SALTA, 29 de octubre de 2001



Expte. Nº 1.009/01



VISTO este expediente y el Protocolo Específico de Colaboración suscrito entre la UNIVERSIDAD DE NACIONAL DE SALTA y la MUNICIPALIDAD DE VAQUEROS, en el marco del Convenio de Cooperación Mutua aprobado por resolución rectoral Nº 462-01; y


CONSIDERANDO:


QUE a través del citado Protocolo la UNIVERSIDAD brindará asistencia técnica y capacitación a la MUNICIPALIDAD, para ello designa como unidad ejecutora al Proyecto de Investigación Nº 965 “Desarrollo de Técnicas para la Resolución de Problemas en Sistemas de Servicios” del CONSEJO DE INVESTIGACIÓN, debiendo ésta optimizar el sistema de recolección de residuos domiciliarios del Municipio de Vaqueros, mediante el desarrollo de un procedimiento basado en computadora.


QUE a fs. 4 ASESORIA JURÍDICA mediante Dictamen Nº 5993, informa que no tiene objeción legal que formular al citado Protocolo.


Por ello y atento a lo solicitado a fs. 11, por la SECRETARIA DE COOPERACION TÉCNICA,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E:


ARTICULO 1º.- Aprobar el PROTOCOLO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN suscrito entre la UNIVERSIDAD DE NACIONAL DE SALTA y la MUNICIPALIDAD DE VAQUEROS, en el marco del Convenio de Cooperación Mutua aprobado por resolución rectoral Nº 462-01, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Cooperación Técnica, Asesoría Jurídica y Municipalidad de Vaqueros. Cumplido siga a la SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA, para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR


ING. DIEGO SARAVIA ALIA

SECRETARIO DE COOP. TÉCNICA


RESOLUCIÓN – R – Nº 501



ANEXO I de la resolución rectoral Nº 501-01


PROTOCOLO ENTRE LA

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA Y LA

MUNICIPALIDAD DE VAQUEROS


Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, en adelante "La Universidad" representada en este acto por el Sr. Rector, Dr. Victor Omar Viera, con domicilio legal en calle Buenos Aires N° 177 de la ciudad de Salta y la MUNICIPALIDAD DE VAQUEROS, en adelante "La Municipalidad" representada en este acto por el Sr. Intendente Ing. Miguel Angel Alemán, con domicilio en calle San Martín s/n de la localidad de Vaqueros acuerdan celebrar el presente PROTOCOLO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN, en el marco del Convenio de Cooperación Mutua firmado el día 23 de Agosto del 2001 entre La Municipalidad y La Universidad, en consideración a los objetivos que a continuación se detallan:


La Municipalidad manifiesta:



La Universidad manifiesta:



Por lo expuesto, las partes acuerdan el presente PROTOCOLO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN, que se regirá por las cláusulas que a continuación se detallan:


Primera. Objeto:


La Universidad brindará asistencia técnica y capacitación a La Municipalidad, para ello designa como unidad ejecutora al Proyecto de Investigación N° 965 "Desarrollo de Técnicas para la Resolución de Problemas en Sistemas de Servicios" del Consejo de Investigación de la UNSa. (ClUNSa), debiendo ésta optimizar el sistema de recolección de residuos domiciliarios del Municipio de Vaqueros, mediante el desarrollo de un procedimiento basado en computadora.


Segunda. Responsables:


Por La Universidad las responsables del proyecto serán:


  Ing. María Alejandra Castellini (directora del Proyecto N° 965)

  Prof. Silvia Rodríguez de Ryan (codirectora del Proyecto N° 965)


Por La Municipalidad el responsable del proyecto será:


  El Intendente Ing. Miguel Ángel Alemán


Tercera. Obligaciones de las partes:


Para el cumplimiento del objeto descripto en la cláusula primera, La Universidad a través de la Unidad Ejecutora prevé realizar las siguientes actividades:



La Municipalidad se compromete a:



Cuarta. Duración:


El Protocolo tendrá una duración de un (1 ) año a partir de su firma.


Quinta. Rescisión:


Las partes podrán plantear la terminación anticipada de las obligaciones emergentes del Protocolo con invocación de causa justificada, debiéndose notificar a la otra parte con treinta (30) días de anticipación, por medio fehaciente.


Sexta. Tribunales Federales:


En caso de conflicto las partes se someterán a los Tribunales Federales de la Ciudad de Salta.


Séptima, Cláusulas Particulares


I   El presente Protocolo no persigue fines de lucro.

II   Toda la información generada en el desarrollo de este Protocolo, será de acceso irrestricto a las partes intervinientes; la publicación y uso en su totalidad o en parte se hará con el consentimiento de las partes. Tal consentimiento no será injustificadamente rehusado o demorado.

III   El presente protocolo también será suscrito por el Sr. Presidente del Consejo de Investigación, Ing. Edgardo Sham.


En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto, en la ciudad de Salta a los veintiocho días del mes de septiembre del ano dos mil uno.



Ing. Miguel Ángel Alemán Dr. Víctor Omar Viera

Intendente Rector

Municipalidad de Vaqueros Universidad Nacional de Salta


Ing. Edgardo Sham

Presidente

Consejo de Investigación