISTO la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y la Resolución 1.038/96 del Ministerio de Cultura y Educación, aprobatoria del Estatuto de la Universidad; y


CONSIDERANDO:


QUE por resolución CS-Nº 131/01 el CONSEJO SUPERIOR de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA incorpora y distribuye el Presupuesto 2001 de la Universidad Nacional de Salta.


QUE el artículo 27 de la Ley Nº 24.156, establece que si al inicio del ejercicio económico-financiero no se encontrare aprobado el presupuesto general regirá el que estuvo en vigencia el año anterior con los ajustes de ley.


QUE hasta la fecha la Universidad no ha tomado conocimiento formal de la Distribución primaria aprobada para el Sistema Universitario para el Ejercicio 2.002.


QUE el artículo 129 del Estatuto vigente, establece que no pueden efectuarse gastos que no estén previstos en las partidas del presupuesto de la Universidad.


QUE al no contar con el monto del Aporte del Estado al Sistema Universitario, es necesario incluir los créditos que autoricen gastos indispensables para asegurar la continuidad y la eficiencia de los servicios de las distintas Unidades Académicas y de Apoyo como así también para el inicio de las registraciones en el sistema vigente.


QUE la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO ha tomado la intervención que le compete indicando que la Universidad no cuenta hasta la fecha con el sistema de “red de acciones presupuestarias” aprobado.


QUE es necesario proceder a la prórroga del presupuesto para el ejercicio 2.001 conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 129 de la Resolución MCyE nº 1.038/96 y de las disposiciones de la Ley de Administración Financiera, hasta tanto el Consejo Superior proceda a realizar la distribución administrativa del Presupuesto 2002.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA, mediante su Despacho Nº 127/01.


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

Ad-Referéndum del CONSEJO SUPERIOR

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º. Prorrogar hasta el 30 de abril del 2.002, por duodécimos, el presupuesto de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, aprobado por Resolución Nº 131/01 del CONSEJO SUPERIOR, habilitando el 90% del mismo para su ejecución, observando lo dispuesto en el artículo 2º de la presente.



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Expte. Nº 1.507/01



ARTÍCULO 2º. Establecer que deberá observarse desde el punto de vista del control interno lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Nº 24.156 –Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control.


ARTÍCULO 3º. Que la autorización para gastos limitado en un 90% según lo dispuesto por el artículo 1º de la presente resolución, estará supeditado al nivel de disponibilidad del flujo de caja para dicho período.


ARTÍCULO 4º. Hágase saber, remítase copia a: Sr. Rector, Secretarías, Sedes Regionales, Institutos, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad y Unidad de Auditoría Interna. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para su toma de razón. y demás efectos. Posteriormente gírese a la SECRETARÍA DEL CONSEJO SUPERIOR. Oportunamente archívese en la Dirección de Presupuesto.

JG


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 695-01