SALTA, 23 de noviembre de 2001



Expte. Nº 1.157/01



VISTO estas actuaciones relacionadas con el Convenio de Subproyecto suscrito entre MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACIÓN, a través de la SECRETARIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA; y


CONSIDERANDO:


QUE el citado Convenio fue aprobado por el CONSEJO SUPERIOR mediante la resolución CS-Nº 253-01.


QUE esta UNIVERSIDAD adhiere a los objetivos generales de la Convocatoria AIUN/PRES/FOI y se compromete a realizar todas las acciones y esfuerzos necesarios para la buena y eficiente ejecución del proyecto por ella definido y preparado, y presentando al citado MINISTERIO, para su financiamiento conforme a la normativa.

Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Ratificar y poner en vigencia el CONVENIO DE SUBPROYECTO suscrito entre el MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACIÓN, a través de la SECRETARIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, el que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese con copia a: Rectorado, Secretarías, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Asesoría Jurídica, Consejo de Investigación y Secretaría de Educación Superior. Cumplido siga a RECTORADO para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 571-01

ANEXO I

MINISTERIO DE EDUCACION

SECRETARIA DE EDUCACION SUPERIOR

PROGRAMA DE REFORMA DE LA EDUCACION SUPERIOR (PRES)


CONVENIO DE SUBPROYECTO


Entre la Universidad Nacional de Salta (en adelante denominada UNIVERSIDAD), representada en este acto por el Sr. Rector, Dr. Víctor Omar Viera; y el Ministerio de Educación (en adelante denominado ME), representado en este acto por el Sr. Secretario de Educación Superior, Dr. Juan Carlos Gottifredi, teniendo en cuenta que el crédito convenido por el Estado Nacional con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) para la financiación del Programa de Reforma de la Educación Superior (en adelante PRES) incluye el componente Fortalecimiento institucional (en adelante FOI); y que, en ese marco, el ME y el BIRF han acordado incorporar fondos del PRES en el componente FOI para financiar  durante 2001 y hasta el 30 de junio de 2002 como última fecha de ejecución de los proyectos aprobados en la Convocatoria a Proyectos concursables , la linea "Apoyo a la autoevaluación institucional en las Universidades Nacionales" (en adelante AIUN); entonces se conviene:


Art. 1: La UNIVERSIDAD adhiere a los objetivos generales de la Convocatoria AIUN/PRES/FOI y se compromete a realizar todas las acciones y esfuerzos necesarios para la buena y eficiente ejecución del Proyecto por ella definido y preparado, y presentado al ME para su financiamiento conforme a la normativa más adelante enunciada.


Art. 2: La UNIVERSIDAD declara conocer y aceptar en todas sus partes las BASES DE LA CONVOCATORIA "Apoyo a la autoevaluación institucional en las Universidades Nacionales" (anexa al presente Convenio de Subproyecto) manifestando que no tiene reparos ni objeciones previas en lo ahí enunciado, en especial con referencia al proceso de aprobación y ejecución de la solicitud de financiamiento del Proyecto presentado al ME/PRES/FOI.


Art.3: La UNIVERSIDAD declara conocer y aceptar que el Proyecto por ella definido y presentado estará financiado en parte con recursos provenientes del Préstamo BIRF/PRES y que en el Proyecto aprobado en un todo de acuerdo con lo mencionado más arriba, los gastos y erogaciones deberán ser realizados conforme a las normas de licitación, adquisición y contratación de consultorías y obras, así como de los requerimientos de la documentación comprobatoria de las erogaciones realizadas, estipuladas en las "Condiciones Generales Aplicables a los Convenios de Préstamo y de Garantías" y al Convenio de Préstamo mencionado, acordado en su momento entre el BIRF y la Nación Argentina.


Art. 4: En consonancia con lo estipulado en el Convenio de Préstamo ME/BIRF/PRES, la UNIVERSIDAD se obliga a llevar registros y cuentas separadas del Proyecto financiado en el marco de AIUN/PRES/FOI; y a permitir que representantes del ME visiten eventualmente la UNIVERSIDAD para practicar en el Proyecto controles e inspecciones razonables.


En prueba conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Firmado Firmado

Dr. Víctor Omar VIERA DR. JUAN CARLOS GOTTIFREDI

RECTOR SECRETARIO DE EDUCACION SUPERIOR

por la UNIVERSIDAD MINISTERIO DE EDUCACION

NACIONAL DE SALTA por el MINISTERIO DE

EDUCACION