SALTA, 10 de mayo de 2001
Expte. Nº 17.012/01
VISTO estas actuaciones y la presentación efectuada por el Lic. Claudio Román MAZA, SECRETARIO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO; y
CONSIDERANDO:
QUE por la misma solicita el reintegro de DOSCIENTOS PESOS ($ 200,00), los que fueron utilizados para el pago de la factura Nº 0000-00000212, de la firma P.S. SONIDOS , correspondientes al servicio de sonido e iluminación de la Peña del Ingresante, realizada en el Gimnasio A, el día 30 marzo del año en curso.
QUE la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD realizó la afectación preventiva en las respectivas partidas presupuestarias.
Por ello y atento a lo aconsejado por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES a/c del RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- Aprobar los gastos efectuados por la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, por la suma de DOSCIENTOS PESOS ($ 200,00), correspondientes al pago de la factura Nº 0000-00000212, de la firma P.S. SONIDOS, por el servicio de sonido e iluminación de la Peña del Ingresante, realizada en el Gimnasio A del Complejo Universitario Gral. José de San Martín en Castañares, el día 30 marzo del año en curso.
ARTICULO 2º.- Dejar establecido que la suma mencionada en el artículo anterior fue imputada a las partidas 3.4.9. del Presupuesto de la Universidad por el corriente ejercicio, Dependencia 19.
ARTICULO 3º.- Reintegrar la suma de DOSCIENTOS PESOS ($ 200,00) a la SECRETARIA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO, por los gastos realizados.
ARTICULO 4º.- Hágase saber y comuníquese a : Rectorado, Secretarías del Consejo Superior, Administrativa, de Bienestar Universitario, Dirección General de Administración, Dirección de Contabilidad, Tesorería General. Cumplido siga a DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION para su toma de razón y demás efectos. Oportunamente archívese.
JG
CR. HECTOR ALFREDO FLORES Cr. LUIS ALBERTO MARTINO
SECRETARIO ADMINISTRATIVO Decano de la Facultad de Cs.
Económicas, Jur. y Soc.
a cargo de Rectorado
RESOLUCIÓN – R – Nº 174-01