SALTA, 04 de junio de 2001
Expte. Nº 421/01
VISTO estas actuaciones mediante las cuales la SEDE REGIONAL TARTAGAL de esta UNIVERSIDAD, eleva Acta Acuerdo suscrita con la FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY; y
CONSIDERANDO:
QUE el mencionado acuerdo se llevó a cabo en el marco del Convenio suscrito con las UNIVERSIDADES NACIONALES Y PROVINCIALES, firmado con el CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL (CIN), aprobado por resolución Nº 362/94 y los Convenios de mutua colaboración suscrito entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY, aprobado por resoluciones Nros. CS-773-88 y rectoral Nº 412-89.
QUE ASESORIA JURÍDICA en su dictamen Nº 5855 informa que no tiene objeción legal que realizar al contenido y aconseja que el mismo debe ser ratificado por los representantes legales de este Organismo.
Por ello y atento a lo aconsejado por la SECRETARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA,
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
Ad referéndum del CONSEJO SUPERIOR
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Ratificar el ACTA ACUERDO suscripta entre la FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY y la SEDE REGIONAL TARTAGAL de esta UNIVERSIDAD, que como Anexo I forma parte integrante de esta resolución.
ARTICULO 2º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Académica, de Cooperación Técnica, Sede Regional Tartagal y Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Jujuy. Cumplido siga a la SECRETARIA DEL CONSEJO SUPERIOR, para su convalidación. Oportunamente archívese.
JG
CR. HECTOR ALFREDO FLORES DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIO ADMINISTRATIVO RECTOR
RESOLUCIÓN - R – Nº 237-01
ACTA ACUERDO
Entre la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Jujuy, en adelante LA FACULTAD, representada en este acto por su Decano Mario Alberto RABEY, con domicilio legal en calle Otero N° 262 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, y la Sede Regional Tartagal de la Universidad Nacional de Salta, en adelante LA SEDE representada por su Directora, Sra. Margarita C. de VERCELLI, con domicilio legal en calle Warnes y Ejército Argentino de la Ciudad de Tartagal, y en el marco del Convenio entre Universidades Nacionales y Provinciales firmado en el Consejo Interuniversitario Nacional (Resolución N° 362/94) y los Convenios de mutua colaboración entre la Universidad Nacional de Salta y la Universidad Nacional de Jujuy, que establecen precedentes de relaciones entre sus distintas Unidades Académicas (Resolución N° 773 C.S./88 y Resolución N° 412 C.S./89) como así también la importancia para ambos Organismos de establecer vínculos interinstitucionales que permitan el mejor desarrollo de sus fines específicos, y, asimismo, la necesidad de establecer relaciones de cooperación académica para la formulación de proyectos investigativos de capacitación, de formación de grado y posgrado, de extensión universitaria en beneficio de los docentes y alumnos de ambas Instituciones, y la prioridad de fortalecer espacios de integración para facilitar la experiencia laboral de estudiantes y docentes para afianzar el desarrollo y crecimiento de las opciones académicas e investigativas, para la formación específica de los recursos humanos que cada una de las instituciones sostiene en las regiones que la contienen, se suscribe la presente Acta Acuerdo, con la finalidad que se detalla seguidamente: - - - - - - - - - - - - -
ARTÍCULO 1°: LA FACULTAD y LA SEDE se prestarán mutua colaboración en la ejecución de actividades y proyectos tendientes a:
a) Coordinar y actuar mancomunadamente en materia de programas de asistencia a cátedras, proyectos de investigación, enseñanza y extensión universitaria, toda vez que las circunstancias lo aconsejen y permitan.
b) Recibir en las condiciones que en cada caso se establecieran, a solicitud de cualquiera de las partes co celebrantes a profesores, investigadores y alumnos, a los fines de la participación de éstos en la unidad receptora.
c) Facilitar por plazos definidos y en la medida de las posibilidades de cada Institución, los equipos, instrumentos, material bibliográfico, material de apoyo académico (sofware, videos, etc.) necesarios para cumplir las tareas comprometidas para su uso en los planos propios de quien lo solicite.
d) Establecer acuerdos de pasantías e intercambios de expertos para el desarrollo de programas que lo requieran. - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
e) Organizar cursos de formación posgrado, actualización, seminarios y jornadas de interés para ambas instituciones. - -
f) Realizar ediciones, publicaciones y producciones conjuntas y de interés común en gráfica, radial, televisiva y otras formas de comunicación social.-
g) Otras acciones que se acuerden en forma adicional al presente Convenio sobre la base de los objetivos antes señalados.- - - - - - - - - - - - -
ARTICULO 2°: Todas las actividades y proyectos conjuntos que se lleven a cabo deberán sea objeto de un protocolo adicional que fijará las características y condiciones de la actividad c proyecto a ejecutarse, el objeto del mismo, plazo de ejecución, responsables de ambas partes formas de financiamiento, dependencias intervinientes, administración y destino final de los bienes afectados al proyecto, eventuales derechos de propiedad intelectual o industrial previsión de las consecuencias en caso de incumplimiento, confidencialidad y toda otra condición o circunstancia que se estime conveniente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los treinta. días del mes de marzo del ano dos mil uno.