SALTA, 28 de mayo de 2001
Expte. Nº 1.321/99
VISTO estas actuaciones y la resolución rectoral Nº 164-01, del 8 de mayo de 2001; y
CONSIDERANDO:
QUE por el artículo 1º de la citada resolución se otorga a favor de agentes de la DIRECCION DE CONTROL CURRICULAR, que se detalla, una asignación complementaria mensual remunerativa no bonificable para desempeñar tareas fuera de su horario habitual de trabajo desde el 2 de mayo de 2001 y hasta tanto se lleve a cabo la COLACIÓN DE GRADOS en el mes de junio próximo y en los términos de la resolución CS-N 030/00
QUE la Sra. Amelia CRUZ de CORREA, Directora de CONTROL CURRICULAR, solicita que la Sra. Silvia Patricia RODRÍGUEZ de MORALES sea afectada a cumplir funciones fuera de su horario habitual de trabajo, en esa Dirección, relacionadas con la Primera Colación de Grados del presente período lectivo.
QUE asimismo la SECRETARIA ACADEMICA solicita que se incluya a la Sra. RODRÍGUEZ de MORALES en la nómina de agentes que percibirán una asignación complementaria remunerativa no bonificable, dispuesta mediante resolución rectoral Nº 164-01.
Por ello:
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Otorgar a favor de la Sra. Silvia Patricia RODRÍGUEZ de MORALES, agente categoría 5 de la SECRETARIA ACADEMICA, una asignación complementaria mensual remunerativa no bonificable para desempeñar tareas fuera de su horario habitual de trabajo, en la DIRECCIÓN DE CONTROL CURRICULAR, desde el 14 de mayo de 2001 y hasta tanto se lleve a cabo la COLACIÓN DE GRADOS en el mes de junio próximo y en los términos de la resolución CS-N 030/00:
ARTICULO 2º.- Imputar lo dispuesto en el artículo anterior, en las respectivas partidas del Presupuesto de la UNIVERSIDAD por el corriente ejercicio.
ARTICULO 3º.- Hágase saber y comuníquese a: Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, Académica, Dirección General Personal, Dirección de Control Curricular y Sra. Rodríguez de Morales. Cumplido siga a la DIRECCION GENERAL DE PERSONAL para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
PROF. MARIA TERESA ALVAREZ DE FIGUEROA DR. VICTOR OMAR VIERA
SECRETARIA ACADEMICA RECTOR
RESOLUCIÓN – R – Nº 215-01