SALTA, 24 de setiembre de 2001



Expte. Nº 17.035/01




VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Dr. Guillermo Andrés BAUDINO, Secretario de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES; y



CONSIDERANDO:


QUE por la misma solicita se exima del pago del arancel correspondiente al uso del Albergue Universitario a familiares del Sr. Carlos GIL, alumno de la SEDE REGIONAL TARTAGAL, quienes permanecieron en esta ciudad durante diez (10) días del mes de agosto 2001, con el fin de realizar impostergables trámites de índole particular.


Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO,


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

R E S U E L V E :



ARTICULO 1º.- Tener por eximidos a los familiares del Sr. Carlos GIL, alumno de la SEDE REGIONAL TARTAGAL, del pago del arancel correspondiente al uso del Albergue Universitario por un período de diez (10) días del mes de agosto del corriente año.


ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración y Tesorería General. Cumplido siga a SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.

JG


CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA

SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR



RESOLUCIÓN – R – Nº 421-01