Salta,6 de julio de 2001



Expte. Nº: 21.014/01



VISTO estas actuaciones relacionadas con la situación planteada por la Auxiliar Docente Magdalena CASTRO, en el INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA "DR. ARTURO OÑATIVIA"; y


CONSIDERANDO:


QUE a fs. 2 obra denuncia de una docente del IEM, poniendo en conocimiento de la Directora del citado Instituto que la Auxiliar Docente Magdalena CASTRO quien se encontraba en uso de licencia en el IEM prestaba paralelamente servicios en otros establecimientos educativos de la Provincia.


QUE a fs. 7/8 obra informe del Departamento de Sanidad de la UNSa. manifestando que cabría aplicar al presente caso el artículo 10 inc. 10, Dto. 3413/79.


QUE asimismo obran en las actuaciones denuncias sobre irregularidades en las que podría haber incurrido la Sra. CASTRO al presentar el nuevo horario en el que cumpliría sus funciones.


QUE la Auxiliar CASTRO presenta renuncia a su cargo de Auxiliar Docente en fecha 21 de junio de 2001.


QUE la Directora del IEM Salta solicita asesoramiento a ASESORIA JURIDICA de la UNIVERSIDAD.


QUE ASESORIA JURIDICA, emite dictamen Nº 5954 (fs. 16), el que en su parte pertinente reza: "Al respecto, cabe mencionar que toda renuncia presentada por un agente del estado, tiene un plazo de 30 días corridos a partir de su presentación para su consideración, bajo apercibimiento de que cumplido el término se produzca la baja automática del agente.

En el caso bajo estudio, no existe aún resolución alguna ordenando la instrucción de un sumario administrativo a fin de establecer las irregularidades en las que pudo haber incurrido la Profesora Magdalena Castro a fin de establecer la responsabilidad de la misma,


por lo que no existe impedimento alguno para aceptar la renuncia presentada por la Profesora Castro a su cargo de Auxiliar Docente de química en el Instituto de Educación Media Dr. Arturo Oñativia."

Por ello:


EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

RESUELVE:

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Expte. Nº: 21.014/01



ARTICULO 1º: Ordenar la instrucción de un sumario Administrativo, a cargo de la Directora de Sumarios de ASESORIA JURIDICA, Dra. Raquel mercedes de la Cuesta, con el objeto de deslindar las responsabilidades señaladas en los considerandos de la presente resolución.


ARTICULO 2º: Suspender la aceptación de la renuncia presentada por la Auxiliar Castro por el término de 180 días conforme el artículo 22 de la Ley 25.164 Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional.


ARTICULO 3º: Notifíquese a la interesada que conforme a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su decreto Reglamentario Nº 1759/72, puede interponer en contra de la resolución rectoral los recursos de reconsideración y jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de su notificación personal o por cédula.


ARTICULO 4º: Dejar establecido que la instrucción del sumario se sustanciará en un plazo de noventa (90) días contados desde la fecha de su notificación de la designación del instructor y a la resolución de clausura a que se refiere el artículo 107, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Nº 467 REGIMEN JURIDICO BASICO DE LA FUNCION PUBLICA - REGLAMENTO DE INVESTIGACIONES, en el artículo 127 de las Disposiciones generales.


ARTICULO 5º: Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Instituto de Educación Media "Dr. Arturo Oñativia", Asesoría Jurídica e interesados. Cumplido siga a ASESORIA JURIDICA para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.


JG



Cr. HECTOR ALFREDO FLORES Dr. VICTOR OMAR VIERA

Secretario Administrativo U.N.Sa. RECTOR



RESOLUCION –R- Nº: 299-01