SALTA, 7 de diciembre de 2001
Expte. Nº 17.020/01
VISTO estas actuaciones y el informe presentado por la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO a fs. 14; y
CONSIDERANDO:
QUE por el mismo hace saber que se efectuó el registro y transferencia patrimonial por los bienes relevados y localizados en el JARDÍN MATERNO INFANTIL, a su Directora, Sra. Ángela ROJAS de PUGA, mediante Planilla de Cargo Nº C-31/2001.
QUE debe resolverse la baja definitiva de los bienes que no fueron localizados en los relevamientos llevados a cabo en los años 1990 y 1995 e informados oportunamente por la Sra. Directora del JARDÍN MATERNO INFANTIL y asimismo la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO aclara que los mismos tienen una antigüedad mayor a los veinte (20) años.
QUE ASESORIA JURÍDICA a fs. 16 mediante Dictamen Nº 6079 informa que no tiene objeción legal que formular a dar de baja a los materiales obsoletos o totalmente deteriorados.
Por ello y atento a lo dispuesto en la resolución CS-Nº 356/00 y lo aconsejado por la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Disponer la baja definitiva de los bienes pertenecientes al JARDIN MATERNO INFANTIL, de acuerdo al siguiente detalle:
INVENTARIO |
DESCRIPCION |
Valor Residual |
||||
1
|
65 |
400 |
1182 |
920014 |
CORRALITO COLOR AZUL ESTRUCTURA METALICA.- |
1,00
|
2 |
65 |
400 |
925 |
118 |
TARIMA MADERA 3 ESCALONES COLOR NEGRA PARTE SUPERIOR BLANCA, 1,55 M. DE LARGO.- |
1,00
|
3 |
65 |
400 |
976 |
125 |
TRANSPARENTE ESTRUCTURA DE MADERA – MEDIDAS 20X15X9CM.- |
1,00
|
4 |
65 |
453 |
56 |
72 |
MAQUINA DE CALCULAR ELECTRICA “OLIVETTI” DIVISUMA 24 – SERIE Nº A – 40196.- |
1,00
|
5 |
65 |
400 |
399 |
12449 |
CUNA MOVIL C/TELA DE AVION O LONETA C/RUEDAS MARCA “BEBESIT”.- |
1,00
|
|
|
|
|
|
|
5,00 |
ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Dirección General de Administración, Tesorería General, Dirección de Contabilidad, Jardín Materno Infantil y Dirección de Patrimonio. Cumplido siga a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
RESOLUCIÓN – R – Nº 589-01