SALTA, 28 de diciembre 2001
Expte. Nº 1.360/01
VISTO la Ley Nº 25.401 aprobatoria del PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el EJERCICIO 2001 y la Resolución CS-Nº 131/01 PRESUPUESTO GENERAL de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y
CONSIDERANDO:
QUE el Consejo Superior de cada Universidad es responsable de la incorporación de los recursos de acuerdo al Capítulo IV-artículo 134 de la Resolución Nº 1.038/96 y de efectuar el reordenamiento y ajuste necesario de las partidas que la integran.
QUE los recursos percibidos por el desarrollo de diversas actividades autofinanciadas deben incorporarse al presupuesto en los términos del artículo 134 de la Resolución Nº 1.038/96.
QUE en el undécimo considerando de la Resolución CS-Nº 131/01 indica la necesidad de incorporar los recursos genuinos mencionados.
QUE por artículo 2º de la Resolución CS-Nº 131/01 se ha efectuado el cálculo de recursos por actividades autofinanciadas correspondientes al porcentaje neto de la Universidad, correspondiendo la incorporación al presupuesto de los montos restantes.
QUE el artículo 14 de la Resolución CS-Nº 131/01, concordante con el artículo 2º, regula en términos generales el procedimiento a seguir para los recursos propios de la Universidad, es decir la incorporación y exposición de las cuentas presupuestarias y contables de toda operación económico-financiera que genere recursos propios.
QUE hasta el 31 de Octubre de 2001 la Universidad a través de sus respectivos Centros de Gestión, ha generado recursos propios por actividades autofinanciadas y otras, por un monto total de $ 544.712,18 de los cuales corresponden a una imputación presupuestaria con afectación específica de $ 484.668,84 para la Función 4 - Cultura y Educación - y la suma de $ 60.043,34 para la Función 5 - Ciencia y Técnica - según información suministrada por Dirección de Contabilidad que surgen de los registros del Sistema de Tesorería y del Sistema de Contabilidad de la Administración Central.
QUE la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO ha efectuado la intervención que le compete mediante la elaboración del proyecto de resolución.
QUE resulta necesario realizar la adecuación de los créditos según el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional.
Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA en su despacho Nº 126/01
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
Ad-Referéndum del CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E:
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Expte. Nº 1.360/01
ARTÍCULO 1º.- Incorporar al PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA EJERCICIO 2001 - Finalidad 3- Servicios Sociales, la suma de QUINIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 511.640.46); desagregados para la Función 4 - Educación y Cultura - en la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE PESOS CON DOCE CENTAVOS ($ 451.597.12); para la Función 5 – Ciencia y Técnica la suma de SESENTA MIL CUARENTA Y TRES PESOS CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 60.043.34) según Anexo I.
ARTICULO 2º.- Incorporar y modificar el CÁLCULO DE RECURSOS DEL PRESUPUESTO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA para el EJERCICIO 2001 en la suma de QUINIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS($ 511.640.46) de acuerdo al detalle del ANEXO II al presente artículo.
ARTÍIULO 3º.- Aprobar la distribución de la suma de QUINIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 511.640.46) – Fuente de Financiamiento 12 – Recursos Propios - según ANEXO III-a-b-c al presente artículo.
ARTICULO 4º.- Dejar establecido que el financiamiento por Fuente 12 - Recursos Propios está sujeta a revisión posterior a los fines de detectar duplicaciones y efectuar el ajuste respecto de lo calculado y efectivamente recaudado en los términos del artículo 2º de la Resolución CS-Nº 131/01, con la posible afectación de otra fuente.
ARTICULO 5º.- Dejar establecido que la disponibilidad financiera del cálculo efectuado por Resolución CS-Nº 131/01 fuente de financiamiento 12, al mes de octubre de 2001 alcanza a la suma de TREINTA Y TRES MIL SETENTA Y UN PESOS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 33.071,72) equivalente al 33.07% del total calculado.
ARTICULO 6º.- Hágase saber y comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Secretaría Administrativa, Dirección General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para su toma de razón y demás efectos. Posteriormente gírese a la SECRETARÍA DEL CONSEJO SUPERIOR. Oportunamente archívese.
JG
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
RESOLUCIÓN – R – Nº 688-01